Norma Legal Oficial del día 08 de febrero del año 2008 (08/02/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 69

El Peruano MORDAZA, viernes 8 de febrero de 2008

NORMAS LEGALES

366195

Articulo 2°.- La presente Resolucion debera ser publicada en el Diario Oficial El Peruano y consignada, conjuntamente con su Anexo, en la pagina Web de OSINERGMIN: www.osinerg.gob.pe. MORDAZA DAMMERT MORDAZA Presidente del Consejo Directivo 162132-1

Aprueban las Bases para la MORDAZA Convocatoria a Licitacion de Suministros de Energia Electrica para las Empresas Concesionarias de Distribucion Electro Norte Medio S.A., Electronoroeste S.A., Electrocentro S.A. y otras
RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA OSINERGMIN N° 061-2008-OS/CD MORDAZA, 7 de febrero de 2008 CONSIDERANDO: Que, en la Cuarta Disposicion Complementaria Transitoria de la Ley Nº 28832, Ley para Asegurar el Desarrollo Eficiente de la Generacion Electrica (en adelante la "Ley"), se dispone que, dentro de los tres (3) primeros anos de su vigencia, las Empresas Concesionarias de Distribucion (en adelante "Distribuidoras") podran convocar a licitaciones, con una anticipacion menor a tres (3) anos para cubrir la totalidad de la demanda no contratada de sus usuarios regulados; en cuyo caso, la vigencia de los contratos adjudicados no sera mayor a cinco (5) anos; Que, el numeral 6.2 del Articulo 6° de la Ley establece la responsabilidad de OSINERGMIN de aprobar las Bases de Licitacion, modelos de contrato, terminos y condiciones del MORDAZA de licitacion, formulas de actualizacion de precios firmes y supervisar su ejecucion; Que, la MORDAZA "Lineamientos Generales y Modelo de Contrato para las Bases de Licitacion de Suministros de Energia Electrica para las Empresas Concesionarias de Distribucion Electrica", aprobada mediante Resolucion OSINERGMIN Nº 101-2007-OS/ CD (en adelante "Norma Lineamientos") es aplicable a las licitaciones cuya primera y siguientes convocatorias se efectuen hasta el 24 de MORDAZA de 2009, en el MORDAZA de la Cuarta Disposicion Complementaria Transitoria de la Ley; Que, la empresa Electro Norte Medio S.A. (en adelante HIDRANDINA), de conformidad con el numeral 3 del Articulo 4° de la Ley, manifesto el dia 12 de febrero de 2007, su intencion de efectuar una licitacion publica en su nombre, por su cuenta y por cuenta de las empresas Electronoroeste S.A. (en adelante ENOSA) y Electrocentro S.A. (en adelante ELECTROCENTRO), al MORDAZA de lo dispuesto por la Cuarta Disposicion Complementaria Transitoria de la citada Ley; Que, luego de efectuada la publicacion, y dentro del plazo senalado, las empresas Sociedad Electrica del Sur Oeste S.A. (en adelante SEAL), Electrosur S.A. (en adelante ELECTROSUR), Electro Sur Este S.A. (en adelante ELECTROSURESTE), Electro MORDAZA S.A. (en adelante ELECTROPUNO) y Electro Ucayali S.A. (en adelante ELECTROUCAYALI), facultadas por el Articulo 4.3 de la Ley, manifestaron su intencion de incorporarse al procedimiento; Que, mediante Resolucion OSINERGMIN Nº 6092007-OS/CD, publicada con fecha 3 de octubre de 2007, se aprobaron las Bases para la Licitacion de Suministros de Energia Electrica para las Empresas Concesionarias de Distribucion ENOSA, HIDRANDINA, ELECTROCENTRO, SEAL, ELECTROSUR, ELECTROSURESTE, ELECTROPUNO y ELECTROUCAYALI en primera convocatoria; y, posteriormente, con Resolucion

