Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2008 (01/11/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 41

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 1 de noviembre de 2008 382679 De conformidad con la facultad prevista en el numeral 8 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú, así como lo dispuesto en el numeral 4 del artículo 11 de la Ley No. 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobar la transferencia a título oneroso del terreno de propiedad del Estado ubicado en la primera Etapa de la Urbanización Palao, distrito de San Martín de Porres, provincia y departamento de Lima, con un área de 2,431.00 m², e inscrito en la Partida Electrónica No. 44229277 (antecedente registral en la Ficha No. 1178757) del Registro de Predios de Lima, a favor de la empresa CONSTRUCTORA CAPON S.A.C. en la suma de US$ 170,170.00 (Ciento Setenta Mil Ciento Setenta y 00/100 Dólares Americanos). Artículo 2.- La transferencia de propiedad a que se refi ere el artículo 1 precedente, se aprueba a efectos que la empresa CONSTRUCTORA CAPON S.A.C. ejecute sobre el terreno un Proyecto de Construcción de Viviendas de Interés Social, en el plazo de doce (12) meses contados desde la obtención de la Licencia de Habilitación Urbana respectiva (de requerirse) y de la Licencia de Construcción o, en su defecto, se contará a partir los doce (12) meses de suscrito el contrato de transferencia, debiendo cancelar el precio de venta al vencimiento del plazo de ejecución del proyecto. Artículo 3.- La Superintendencia Nacional de Bienes Estatales – SBN, en nombre y representación del Estado, y con la intervención del Fondo MIVIVIENDA S.A., otorgará la Escritura Pública de transferencia a favor de la empresa CONSTRUCTORA CAPON S.A.C. Artículo 4.- El Fondo MIVIVIENDA S.A. se encargará de verifi car el cumplimiento de ejecución del Proyecto de Construcción de Viviendas de Interés Social a cargo de la empresa adjudicataria, según los plazos, obligaciones y condiciones establecidas en el contrato de transferencia y su propuesta técnica. Artículo 5.- La presente Resolución será refrendada por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento. Regístrese, comuníquese y publíqueseALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República LUIS M. VALDIVIESO M. Ministro de Economía y Finanzas ENRIQUE CORNEJO RAMÍREZ Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 272729-17 PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL Autorizan participación de integrante del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial en el II Congreso Iberoamericano sobre Cooperación Judicial - Justicia Digital, a realizarse en Chile RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 247-2008-CE-PJ Lima, 19 de setiembre de 2008VISTA:La comunicación cursada por el señor Roberto Jorge Feitosa de Carvalho, Presidente de la Red Latinoamericana de Jueces; y,CONSIDERANDO: Primero: Que, el Presidente de la Red Latinoamericana de Jueces, hace de conocimiento del Poder Judicial, la confi rmación de la inscripción de la señorita doctora Sonia Torre Muñoz, integrante del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, a fi n de que participe en el II Congreso Iberoamericano sobre Cooperación Judicial – Justicia Digital, convocado por la Red Latinoamericana de Jueces, con el apoyo de la Asociación de Magistrados de Chile, del Ministerio de Justicia de Chile, de la Escuela Nacional de Magistrados brasileños y del Presidente de la Suprema Corte de Chile, el cual se llevará a cabo del 3 al 6 de noviembre del año en curso, en la ciudad de Santiago de Chile, República de Chile; Segundo: Que, el citado evento académico se llevará a cabo dentro del marco de los esfuerzos para acelerar los procesos de integración judicial entre los países con base histórica común y niveles de desarrollo socio económico diversos, teniendo como objetivos el intercambio de experiencias y de propuestas en relación al uso de nuevas tecnologías de la información y comunicación, tutela de los derechos fundamentales, la desmaterialización de los procesos e implementación de una justicia digital en Iberoamérica; todo ello en aras de alcanzar la optimización de los recursos que el desarrollo de la tecnología y de la informática en su conjunto permiten en la actualidad, para el logro de una más efi caz y efi ciente administración de justicia en los países de la región; Tercero: Que, siendo así, y dada la trascendencia de los temas a tratar en el referido evento, resulta conveniente la participación de la señorita doctora Sonia Torre Muñoz, integrante del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en el mencionado certamen; correspondiendo al Poder Judicial asumir los gastos no cubiertos por las entidades organizadoras, considerando el itinerario de viaje; Por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus atribuciones, de conformidad con lo dispuesto en el inciso 3, del artículo 241º, del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en sesión ordinaria de la fecha, sin la intervención del señor Consejero Enrique Rodas Ramírez por encontrarse de licencia, por unanimidad; RESUELVE:Artículo Primero.- Autorizar la participación de la señorita doctora Sonia Torre Muñoz, integrante del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en el II Congreso Iberoamericano sobre Cooperación Judicial – Justicia Digital, convocado por la Red Latinoamericana de Jueces, con el apoyo de la Asociación de Magistrados de Chile, del Ministerio de Justicia de Chile, de la Escuela Nacional de Magistrados brasileños y del Presidente de la Suprema Corte de Chile, del 3 al 6 de noviembre del año en curso, en la ciudad de Santiago de Chile, República de Chile; concediéndosele licencia con goce de haber del 3 al 7 de noviembre próximo. Artículo Segundo.- Los gastos de pasajes aéreos, assiscard e impuesto Corpac y estarán a cargo de la Gerencia General del Poder Judicial, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes Aéreos US$ 721.29 Assiscard US$ 59.00Impuesto Corpac US$ 30.25 Artículo Tercero.- El cumplimiento de la presente resolución no exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo Cuarto.- La citada magistrada deberá presentar al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial informe documentado sobre el desarrollo del evento en un plazo de 15 días posteriores a su conclusión. Artículo Quinto.- Transcríbase la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, al Presidente de la Red Latinoamericana de Jueces, a la Gerencia General del Poder Judicial, y a la Descargado desde www.elperuano.com.pe