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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 1 de noviembre de 2008 382678 de las condiciones derivadas de los Contratos de Financiamiento en los que el FITEL es parte y de los contratos correspondientes a actividades comprendidas en sus Programas y Proyectos. Artículo 19.- Funciones del Área de Supervisión de Proyectos Son funciones del Área de Supervisión de Proyectos: 1) Proponer la selección de la modalidad de supervisión que resulte más adecuada para los Programas y Proyectos del FITEL. 2) Implementar las acciones de supervisión que la Secretaría Técnica realice directamente. 3) Proponer criterios para la supervisión de los Programas y Proyectos del FITEL. 4) Supervisar el cumplimiento de los términos y condiciones establecidos en los Contratos de Financiamiento en los que el FITEL es parte. 5) Solicitar, en calidad de área usuaria, la adquisición de bienes o la contratación de servicios que sean necesarios para el desempeño de sus funciones, suscribiendo el requerimiento correspondiente. 6) Realizar los estudios correspondientes al monitoreo de los proyectos piloto. 7) Evaluar y recomendar la aplicación de penalidades por incumplimiento de condiciones establecidas en los Contratos de Financiamiento o en los contratos relativos a las actividades de supervisión. 8) Evaluar y emitir opinión sobre modifi caciones a contratos o convenios en ejecución. 9) Propone, en coordinación con el Área de Asesoría Legal, interpretaciones sobre aspectos técnicos expresados en cláusulas de contratos o convenios en los que el FITEL es parte. 10) Supervisar los proyectos de telecomunicaciones por encargo, previa aprobación del Directorio. 11) Las demás funciones que le asigne el Directorio o la Secretaría Técnica del FITEL en el ámbito de su competencia. Organigrama del Fondo de Inversión en Telecomunicaciones - FITEL DIRECTORIO FITEL SECRETARÍA TÉCNICA DEL FITEL COORDINACIÓN ADMINISTRATIVAÁREA DE ASESORÍA LEGAL ÁREA DE FORMULACIÓN DE PROYECTOSÁREA DE PROMOCIÓN DE PROYECTOSÁREA DE SUPERVISIÓN DE PROYECTOS 272729-5 VIVIENDA Aprueban transferencia de terreno de propiedad del Estado ubicado en el departamento de Lima a favor de empresa para la ejecución de Proyecto de Construcción de Viviendas de Interés Social RESOLUCIÓN SUPREMA N° 014-2008-VIVIENDA Lima, 31 de octubre de 2008VISTO: El expediente técnico del Concurso Público No. 02- FMV/GO-2007, convocado para la ejecución del “Proyecto de Construcción de Viviendas Sociales en el terreno denominado Palao – San Martín de Porres / Lima”; y, CONSIDERANDO:Que, mediante la Ley No. 26912, modifi cada por los Decretos de Urgencia Nos. 091-2000, 020 y 072-2001 y las Leyes Nos. 27089 y 27511, se creó el Fondo Hipotecario de Promoción de la Vivienda – Fondo MIVIVIENDA con la fi nalidad de promover el acceso de la población a la propiedad privada de vivienda, mediante la creación de mecanismos de fi nanciamiento con participación del sector privado; Que, por Ley No. 28579, se dispuso la conversión del Fondo MIVIVIENDA en una sociedad anónima denominada Fondo MIVIVIENDA S.A., la misma que se encuentra regida por dicha Ley y su Estatuto Social, aprobado por Acuerdo del Directorio del FONAFE No. 004-2005/016-FONAFE, y está adscrita al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; Que, conforme con el inciso k) del artículo 6 de su Estatuto Social, el Fondo MIVIVIENDA S.A. tiene como función, entre otras, organizar y realizar concursos y subastas de inmuebles de su propiedad o de propiedad de personas naturales o jurídicas, privadas o públicas, para el desarrollo de proyectos inmobiliarios; Que, el Fondo MIVIVIENDA S.A. convocó al Concurso Público No. 02-FMV/GO-2007, para la ejecución del “Proyecto de Construcción de Viviendas Sociales en el terreno denominado Palao – San Martín de Porres / Lima”, el mismo que tiene una extensión de 2,431.00 m², se ubica en la Primera Etapa de la Urbanización Palao, distrito de San Martín de Porres, provincia y departamento de Lima, y está inscrito en la Partida Electrónica No. 44229277 (antecedente registral en la Ficha No. 1178757) del Registro de Predios de Lima, de propiedad del Estado representado por la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN; Que, mediante acuerdo adoptado en el acto realizado el día 06 de setiembre del 2007, el Comité Especial otorgó la Buena Pro del proceso en mención a la empresa CONSTRUCTORA CAPON S.A.C.; Que, el numeral 8.3 de las Bases indica que los postores que deseen reservarse el derecho de impugnar el resultado del Concurso Público, deberán consignarlo en el Acta que levantará el Notario Público; de los antecedentes recibidos se observa que en la referida Acta no se ha consignado la reserva del derecho de impugnación por lo que el resultado quedó consentido, habiéndose realizado la publicación respectiva en el Diario Ofi cial “El Peruano” el día 12 de setiembre del 2007, conforme con el numeral 8.4 de las Bases; Que, el numeral 9 de las Bases, concordante con la Tercera Disposición Final del Reglamento del Fondo Hipotecario de Promoción de la Vivienda - Fondo MIVIVIENDA, aprobado por Decreto Supremo No. 006-2002-EF, precisado por el artículo 4 del Decreto Supremo No. 006-2002-VIVIENDA, dispone que por Resolución Suprema refrendada por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento, el Estado aprobará la transferencia a título oneroso del terreno objeto del Concurso Público, debiendo consignar expresamente las condiciones de pago del postor ganador, el plazo para la ejecución del proyecto, el nombre del postor que quedó en segundo lugar y su respectivo plazo de ejecución del proyecto; Que, la adjudicataria de la Buena Pro, CONSTRUCTORA CAPON S.A.C., ofertó la construcción de cien (100) viviendas a ejecutarse en un plazo de doce (12) meses, habiendo elegido efectuar el pago total del terreno, ascendente a la suma de US$ 170,170.00 (Ciento Setenta Mil Ciento Setenta y 00/100 Dólares Americanos) al vencimiento del plazo de ejecución del proyecto, correspondiéndole la Alternativa 1: Sistema de Fianzas; Que, la empresa que ocupó el segundo lugar en el Concurso, Contratistas La Unión S.A., ofertó la construcción de ochenta (80) viviendas con un plazo de ejecución de doce (12) meses; y, Descargado desde www.elperuano.com.pe