Norma Legal Oficial del día 27 de noviembre del año 2008 (27/11/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

El Peruano MORDAZA, jueves 27 de noviembre de 2008

NORMAS LEGALES
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383957

Asociado TC II

Master

5 o mas anos como Auxiliar, o 7 anos en la MORDAZA de 100% Vocal los cuales 3 anos Superior deben ser como asociado. Al menos 3 anos como Auxiliar 5 o mas anos como Auxiliar o 7 anos en la MORDAZA de 106% Vocal los cuales 3 anos Superior deben ser como Asociado. Al menos 5 Anos como Asociado 10 o mas anos como Asociado, a 20 anos en la MORDAZA de los cuales 5 anos deben ser como Principal Al menos 5 anos como asociado 10 o mas anos como Asociado, o 20 anos en la MORDAZA de los cuales 5 anos deben ser como Principal

3,008

- Cargos politicos y distinciones que no correspondan a logros academicos o profesionales, como, por ejemplo, cargos en colegios profesionales. Articulo 5.- Se autoriza incremento en los ingresos de los docentes en el MORDAZA del Programa de Homologacion A fin de cumplir con el Programa de Homologacion a que se refiere el Articulo 1 de este Decreto de Urgencia, se autoriza un incremento que se calculara sobre el 10% de la diferencia entre el ingreso percibido por el docente nombrado a la fecha de entrada en vigencia del presente Decreto de Urgencia y el monto establecido para el nivel mas alto de su categoria fijada en el Cuadro de Equiparacion del Articulo 3º. El incremento sera aplicado a partir del mes de enero del ano 2006. Articulo 6.- Incrementos a los docentes que se encuentran desempenando un cargo academico y/o administrativo Las subvenciones por responsabilidades directivas para autoridades o funcionarios financiadas por Recursos Directamente Recaudados se reduciran en un monto igual al incremento a que se refiere el Articulo 5º del presente Decreto de Urgencia. Articulo 8.- Financiamiento Facultar al Ministerio de Economia y Finanzas para que en un plazo no mayor de sesenta (60) dias realice un MORDAZA de racionalizacion de recursos en su presupuesto institucional, a fin de generar las economias necesarias para financiar la aplicacion del presente dispositivo. Para tal efecto, mediante Decreto Supremo con el refrendo del Ministro de Economia y Finanzas se efectuan las modificaciones presupuestarias en el nivel institucional que correspondan, a favor de las universidades publicas comprendidas en esta norma. Articulo 9.- Condiciones para el MORDAZA incremento que se realizara en el MORDAZA trimestre del Ano 2006 Aprobar las siguientes condiciones para el MORDAZA incremento: 1. Se calculara sobre el 10% de la diferencia entre remuneracion percibida por el docente nombrado a la fecha de entrada en vigencia del presente Decreto de Urgencia y el monto establecido por el nivel mas alto de su categoria fijada en el cuadro de equiparacion del Articulo 3º del Decreto de Urgencia. 2. La aplicacion de los incrementos posteriores al otorgado mediante el presente Decreto de Urgencia estara sujeto al cumplimiento de los siguientes ratios, que se establecen tanto para cada universidad publica como para el conjunto de ellas: · Se mantiene un ratio de autoridades / docentes nombrados no mayor a 0,09. · Se mantiene un ratio de alumnos matriculados / universo de docentes no mayor a 12,75. En este caso, entiendase por "universo de docentes" a los profesores nombrados, contratados y a los jefes de practica. 3. Cada universidad publica tiene la obligacion de informar al Ministerio de Economia con periodicidad semestral sobre el cumplimiento de los ratios establecidos en el parrafo precedente, bajo responsabilidad de sancion al Director General de Recursos Humanos de cada Universidad Publica o del Funcionario que haga sus veces. El Organo de Control interno de cada Universidad Publica semestralmente debera efectuar un control posterior sobre el cumplimiento, bajo responsabilidad, dando cuenta al titular de la entidad y a la Contraloria General de la Republica del cumplimiento de la disposicion. Articulo 11.- Derogaciones Derogar y dejar sin efecto toda MORDAZA que se oponga a lo previsto en el presente Decreto de Urgencia. B) Decreto de Urgencia 002-2006 Articulo 11.- Disposiciones para la aplicacion del Decreto de Urgencia Nº 033-3005 11.1. El cuadro de equiparacion dispuesto en el articulo 3 del Decreto de Urgencia Nº 033-2005 no modifica las categorias que los docentes universitarios

Asociado DE Asociado DE I Titulo Profesional

2,300

Asociado DE II

Master

3,200

Principal TC Principal TC I

Master

3,300

Principal TC II

Doctorado

75% Vocal Supremo

5,000

Principal DE Principal DE I Master 3,430

Principal DE II

Doctorado

82% Vocal Supremo

5,500

Articulo 4.- De las evaluaciones para el ingreso, promocion y ratificacion Las evaluaciones para el ingreso, promocion y ratificacion de los docentes deben comprender necesariamente los siguientes indicadores y proporciones: 1. MORDAZA y Titulos: hasta 20% del puntaje total. Entre la obtencion del grado de Maestro y la obtencion del grado de Doctor debe existir un puntaje diferencial de no menos del 30%. 2. Actualizaciones y capacitaciones: hasta el 10% del puntaje total. Se debe privilegiar las pasantias o cursos llevados en el extranjero que impliquen calificacion en instituciones publicas o universidades acreditadas. 3. Trabajos de investigacion (sea para articulos de revistas o libros): hasta 10% del puntaje total. Solo se consideraran los trabajos sujetos a evaluacion o MORDAZA o comite editorial o similar. 4. Informes del departamento: hasta el 10% del puntaje total. En estos informes se deben incluir aspectos administrativos internos tales como puntualidad, cumplimiento de normativas internas, o similares. 5. Clase Magistral y entrevista personal: hasta el 10% del puntaje total. 6. Cargos directivos o apoyo administrativo: hasta el 5% del puntaje total. Esto incluye los puntajes por la organizacion de eventos (seminarios, simposios, congresos, etc.), excepto la participacion como ponente o panelista. 7. Elaboracion de materiales de ensenanza: hasta el 5% del puntaje total 8. Idiomas: 3% del puntaje total por cada idioma en el nivel avanzado, hasta el 10% del puntaje total. 9. Asesoria a alumnos: hasta el 10% del puntaje total. Se debe asignar un mayor puntaje a las asesorias vinculadas a MORDAZA academicos (diferenciados entre si) y privilegiar los que lleven a la obtencion del grado por parte del alumno. 10. Evaluacion de los alumnos: no menos del 10% del valor del puntaje total. 11. Actividades de proyeccion Social: hasta el 9% del valor del puntaje total. Las evaluaciones no deben incluir los siguientes criterios: - Tiempo de servicios. - Carga lectiva

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