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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2008 (01/11/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 47

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 1 de noviembre de 2008 382685 a lo cual se colige que dicho proceso está relacionado a los hechos materia de revisión y verifi cación por este Organismo Superior de Control; Que, de acuerdo con lo establecido en el inciso o) del artículo 22º de la Ley Nº 27785 – Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, constituye atribución de este Organismo Superior de Control, participar en los procesos judiciales, administrativos, arbitrales u otros, para la adecuada defensa de los intereses del Estado, cuando tales procesos incidan sobre recursos y bienes de éste; por lo que resulta conveniente autorizar a la Procuradora Pública a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloría General de la República, a fi n de que se apersone e impulse las acciones legales correspondientes, interponiendo los recursos que la Ley le faculta en aras de la defensa judicial de los derechos e intereses del Estado; De conformidad con el artículo 47º de la Constitución Política del Estado, el Decreto Ley Nº 17537, y sus modifi catorias; SE RESUELVE:Artículo Único.- Autorizar a la señora Procuradora Pública a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloría General de la República, para que en nombre y representación del Estado, se apersone ante las instancias pertinentes e impulse las acciones legales correspondientes por los hechos materia de revisión y verifi cación en torno al Proceso de Selección y Proceso de Asociación, referidos en los considerandos de la presente resolución, remitiéndosele para el efecto los antecedentes del caso. Regístrese, comuníquese y publíquese.GENARO MATUTE MEJIA Contralor General de la República 272713-2 Aprueban la Guía de Auditoría Ambiental Gubernamental y sus primeros tres apéndices RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 470-2008-CG Lima, 28 de octubre de 2008Visto, la Hoja de Recomendación Nº 09-2008-CG/MAC de la Gerencia de Medio Ambiente y Patrimonio Cultural de la Contraloría General de la República; CONSIDERANDO: Que el artículo 14º de la Ley Nº 27885 - Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, establece que el ejercicio del control gubernamental se efectúa bajo la autoridad normativa y funcional de la Contraloría General de la República, la que establece los lineamientos, disposiciones y procedimientos técnicos correspondientes a su proceso; Que, el literal i) del artículo 22º de la Ley Nº 27785 establece que la Contraloría General de la República tiene la atribución de, entre otros, efectuar las acciones de control ambiental y sobre los recursos naturales, así como sobre los bienes que constituyen el Patrimonio Cultural de la Nación, informando semestralmente sobre el resultado de las mismas y sobre los procesos administrativos y judiciales, si los hubiere, a las comisiones competentes del Congresos de la República; Que, el literal c) del artículo 32º de la Ley Nº 27785 señala que el Contralor General de la República se encuentra facultado para dictar normas y disposiciones especializadas que aseguren el proceso integral de control, en función de los principios de especialización y fl exibilidad; Que, mediante Resolución de Contraloría Nº 112- 2000-CG de fecha 22.JUN.2000, se aprobó la denominada “Guía Metodológica de Gestión Ambiental”, como documento destinado a orientar y conducir el ejercicio de la auditoría gubernamental, contribuyendo con la gestión ambiental de la Administración Pública, la protección y la conservación del patrimonio natural del país, a fi n que se encamine hacia el desarrollo sostenible; Que, la referida Guía Metodológica constituyó una primera aproximación al control de la gestión ambiental gubernamental en el país, habiendo transcurrido casi una década desde su aprobación, periodo en el cual las percepciones, prioridades, intereses y obligaciones ambientales han evolucionado y la normativa emitida al respecto se ha tornado más rigurosa, por lo que se hace necesaria la introducción de una serie de precisiones que proporcionen un instrumento confi able, que brinde lineamientos y procedimientos claros, detallados y específi cos, aplicables a todo el Sistema Nacional de Control; Que, en ese orden de ideas, se ha propuesto la aprobación de la Guía de Auditoría Ambiental Gubernamental, como documento de orientación bajo el enfoque de procesos que, con base en las técnicas de auditoría, ha desarrollado una metodología actualizada para la evaluación y control de la gestión ambiental de las entidades públicas; asimismo, se han elaborado los primeros procedimientos de auditoría que, a manera de apéndice de la referida Guía, faciliten las labores de control gubernamental en relación a la gestión de los gobiernos locales, especialmente en funciones relacionadas con la gestión de residuos sólidos, del ordenamiento territorial y de la prevención de desastres, con la fi nalidad de sistematizar y optimizar el desarrollo de auditorías ambientales por parte de los órganos integrantes del Sistema Nacional de Control; En uso de las facultades contenidas por artículo 32º de la Ley Nº 27785 - Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República: SE RESUELVE:Artículo Primero.- Aprobar la Guía de Auditoría Ambiental Gubernamental y sus primeros tres apéndices, como documentos orientadores del Sistema Nacional de Control para la ejecución de las Auditorías de Gestión Ambiental; documentos que forman parte integrante de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia de Tecnologías y Sistemas de Información, la publicación de la Guía de Auditoría Ambiental Gubernamental y sus Apéndices, en la página web de la Contraloría General de la República (www.contraloria.gob.pe) y en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe), en concordancia a lo dispuesto al artículo 2º de la Ley Nº 29091, la misma que establece la publicación de los documentos legales en el Portal del Estado Peruano y Portales Institucionales. Artículo Tercero.- Encargar a la Escuela Nacional de Control la difusión de la Guía de Auditoría Gubernamental y sus Apéndices, en coordinación con la Gerencia de Medio Ambiente y Patrimonio Cultural, a fi n de promover y facilitar su aplicación con los órganos que integran el Sistema Nacional de Control. Artículo Cuarto.- Déjese sin efecto la Resolución de Contraloría Nº 112-2000-CG. Regístrese, comuníquese y publíquese. GENARO MATUTE MEJÍA Contralor General de la República 272714-1 Reglamento de los Órganos de Control Institucional ANEXO - RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 459-2008-CG (La resolución en referencia fue publicada en nuestra edición del día 30 de octubre de 2008) REGLAMENTO DE LOS ÓRGANOS DE CONTROL INSTITUCIONAL TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1º.- Objeto El presente Reglamento tiene por objeto regular la actuación de los Órganos de Control Institucional (OCI) en las entidades sujetas al Sistema Nacional de Control, la Descargado desde www.elperuano.com.pe