OSINERGMIN Nº 776-2007-OS/CD, se aprobaron las Bases Integradas correspondientes; Que, el dia 4 de enero de 2008 se efectuo el acto publico de MORDAZA de propuestas y adjudicacion de la buena pro. Como consta en el acta del referido acto publico, no se presentaron ofertas, por lo que el Comite de Adjudicacion declaro desierto el MORDAZA en forma total. Asimismo, considerando que no se registro una oferta que supero el Precio MORDAZA de Adjudicacion, aprobado por OSINERGMIN, no se procedio a su revelacion; Que, posteriormente, con fecha 04 de enero de 2008, se recibio el oficio GG-001-2008 con la propuesta de Bases para la MORDAZA Convocatoria a Licitacion de Suministros de Energia Electrica para las Empresas Concesionarias de Distribucion ENOSA, HIDRANDINA, ELECTROCENTRO, SEAL, ELECTROSUR, ELECTROSURESTE, ELECTROPUNO y ELECTROUCAYALI; Que, adicionalmente, tomando en consideracion el oficio G-126-2008 de fecha 29 de enero de 2007, dirigido de ELECTROSURESTE a DISTRILUZ, en el cual se solicita su retiro del MORDAZA de licitacion publica de potencia y energia electrica, se ha procedido a retirar sus requerimientos de demanda en las Bases propuestas; Que, la propuesta de Bases ha sido desarrollada tomando en cuenta las Bases Integradas aprobadas mediante Resolucion OSINERGMIN Nº 776-2007-OS/ CD, manteniendose los requerimientos de potencia no cubiertos en la Primera Convocatoria, con la unica modificacion de transferir la fecha de inicio de suministro del 1 de enero de 2008 al 1 de marzo de 2008; Que, en aplicacion de lo senalado en el numeral 3.12 de la MORDAZA Lineamientos, OSINERGMIN debe aprobar los Factores Nodales que deben formar parte de las Bases de Licitacion, para cuya determinacion se ha tenido en cuenta lo dispuesto en la Resolucion OSINERGMIN N° 168-2007-OS/CD que fijo los Precios en MORDAZA para el periodo MORDAZA 2007 ­ MORDAZA 2008; Que, se han emitido el Informe N° 0062-2008-GART de la Division de Generacion y Transmision Electrica y el Informe N° 0058-2008-GART de la Asesoria Legal de la Gerencia Adjunta de Regulacion Tarifaria, en los que se analizan las modificaciones propuestas y el proyecto de Bases remitido por las Licitantes. Los mencionados informes complementan la motivacion que sustenta la decision de OSINERGMIN, cumpliendo de esta manera con el requisito de validez de los actos administrativos a que se refiere el Articulo 3°, numeral 4, de la Ley del Procedimiento Administrativo General; Que, en este sentido, no habiendose encontrado observaciones de fondo, corresponde aprobar las Bases para la MORDAZA Convocatoria a Licitacion de Suministros de Energia Electrica para las Empresas Concesionarias de Distribucion ENOSA, HIDRANDINA, ELECTROCENTRO, SEAL, ELECTROSUR, ELECTROPUNO y ELECTROUCAYALI; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 27332, Ley MORDAZA de los Organismos Reguladores de la Inversion Privada en los Servicios Publicos; en el Reglamento General de OSINERGMIN, aprobado por Decreto Supremo N° 054-2001-PCM; en la Ley N° 28832 y sus normas complementarias; en el Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Electricas y en su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 009-93-EM; en la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; y en la MORDAZA "Lineamientos Generales y Modelo de Contrato para las Bases de Licitacion de Suministros de Energia Electrica para las Empresas Concesionarias de Distribucion Electrica" (Aplicables a las licitaciones cuya primera y siguientes convocatorias se efectuen hasta el 24 de MORDAZA de 2009 en el MORDAZA de la Cuarta Disposicion Complementaria Transitoria de la Ley N° 28832). SE RESUELVE: Articulo 1°.- Aprobar los Factores Nodales de Potencia y Energia para los Puntos de Medicion o Barras de Entrega comprendidos en las Bases senaladas en el Articulo 2°:

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