Norma Legal Oficial del día 02 de febrero del año 2008 (02/02/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

El Peruano MORDAZA, sabado 2 de febrero de 2008

NORMAS LEGALES

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que consideran dedicarse a la conduccion de empresas agropecuarias, agroindustriales o de servicios para el agro o que estan interesados en establecer negocios en el ambito rural, donde las rentabilidades suelen ser bajas e inestables(...)20". 30. Todas estas caracteristicas que definen el MORDAZA de trabajo agrario de la region, permiten diferenciarlo del MORDAZA MORDAZA y, es evidente que cada uno de ellos tiene rasgos, carencias, realidades e incluso una tipologia de trabajadores, que obligan a los Estados a generar politicas diferenciadas para mercados diferenciados. 31. La OIT en su pagina web oficial (vinculo del Sector Economico Agricultura) con relacion a las condiciones de trabajo en el agro, manifiesta que: "En muchos paises las condiciones de trabajo de todos los trabajadores agricolas, en particular de los no permanentes, siguen estando por debajo de los niveles minimos aceptados en otros sectores de la economia(...). En el MORDAZA se trabaja muchas horas cada dia. (...) la legislacion nacional como los convenios colectivos suelen estipular como cifra estandar mas de 45 horas de trabajo semanales. La indole estacional de las actividades agricolas explica la prevalencia de jornadas de trabajo particularmente largas en las epocas de siembra y de cosecha, y de jornadas menos prolongadas en los periodos intermedios. (...). La intensidad del trabajo deja poco tiempo para pausas de descanso y recuperacion de fuerzas. (...). Las modalidades del pago de los salarios pueden incluso exacerbar esta situacion tan desmedrada. Como en general el salario minimo en la agricultura tiende a ser bajo y se tiende a pagar incluso un salario inferior al minimo y, en el caso de muchos trabajadores ocasionales, temporeros o estacionales, (...) se les paga a destajo (por kilo de unidades recogidas o cosechadas, por hilera de semillas plantadas, por hectarea rociada, por ejemplo) existe el fuerte incentivo de extender al MORDAZA la jornada de trabajo como medio de aumentar los ingresos. La propia indole del trabajo MORDAZA exige un esfuerzo fisico importante y de manera MORDAZA que incluye el estar muchas horas de pie, agachado o en cuclillas, realizando movimientos repetitivos en posiciones corporales forzadas.(...)21". b. Los regimenes laborales agrarios especiales y su regulacion en otros paises 32. Este Colegiado considera importante hacer referencia a la regulacion que otros paises han adoptado en relacion al regimen laboral agricola. 33. En primer lugar, citamos el caso de MORDAZA, que a traves de su Codigo de Trabajo22, ha regulado el Contrato de los Trabajadores Agricolas (articulos 87º al 92º bis) en cuanto a definir a quienes se aplica la normativa, jornada de trabajo, remuneracion, condiciones de trabajo, las intermediarias de los trabajadores agricolas; y, adicionalmente en un apartado especial, bajo el Titulo `Normas Especiales para los trabajadores agricolas de temporada' (articulos 93 a 95), se ha disenado una regulacion propia en la que se define a los trabajadores agricolas de temporada, las formalidades de su contratacion, la materia remunerativa y las condiciones de trabajo para estos trabajadores en especifico. 34. En MORDAZA, se afirma que "El empleo sectorial tiene rasgos de precariedad que a pesar de la fuerte expansion economica de la fruticultura y sus exportaciones, en lo sustantivo persisten. Ello aun cuando, MORDAZA a la introduccion de alguna normativa legal, a la implementacion de politicas sociales de Gobierno y de programas de fiscalizacion de normas, se han logrado ciertos avances o mejorias en la situacion de los trabajadores y trabajadoras, aunque su cobertura sigue siendo baja. En la actualidad, el empleo de los trabajadores y trabajadoras del sector continua caracterizandose por la contratacion temporal, con una duracion anual promedio no superior a los cinco meses, con ciclos ocupacionales intermitentes y un significativo incremento en los meses de MORDAZA, coincidente con la cosecha. Esto determina una forma de empleo acotada en el tiempo, que significa un intenso esfuerzo mientras MORDAZA las faenas, y cesantia u ocupaciones informales y esporadicas el resto del ano23". 35. En esa linea, MORDAZA a traves de la Ley Nº 22.248, `Regimen Nacional de Trabajo Agrario' (julio

