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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2008 (27/11/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 29

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 27 de noviembre de 2008 383955 VISTA: La solicitud presentada por la Entidad de Desarrollo a la Pequeña y Microempresa - EDPYMES Proempresa, en adelante Edpymes Proempresa, para que se le autorice la apertura de la Agencia ubicada en la Av. Mariscal Castilla 1992 y 1994, distrito El Tambo, provincia y departamento de Junín. CONSIDERANDO:Que la EDPYMES Proempresa en Sesión de Directorio N° 04-2008 del 15.02.2008 aprobó la apertura de las Agencias ubicadas en el distrito de El Tambo, provincia y departamento de Junín. Que, la empresa solicitante ha cumplido con presentar la documentación correspondiente para las aperturas de las Agencias, conforme establece el Procedimiento 11° del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) actualmente vigente; Estando a lo informado por el Departamento de Evaluación Microfi nanciera “C” mediante Informe N° 302 - 2008 -DEM “C”; y De conformidad con lo dispuesto por el artículo 30° de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley N° 26702, de la Resolución SBS N° 775- 2008 del 26 de marzo del 2008, y en virtud de las facultades delegadas por Resolución SBS N° 1096-2005 del 25 de julio de 2005; y Resolución SBS N° 10710-2008 de fecha 7 de noviembre de 2008. RESUELVE:Artículo Único.- Autorizar a EDPYMES PROEMPRESA la apertura de una (1) Agencia ubicada en la Av. Mariscal Castilla 1992 y 1994, distrito El Tambo, provincia y departamento de Junín. Regístrese, comuníquese y publíquese.RUBEN MENDIOLAZA MOROTE Superintendente Adjunto de Banca yMicrofi nanzas (a.i.) 282339-1 Autorizan a EDPYMES PROEMPRESA la apertura de agencia en el departamento de La Libertad RESOLUCIÓN SBS Nº 11150-2008 Lima, 14 de noviembre de 2008EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE BANCA Y MICROFINANZAS VISTA:La solicitud presentada por la Entidad de Desarrollo a la Pequeña y Microempresa - EDPYMES Proempresa, en adelante Edpymes Proempresa, para que se le autorice la apertura de la Agencia ubicada en la Calle El Tunante N° 1 12, Lote 01, Manzana R-2, con frente a la Av. Vallejo, Urb. Palermo, distrito y provincia de Trujillo y departamento de La Libertad; CONSIDERANDO: Que EDPYMES Proempresa en Sesión de Directorio N° 04-2008 del 15.02.2008 aprobó la apertura de la Agencia ubicada en el distrito y provincia de Trujillo y departamento de La Libertad. Que, la empresa solicitante ha cumplido con presentar la documentación correspondiente para las aperturas de las Agencias, conforme establece el Procedimiento 11° del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) actualmente vigente; Estando a lo informado por el Departamento de Evaluación Microfi nanciera “C” mediante Informe N° 286 - 2008 -DEM “C”; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 30° de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley N° 26702, de la Resolución SBS N° 775- 2008 del 26 de marzo del 2008, y en virtud de las facultades delegadas por Resolución SBS N° 1096-2005 del 25 de julio de 2005; y Resolución SBS N° 10710-2008 de fecha 7 de noviembre de 2008. RESUELVE:Artículo Único.- Autorizar a EDPYMES PROEMPRESA la apertura de una (1) Agencia ubicada en Calle El Tunante N° 112, Lote 01, Manzana R-2, con frente a la Av. Vallejo, Urb. Palermo, distrito y provincia de Trujillo y departamento de La Libertad. Regístrese, comuníquese y publíquese.RUBEN MENDIOLAZA MOROTE Superintendente Adjunto de Banca yMicrofi nanzas (a.i.) 282339-2 Autorizan al Banco Falabella del Perú la apertura de oficinas en los departamentos de Lima, La Libertad y la Provincia Constitucional del Callao RESOLUCIÓN SBS Nº 11349-2008 Lima, 19 de noviembre de 2008EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE BANCA Y MICROFINANZAS VISTA:La solicitud presentada por el Banco Falabella Perú para que se le autorice la apertura de 04 ofi cinas especiales de carácter permanente, de acuerdo con el detalle descrito en la parte resolutiva; y, CONSIDERANDO: Que, Banco Falabella Perú ha cumplido con presentar la documentación pertinente que justifi ca la apertura solicitada; Estando a lo informado por el Departamento de Evaluación Bancaria “C” mediante Informes Nº 160-2008-DEB “C”, Nº 161-2008-DEB “C” y Nº 162-2008-DEB “C” y Nº 163-2008-DEB “C”; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 30º de la Ley Nº 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, y la Resolución Nº 775-2008; y, en uso de las facultades delegadas mediante Resolución SBS Nº 1096-2005; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar al Banco Falabella Perú la apertura de cuatro (04) ofi cinas especiales de carácter permanente ubicadas en: - Av. Prolongación Pachacutec Nº 6321, distrito de Villa María del Triunfo, provincia y departamento de Lima. - Av. América Norte Nº 1245, distrito y provincia de Trujillo, departamento de La Libertad. - Av. Oscar Benavides 3866, distrito de Bellavista, Provincia Constitucional del Callao. - Av. Puente Piedra Sur Nº 443, distrito de Puente Piedra, provincia y departamento de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese. DIEGO CISNEROS SALAS Superintendente Adjunto de Banca y Microfi nanzas 282201-1Descargado desde www.elperuano.com.pe