Norma Legal Oficial del día 10 de agosto del año 2008 (10/08/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 10 de agosto de 2008

NORMAS LEGALES
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Que mediante Resolucion de Secretaria de Descentralizacion Nº 015-2008-PCM/SD, de fecha 22 de febrero de 2008, Articulo 6º, se acredita entre otros al Gobierno Regional de MORDAZA de MORDAZA para la transferencia de las funciones sectoriales en materia de administracion y adjudicacion de Terrenos de propiedad del Estado, comprendidas en los literales a, b y c del Articulo 62º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales, la misma que si bien se encuentra en pleno MORDAZA de efectivizacion, empero, debe tomarse en cuenta para estos efectos, que la Ley especifica sobre la materia, se encuentra en vigencia a partir del 15 de Marzo de 2008, fecha en que se publico el Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA, que aprueba el Reglamento de la Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, por mandato expreso de la unica disposicion final, de la Ley Nº 29151, por lo que el Gobierno Regional de MORDAZA de MORDAZA, tiene expeditas sus competencias para proceder a verificar la incorporacion a primera de dominio del predio de visto; Que, de conformidad con el Articulo 18º del capitulo IV, del Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA, que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, establece que los Gobiernos Regionales administran y adjudican los terrenos urbanos, y eriazos de propiedad del Estado dentro de su jurisdiccion incluyendo aquellos que cuenten con edificaciones, a excepcion de los bienes de alcance nacional, los comprendidos en proyectos de interes nacional identificados por la SBN, y los terrenos de propiedad municipal de conformidad con el articulo 62º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, y la Ley; Que, mediante Decreto Supremo Nº 002-87- AG, de fecha 12 de enero del ano 1987, el Ministerio de Agricultura, transfiere en forma gratuita GASA, Ganaderia Amazonas de Puerto MORDAZA, para que se constituya en CEDEGA, Centro de Desarrollo Ganadero, convirtiendose en propiedad de la ex Corporacion de Desarrollo de MORDAZA de MORDAZA ­ CTAR, hoy Gobierno Regional de MORDAZA de MORDAZA, conforme se acredita con la MORDAZA de Posesion Nº 099-2007-GRMDD-GRDE/DRA-AAT; Que, por Acuerdo del Consejo Regional Nº 29-2006CR/RMDD, de fecha 15 de marzo de 2006, el Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA de MORDAZA, acuerda encargar el Saneamiento Fisico Legal de los Terrenos del Centro de Desarrollo Ganadero ­ CEDEGA a traves de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial y la Oficina de Abastecimiento y Patrimonio. Que, mediante Acuerdo del Consejo Regional Nº 0422007-RMDD/CR, de fecha 27 de Diciembre del 2007, el Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA de MORDAZA, declara de interes Regional el Saneamiento Fisico Legal de los terrenos del Centro de Desarrollo Ganadero ­ CEDEGA; Que, mediante Informe Tecnico Nº 006-2008GOREMAD/GRPPYAT/SGAT/FHBC, de fecha 16 de MORDAZA del ano 2008, de visto, la Sub Gerencia de Acondicionamiento Territorial, de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto yAcondicionamiento Territorial, del Gobierno Regional de MORDAZA de MORDAZA, concluye haberse cumplido con la elaboracion del expediente tecnico para la titulacion de la Unidad Catastral Nº 030650, con una extension territorial de 243.2629 Ha. con un perimetro de 8,013.46 metros lineales, cuyo titular es el Gobierno Regional de MORDAZA de MORDAZA, la misma que se encuentra en situacion de saneada fisicamente, conforme a los Planos de Ubicacion, Perimetrico y Memoria Descriptiva que obran en el respectivo expediente tecnico, que corre como antecedente de la presente resolucion, el mismo que se ubica en el Sector "El Castanal", kilometro 16, a la margen derecha del eje MORDAZA Puerto MORDAZA ­ MORDAZA, distrito y Provincia de Tambopata, Departamento de MORDAZA de MORDAZA, cuyos limites y colindancia, asi como las coordenadas UTM-WGS-84 de los vertices de la unidad catastral, se detallan en la respectiva Memoria Descriptiva, documentos tecnicos que se encuentran debidamente visados por el Jefe Zonal de COFOPRI y del Especialista y Verificador del GOREMAD. Que, el precitado Informe Tecnico de la sub Gerencia de Acondicionamiento Territorial, recomienda que previo Informe Legal, se debe disponer y aprobar la primera inscripcion de dominio de la Unidad Catastral Nº 030650, cuyos detalles de linderos y demas caracteristicas tecnicas del predio en mencion se detallan en los correspondientes

