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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 20 de junio de 2008 374394 Informes de Homologación Monodactilar Nº 2704, 2680 y 1452/AFIS/2007/DDG/GPDR/RENIEC e Informe de Homologación Monodactilar AFIS Nº 0217, 0424, 0419, 0404, 0396, 0345, 323, 0319, 0311, 0298, 0277, 0261, 0084, 0068, 0968, 1310 y 1164/2008/DDG/GP/RENIEC, se determinó que veinte ciudadanos obtuvieron indebidamente doble inscripción con datos distintos en el Registro Único de Identificación de las Personas Naturales, siendo dichas inscripciones las siguientes: Nº de Informe AFISD.N.I. CanceladaRes. De Cancelación Nombres y Apellidos de los presuntos responsablesD.N.I. Vigente 3407 45569793 361-2007/SGDI/GPDR/RENIEC Milagros Martha Ayala Alania 19957561 1899 80212460 246-2007/SGDI/GPDR/RENIEC Sabina Panduro Quiquia 15210627 1334 80207435 233-2007/SGDI/GPDR/RENIEC Anastacio Vargas Fuentes 24391607 1971 41497136 273-2007/SGDI/GPDR/RENIEC Vilma Mercedes Flores Medina 10440662 2426 42981754 292-2007/SGDI/GPDR/RENIEC Martín Alexander Romero Ramírez25707017 2034 80430505 271-2007/SGDI/GPDR/RENIEC Rogers Bernardo Ríos Panchana 23012238 2369 42947402 286-2007/SGDI/GPDR/RENIEC Elvis Orlando Mejía Trujillo 10688324 1902 80580101 246-2007/SGDI/GPDR/RENIEC Agripino Figueroa Vásquez 19829298 2367 44786182 286-2007/SGDI/GPDR/RENIEC Liz Mery Santana Briones 404410372289 80375285 295-2007/SGDI/GPDR/RENIEC Marcela Cotera Lopes 20557890 1290 45403110 175-2007/SGDI/GPDR/RENIEC Juana Esterlith Ramos Huainacari 44001296 2348 44140603 282-2007/SGDI/GPDR/RENIEC Rosinda Mellado Cóndor 80113529 1275 42734123 175-2007/SGDI/GPDR/RENIEC Eric Tuesta Rodríguez 40024684 1285 28597904 175-2007/SGDI/GPDR/RENIEC Demetrio Huamán Huanchaca 28310635 1683 80066166 249-2007/SGDI/GPDR/RENIEC Dedicación Sotelo Matto 227152271261 44777313 175-2007/SGDI/GPDR/RENIEC Fiorella Margott Montero Gave 43202479 1884 80554590 259-2007/SGDI/GPDR/RENIEC Angélica Laime Carbajal 23221475 2837 80218702 328-2007/SGDI/GPDR/RENIEC Gregorio Chacnama Tito 29684576 3210 41519240 374-2007/SGDI/GPDR/RENIEC Richard Alexander Carrión Bernal15737193 3275 44143373 366-2007/SGDI/GPDR/RENIEC William Alejo Ramírez 40695550 Que, si bien las resoluciones administrativas antes señaladas excluyeron defi nitivamente la segunda inscripción del Registro Único de Identifi cación de las Personas Naturales, se presume que los ciudadanos cuyos nombres aparecen en la relación, habrían cometido en agravio del RENIEC el delito contra la Fe Pública, en la modalidad de falsedad ideológica, tipifi cado en el artículo 428º del Código Penal, dado que ninguna persona puede tener dos identidades; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537, la Ley Nº 26497; y en atención al Informe de la Gerencia de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar al Procurador Público encargado de los asuntos judiciales del RENIEC, para que interponga las acciones legales que correspondan por la presunta comisión del delito contra la Fe Pública, en la modalidad de falsedad ideológica, en agravio del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil, contra los siguientes ciudadanos: Milagros Martha Ayala Alania, Sabina Panduro Quiquia, Anastacio Vargas Fuentes, Vilma Mercedes Flores Medina, Martín Alexander Romero Ramírez, Rogers Bernardo Ríos Panchana, Elvis Orlando Mejía Trujillo, Agripino Figueroa Vásquez, Liz Mery Santana Briones, Marcela Cotera Lopes, Juana Esterlith Ramos Huainacari, Rosinda Mellado Cóndor, Eric Tuesta Rodríguez, Demetrio Huamán Huanchaca, Dedicación Sotelo Matto, Fiorella Margott Montero Gave, Angélica Laime Carbajal, Gregorio Chacnama Tito, Richard Alexander Carrión Bernal y William Alejo Ramírez . Artículo Segundo.- Remitir lo actuado al Procurador Público del RENIEC, para los fi nes a que se contrae la presente Resolución. Regístrese, publíquese y cúmplase.EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional 214366-3MINISTERIO PUBLICO Aceptan renuncia de Fiscal designada en el Despacho de la Fiscalía Provincial Mixta de Contralmirante Villar RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 818-2008-MP-FN Lima, 19 de junio de 2008VISTO Y CONSIDERANDO:El escrito de fecha 12 de junio del 2008, cursado por la doctora Luz Marina Murillo Quispe, Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Judicial de Tumbes, designada en el Despacho de la Fiscalía Provincial Mixta de Contralmirante Villar, en la que comunica su renuncia al cargo. Estando a lo expuesto y a lo dispuesto por el Artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Aceptar la renuncia formulada por la doctora Luz Marina Murillo Quispe, como Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Judicial de Tumbes, designada en el Despacho de la Fiscalía Provincial Mixta de Contralmirante Villar, materia de la Resolución Nº316-2008-MP-FN, de fecha 7 de marzo del 2008. Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Fiscal Superior Decana del Distrito Judicial de Tumbes, Gerencia General, Gerencia Central de Recursos Humanos, Gerencia de Registro de Fiscales y a la Fiscal mencionada. Regístrese, comuníquese y publíquese.GLADYS MARGOT ECHAIZ RAMOS Fiscal de la Nación 215846-1 SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Autorizan inscripción de persona natural en el Registro del Sistema de Seguros RESOLUCIÓN SBS Nº 1603-2008 Lima, 27 de mayo de 2008EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE SEGUROSVISTA:La solicitud presentada por la señorita Giovanna Elizabeth Blanco Aliaga para que se le autorice la inscripción en el Registro del Sistema de Seguros: Sección II De los Corredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 1.- Corredores de Seguros de Ramos Generales; y, CONSIDERANDO: Que, por Resolución SBS Nº 816-2004 de fecha 27 de mayo de 2004, se estableció los requisitos formales para la inscripción de los Corredores de Seguros; Descargado desde www.elperuano.com.pe