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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 27 de noviembre de 2008 383956 TRIBUNAL CONSTITUCIONAL Declaran inconstitucional el Artículo 3º y los incisos 2 y 3 del Artículo 9º del D.U. Nº 033-2005, así como el artículo 2.2 de la Ley Nº 29137 TRIBUNAL CONSTITUCIONAL PLENO JURISDICCIONAL 0023-2007-PI/TC SENTENCIA DEL PLENO DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL Del 15 de octubre de 2008 PROCESO DE INCONSTITUCIONALIDAD Asunto: Federación Nacional de Docentes Universitarios del Perú y más de cinco mil ciudadanos contra los Decretos de Urgencia 033-2005 y 002-2006. Magistrados presentes:MESÍA RAMÍREZ VERGARA GOTELLILANDA ARROYOBEAUMONT CALLIRGOSCALLE HAYENÁLVAREZ MIRANDA SUMARIO I. Asunto II. Datos generalesIII. Normas cuestionadasIV. Antecedentes a) Argumentos de la demanda b) Argumentos de la contestación de la demanda V. Materias constitucionalmente relevantes VI. Fundamentos §1. Sustracción de la materia y declaración de inconstitucionalidad de las disposiciones contenidas en los Decretos de Urgencia 033-2005 y 002-2006 §2. Examen constitucional de los Decretos de Urgencia 033-2005 y 002-2006 §3. Sobre el tipo de sentencia que corresponde emitir en el presente caso. 3.1. La sentencia interpretativa, integrativa-reductora §4. El parámetro de control en el proceso de inconstitucionalidad 4.1. El Bloque de constitucionalidad 4.2. ¿La ley universitaria forma parte del bloque de constitucionalidad para el presente caso? §5. Análisis del contenido de las disposiciones impugnadas a) Análisis del artículo 2 del Decreto de Urgencia 033- 2005 5.1. El tratamiento del profesor contratado. 5.2. El tratamiento del jefe de práctica, ayudante de cátedra o de laboratorio. 5.3. El caso de los cesantes y jubilados b) Análisis del artículo 3 del Decreto de Urgencia 033- 2005 c) Análisis del artículo 4 del Decreto de Urgencia 033- 2005 d) Análisis del artículo 9 del Decreto de Urgencia 033- 2005e) Análisis conjunto de los demás artículos impugnados del Decreto de Urgencia 033-2005 f) Sobre los artículos 11 y 12 del Decreto de Urgencia 002-2006 §6. Efectos de la presente sentencia en los procesos de cumplimiento o amparo en trámite ante el Poder Judicial. VII. Fallo EXP. Nº 00023-2007-PI/TC LIMA FEDERACIÓN NACIONAL DE DOCENTES UNIVERSITARIOS DEL PERÚ Y MÁS DE CINCO MIL CIUDADANOS SENTENCIA DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL En Lima, a los 26 días de agosto de 2008, el Tribunal Constitucional, en sesión de Pleno Jurisdiccional, integrado por los magistrados Mesía Ramírez, Presidente; Vergara Gotelli, Vicepresidente; Landa Arroyo, Beaumont Callirgos, Calle Hayen y Álvarez Miranda, pronuncia la siguiente sentencia I. ASUNTODemanda de inconstitucionalidad interpuesta por la Federación Nacional de Docentes Universitarios del Perú y más de cinco mil ciudadanos contra los Decretos de Urgencia 033-2005 y 002-2006. II. DATOS GENERALES Tipo de proceso : Proceso de Inconstitucionalidad. Demandantes : Federación Nacional de Docentes Universitarios del Perú y más de cinco mil ciudadanos. Normas sometidasa control : Artículos 2, 3, 4, 5, 6, 8, 9 y 11 del Decreto de Urgencia 033-2005, y los artículos 11 y 12 del Decreto de Urgencia 002-2006. Normas constitucionalescuya vulneración se alega : Artículos 118, inciso 19), 102, inciso 2), 2 inciso 1), 118, inciso 1), 18 y 43. Ley Universitaria Nº 23733 Petitorio : Se declare la inconstitucionalidad de los artículos 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9 y 11 del Decreto de Urgencia 033-2005, y los artículos 11 y 12 del Decreto de Urgencia 002-2006. III. NORMAS CUESTIONADASA) Decreto de Urgencia 033-2005Artículo 2.- Ámbito de aplicación del Programa de Homologación El Programa de Homologación se aplica solo a los docentes nombrados en las categorías Principal, Asociado y Auxiliar de las Universidades Públicas, sean a dedicación exclusiva, tiempo completo o parcial. Artículo 3.- Cuadro de Equiparación y escala de ingresos homologados Aprobar el Cuadro de equivalencias y equiparación del Programa de Homologación vigente al culminar el proceso de homologación aplicada a los docentes señalados en el Artículo precedente. Categoría de Equiparación Nivel Magistrado Ingreso Mensual (S/.)Grado AcadémicoTiempo Servicio Auxiliar TC Título Profesional100 % Juez de Primera Instancia 2,008 Auxiliar DE Título Profesional105% Juez de Primera Instancia 2,108 Asociado TC Asociado TC ITítulo ProfesionalAl menos 3 años como Auxiliar 2,200Descargado desde www.elperuano.com.pe