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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 20 de junio de 2008 374393 Artículo Segundo.- INTEGRAR al Magistrado, Dr. Miguel Ángel Díaz Cañote, Juez del Tercer Juzgado de Paz Letrado de la Molina-Cieneguilla, como nuevo integrante del Comité de Implantación del Sistema Integrado Judicial en los Juzgados periféricos de Surco-San Borja, San Juan de Lurigancho, Lince-San Isidro, La Victoria, La Molina-Cieneguilla, Barranco-Miraflores y Chorrillos, en reemplazo del Dr. Roger Alcides Salazar López; debiendo quedar conformado el referido Comité, como sigue: - Doctor Alexis José Roque Hilares Presidente (Juez del Sexto Juzgado de Paz Letrado de San Juan de Lurigancho)- Doctora Pilar Mercedes Crisóstomo Arango Integrante(Juez del Cuarto Juzgado de Paz Letrado de la Victoria)- Dr. Miguel Ángel Díaz Cañote Integrante(Juez del Tercer Juzgado de Paz Letrado de la Molina Cieneguilla)- Doctora Beatriz Mercedes Arenas Integrante(Juez del Quinto Juzgado de Paz Letrado de Lince-San Isidro)- Dr. Sandro Omar Aguilar Gaytán Integrante(Juez del Cuarto Juzgado de Paz Letrado de Barranco Mira fl ores) Artículo Segundo.- PÓNGASE la presente Resolución en conocimiento del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de la Gerencia General del Poder Judicial, de la Ofi cina Distrital de Control de la Magistratura, de la Ofi cina de Administración Distrital y de los Magistrados designados. Regístrese, comuníquese, cúmplase y publíquese.CÉSAR JAVIER VEGA VEGA Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima 215847-1 ORGANISMOS AUTONOMOS CONTRALORIA GENERAL Autorizan a procuradora iniciar acciones legales contra presuntos responsables de la comisión de delito de omisión de funciones en agravio de la Municipalidad Provincial de Huancayo RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 241-2008-CG Lima, 13 de junio de 2008VISTO, el Informe Especial Nº 119-2008-CG/ ORHU, resultante del Examen Especial practicado a la Municipalidad Provincial de Huancayo, Junín, período comprendido de julio del 2001 a diciembre del 2002, que incluye operaciones anteriores y posteriores al citado período; y, CONSIDERANDO:Que, la Contraloría General de la República dispuso la ejecución de una acción de control a la Municipalidad Provincial de Huancayo, orientado a determinar si los recursos fi nancieros asignados a la citada Entidad, fueron utilizados en concordancia con los objetivos de la entidad y de acuerdo a la normativa vigente; Que, como resultado de la citada acción de control, la Comisión Auditora ha determinado que en el Año 2004, ex funcionarios de la Municipalidad no adoptaron las acciones pertinentes para la adquisición oportuna de los alimentos del Programa del Vaso de Leche, incurriendo en una serie de actos contrarios a la normativa aplicable, dilatando la provisión de los alimentos del mencionado Programa por más de seis (6) meses, lo cual conllevó a la declaración de una situación de urgencia, sin tener en cuenta el tiempo requerido para llevar a cabo el proceso de selección que correspondía ni la cantidad necesaria para paliar la urgencia mientras se realizaba dicho proceso, hecho que fue advertido al Titular, a pesar de lo cual omitió adoptar las medidas pertinentes para corregir dicha situación; asimismo, se adquirió un alimento complementario contrario a la normativa, habiéndose efectuado la adquisición por la suma de S/. 817 380,00, sin que se haya cuestionado que el proceso se realizaba en dichas condiciones; hechos que confi guran la existencia de indicios razonables que hacen presumir la comisión del delito de Omisión de Funciones, previsto y penado en el artículo 377º del Código Penal; Que, de acuerdo con lo establecido en el literal d) del artículo 22º de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, Ley Nº 27785, constituye atribución de este Organismo Superior de Control, disponer el inicio de las acciones legales pertinentes en forma inmediata, por parte del Procurador Público, en los casos en que en la ejecución directa de una acción de control se encuentre daño económico o presunción de ilícito penal, correspondiendo autorizar a la Procuradora Pública encargada de los asuntos judiciales de la Contraloría General de la República, el inicio de las acciones legales respectivas contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto; De conformidad con el literal d) del artículo 22º de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, Ley Nº 27785, el Decreto Ley Nº 17537 y sus modifi catorias, y la Resolución de Contraloría Nº 220-2008-CG; SE RESUELVE:Artículo Único .- Autorizar a la señora Procuradora Pública encargada de los asuntos judiciales de la Contraloría General de la República, para que en nombre y representación del Estado, inicie las acciones legales por los hechos expuestos, contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto, remitiéndosele para el efecto los antecedentes correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese.ROSA URBINA MANCILLA Vicecontralora General de la RepúblicaContralora General (e) 214845-1 REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL Autorizan a procurador iniciar acciones legales contra presuntos responsables de la comisión de delito contra la fe pública RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 340-2008-JNAC/RENIEC Lima, 12 de junio del 2008.VISTOS: El Ofi cio Nº 3450-2007/GPDR/RENIEC de la entonces Gerencia de Procesos y Depuración Registral, los Ofi cios Nº 525, 1046 y 1316-2008/GP/RENIEC de la entonces Gerencia de Procesos, ambas actualmente denominadas Gerencia de Registros de Identifi cación y el Informe Nº 0410-2008-GAJ/RENIEC, de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el Sistema Automatizado de Identificación Dactilar - AFIS de propiedad del RENIEC, ha detectado suplantaciones, identidades múltiples y otros, de ciudadanos al comparar sus impresiones dactilares con la base de datos del registro, y mediante los Descargado desde www.elperuano.com.pe