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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2007 (20/09/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 44

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 20 de setiembre de 2007 353754 NORMA TÉCNICA CENSAL Nº 002-2007-INEI/CPV “DE LOS SERVICIOS DE TRANSPORTE EN EL “DÍA DEL CENSO” PRIMERO: Habiéndose decretado la inamovilidad de la población el “Día del Censo” no podrán transitar ese día, entre las 8.00 y las 18.00 horas, los vehículos de transporte terrestre, ni aeronaves o embarcaciones en itinerarios nacionales. Los vehículos de uso particular también están comprendidos en esta disposición. SEGUNDO: Se exceptúa del cumplimiento de esta disposición, a los vehículos autorizados por las Jefaturas Distritales de los Censos con el distintivo “Vehículo autorizado para el libre tránsito”, así como los vehículos debidamente identi fi cados pertenecientes a: a) El Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI) y de las o fi cinas censales de todo el país. b) Las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional.c) El Cuerpo General de Bomberos. TERCERO: En los puestos de ingreso al territorio nacional, con excepción de los aeropuertos internacionales, entre las 8.00 y las 18.00 horas del “Día del Censo”, se suspenderá el ingreso y la salida de personas y vehículos. Las autoridades responsables en dichos puestos, quedan encargadas de cumplir y hacer cumplir esta disposición. CUARTO: La Norma Técnica Censal Nº 001-2007- INEI/CPV, contempla el funcionamiento excepcional de las siguientes actividades: - Energía eléctrica - Agua potable- Comunicaciones y telecomunicaciones- Servicios médicos y hospitalarios- Puertos y aeropuertos- Taxis de aeropuertos- Seguridad y vigilancia- Cementerios y morgues- Industrias que no puedan interrumpir sus procesos productivos. - Venta de diarios en puestos fi jos A efectos de obtener el permiso especial de circulación para los vehículos que prestan servicios esenciales en apoyo de los establecimientos de las actividades mencionadas, los responsables de dichos establecimientos deberán solicitar mediante carta, en papel membretado de la empresa, el Empadronamiento Especial de los trabajadores que deban desempeñarse como choferes el “Día del Censo”. En dicha carta que estará dirigida a la Jefatura Distrital de los Censos se presentará la relación de los trabajadores que cumplirán funciones de chofer, así como: nombres y apellidos, Nº de DNI y el distrito de residencia. Adicionalmente se indicará el tipo de vehículo a su cargo y el número de placa de rodaje. Cada uno de estos trabajadores concurrirá entre el 15 y el 18 de octubre a la O fi cina Distrital de los Censos del distrito donde se ubica su vivienda, con su DNI y la copia de la referida nota para que allí se realice su Empadronamiento Especial. Esta o fi cina generalmente se encuentra ubicada en el local de la municipalidad del distrito respectivo. Al ser empadronados, estos trabajadores recibirán la “Constancia de Persona Empadronada” y además el distintivo “Vehículo autorizado para libre tránsito”, para ser adherido en el parabrisas delantero del vehículo correspondiente. QUINTO: Los establecimientos pertenecientes a empresas nacionales o internacionales de transporte de pasajeros o de carga, exceptuando las empresas de transporte aéreo internacional de pasajeros, deberán comunicar a sus usuarios por lo menos con una semana de anticipación, que el 21 de octubre, “Día del Censo” no prestarán servicios entre las 8.00 y las 18.00 horas, en cumplimiento de la inamovilidad decretada. 110636-1INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO Aceptan renuncia de Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica del INPE RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO Nº 595-2007-INPE/P Lima, 14 de septiembre de 2007VISTO, la Carta de Renuncia de fecha 14 de setiembre de 2007, formulada por el abogado GERSON DAVID VILLAR SANDY, Director General de la O fi cina General de Asesoría Jurídica del Instituto Nacional Penitenciario; CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Presidencial Nº 218-2007- INPE/P de fecha 13 de abril de 2007, se designó al abogado GERSON DAVID VILLAR SANDY, en el cargo público de confi anza de Director General de la O fi cina General de Asesoría Jurídica del Instituto Nacional Penitenciario; Que, mediante documento del visto el citado funcionario ha presentado su renuncia irrevocable al citado cargo público de con fi anza, por lo que debe expedirse el acto administrativo correspondiente; Contándose con las visaciones del Consejo Nacional Penitenciario; y, De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27594, Decreto Legislativo Nº 654, Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, Resolución Ministerial Nº 040-2001-JUS y en uso de las facultades conferidas mediante Resolución Suprema Nº 073-2007-JUS; SE RESUELVE:Artículo 1º.- ACEPTAR, a partir de la fecha la renuncia del abogado GERSON DAVID VILLAR SANDY, al cargo público de con fi anza de Director General de la O fi cina General de Asesoría Jurídica del Instituto Nacional Penitenciario, dándole las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- DISTRIBUIR, copia de la presente resolución al interesado e instancias correspondientes, para los fi nes de ley. Regístrese y comuníquese.GUSTAVO CARRIÓN ZAVALA PresidenteConsejo Nacional Penitenciario 109646-1 Sancionan con destitución a servidor del INPE RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO Nº 601-2007-INPE/P Lima, 14 de septiembre de 2007VISTO, el Informe Nº 059-2007-INPE-CPPAD, de fecha 31 de agosto de 2007, de la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios del Instituto Nacional Penitenciario. CONSIDERANDO:1. ANTECEDENTES: Que, mediante Resolución Presidencial Nº 355-2007- INPE/P de fecha 31 de mayo de 2007, se instauró proceso