planos de ubicacion, perimetro y memoria descriptiva. Empero, dentro del MORDAZA de saneamiento fisico, refiere el indicado informe, que de las cuatro (04) unidades catastrales que comprende el predio del CEDEGA de propiedad del Gobierno Regional de MORDAZA de MORDAZA, la SUNARP, solo dio su conformidad a dos unidades catastrales, que son las indicadas lineas arriba, y las otras dos unidades signadas con los numeros 030651 y 030653, fueron observadas por presentar superposicion en gabinete, los mismos que posteriormente seran levantadas por COFOPRI y el Gobierno Regional de MORDAZA de MORDAZA, para su saneamiento fisico legal. Que, de conformidad a lo dispuesto por el Articulo 38º Capitulo II, del Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA, que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, que regula el procedimiento de aprobacion; la primera inscripcion de dominio de predios estatales, sin perjuicio de lo establecido en normas especiales, sera sustentada y aprobada por los Gobiernos Regionales o la SBN de acuerdo a sus respectivas competencias. La resolucion que dispone la primera inscripcion de dominio del predio del Estado, debera publicarse por unica vez en el Diario Oficial "El Peruano" y un extracto en un diario de mayor circulacion en la Region en que se encuentre el predio. La inscripcion de los Bienes del Estado de dominio publico y de dominio privado se efectuara en el Registro de predios a favor del Estado; Que, de conformidad con el articulo 40º del Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA, la resolucion que dispone la primera inscripcion de dominio, conjuntamente con el plano Perimetrico, Ubicacion y Memoria Descriptiva, constituyen titulo suficiente para todos los efectos legales; Que, en consecuencia, de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 38º del Decreto Supremo Nº 0072008-VIVIENDA, es procedente aprobar mediante acto resolutivo la Primera Inscripcion de Dominio del predio, signado con la Unidad Catastral Nº 030650 a favor del Gobierno Regional de MORDAZA de Dios. Estando a la opinion legal favorable de la Oficina Regional de Asesoria Juridica del Gobierno Regional de MORDAZA de MORDAZA, contando con las visaciones de la Direccion Regional de Asesoria Juridica, Direccion Regional de Administracion, Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestion de Medio Ambiente, Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, Gerencia Regional de Desarrollo Social, Gerencia Regional de Desarrollo Economico y Gerencia General Regional. En uso de las facultades y atribuciones conferidas por la Ley Nº 27783, Ley de Bases de Descentralizacion, modificado por las Leyes Nº 27950 y 28139, Ley Nº 27867 Ley Organica de los Gobiernos Regionales, modificado por Ley Nº 27902 y 28926, Ley Nº 29151 y su Reglamento y Resolucion Nº 4818-2006-JNE. SE RESUELVE: Articulo Primero.- APROBAR LA PRIMERA INSCRIPCION DE DOMINIO A FAVOR DEL GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA DE MORDAZA, de la Unidad Catastral Nº 030650, de 243.2629 Ha., con un perimetro de 8,013.46 metros lineales, ubicado en el sector El Castanal, kilometro 16 de la margen derecha del eje MORDAZA Puerto Maldonado-Cusco, distrito y provincia de Tambopata, Departamento de MORDAZA de MORDAZA, parte integrante del predio del CENTRO DE DESARROLLO GANADERO ­ CEDEGA transferido al ex CTAR, hoy Gobierno Regional de MORDAZA de Dios. Articulo Segundo.- La MORDAZA Registral Nº X Sede MORDAZA, Oficina Registral de MORDAZA de MORDAZA de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, por el merito de la presente Resolucion, efectuara la primera inscripcion de dominio a favor del Gobierno Regional de MORDAZA de MORDAZA, de la Unidad Catastral descrita en el articulo precedente, en el Registro de Predios Rurales de la Oficina Registral de MORDAZA de Dios. Articulo Tercero.- PONER en conocimiento el contenido de la Presente Resolucion, a la Superintendencia de Bienes Nacionales, a la MORDAZA Registral Nº X Sede MORDAZA - Oficina Registral de MORDAZA de MORDAZA, de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA de MORDAZA, COFOPRI ­ Puerto

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