de 1980) y sus modificatorias, asi como el Decreto Reglamentario Nº 563, ha establecido una regulacion especial para los trabajadores agrarios, tanto para los trabajadores permanentes como para los trabajadores no permanentes. Y, para el caso de las remuneraciones de los trabajadores permanentes, ha previsto, por ejemplo, que "Las remuneraciones minimas seran fijadas por la Comision Nacional de Trabajo Agrario, las que no podran ser inferiores al salario minimo MORDAZA de ese momento, (...)" (subrayado agregado) 36. En Ecuador, el Capitulo VII de la Codificacion 17, Registro Oficial Suplemento 167, de 16 de Diciembre del 2005, regula en apartado especial al empleador y obrero agricolas, con referencia a las remuneraciones, jornadas de trabajo, descansos remunerados, entre otros. 37. En igual sentido, el Codigo de Trabajo de Guatemala regula en el Titulo MORDAZA, referido al `Trabajo sujeto a Regimenes Especiales', especificamente en el Capitulo I, el caso del `Trabajo MORDAZA y Ganadero'. 38. En Mexico, la Ley Federal del Trabajo regula en el Capitulo VIII (articulos 279º ss.) a los trabajadores del MORDAZA, comprendiendo a "(...) los que ejecutan los trabajos propios y habituales de la agricultura, de la ganaderia y forestales, al servicio de un patron". 39. En Venezuela, la Ley Organica de Trabajo regula en el Titulo V los Regimenes Especiales, y, especificamente, en el Capitulo VI se refiere al trabajador rural, a quien define como "(...) el que presta servicio en un fundo MORDAZA o pecuario en actividades que solo pueden cumplirse en el medio rural. No se considerara trabajador rural al que realice labores de naturaleza industrial o comercial o de oficina, aun cuando las ejecute en un fundo MORDAZA o pecuario24". 40. Asi, queda MORDAZA que en paises de la Region se ha mantenido la existencia de regulacion normativa especial para los trabajadores del sector agrario; bien a traves de normas independientes, como el caso de Argentina; bien como parte de los Codigos de Trabajo, como en el caso de Ecuador. c. El regimen especial laboral agrario, a la luz de la normativa internacional especializada de la OIT 41. La OIT utiliza un enfoque sectorial, que sirve de plataforma para tratar todos los aspectos del trabajo en diversos sectores de la economia, para fines de optimizar el tratamiento de la problematica que cada sector presenta. 42. A nivel de OIT, se reconocen 22 sectores de la economia, siendo uno de ellos el que compete a la Agricultura. Una de las metas centrales planteadas por la OIT es lograr un trabajo decente para todos, incluyendo el sector MORDAZA en particular. Asi, destaca la OIT: "Trabajo decente implica la aspiracion de cada hombre y de cada mujer, este donde este, de realizar un trabajo productivo en condiciones de MORDAZA, equidad, seguridad y dignidad. El Trabajo Decente engloba el respeto de los derechos fundamentales, el acceso al empleo, la seguridad y la salud en el trabajo y la existencia de seguridad social. El Trabajo Decente es un resultado del dialogo social. (subrayado agregado). (...) La comunidad mundial ha establecido diez ambiciosas metas de Desarrollo del Milenio entre las que figuran la

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Oficina Internacional del Trabajo (OIT). Trabajo Decente en las Americas: Una Agenda Hemisferica, 2006 ­ 2015. XVI Reunion Regional Americana, Basilea, MORDAZA 2006. Informe del Director General. pp. 62 - 64. Fuente: http://www.ilo.org/public/spanish/dialogue/sector/sectors/agri/ wkingcond.htm (20 de noviembre de 2007) Version disponible a traves del Ministerio de Trabajo y Prevision Social ­ Subsecretaria del Trabajo (vigencia 1º de marzo de 2008) Fuente: http://www.plades.org.pe/programas/trabajodecente/boletin/n01/ entrevistas-01.htm (20 de noviembre de 2007) F u e n t e : h t t p : / / w w w. u c v. v e / s e c r e t a r i a / s e c r e t a r i a / Compil%20UCV%2019962000/Tomo%20I/CapI/TICIt9.htm (20 de noviembre de 2007)

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