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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 11 de diciembre de 2009 407678 En ese sentido, con miras a garantizar una adecuada información a sus usuarios y en la medida que la oferta comercial de los concesionarios móviles tiene diferente aplicación para llamadas dentro o fuera de sus respectivas redes, se advierte la necesidad de incorporar al marco normativo de la portabilidad la obligación de los concesionarios móviles de informar si determinado número móvil consultado por un usuario pertenece o no a su red, para lo cual podrán utilizar sus servicios de información y asistencia. 2.7. Campaña publicitaria en televisión, radio y prensa escrita En el artículo 3º del Anexo 3 -Proceso de Difusión- del Reglamento de Portabilidad Numérica se estableció que los concesionarios móviles realizarán una campaña publicitaria en televisión, radio y prensa escrita que asegure un impacto adecuado y utilice medios de comunicación de alcance nacional. Asimismo, se indicó que las piezas publicitarias incluirán el spot televisivo, radial y el diseño gráfi co con el contenido para el aviso de prensa, los volantes informativos y las banderolas. Respecto al arte fi nal de los volantes y banderolas, así como la pauta en medios de comunicación y la fecha de inicio de la campaña éstos ya fueron defi nidos por el OSIPTEL y comunicados a través de la Gerencia General a los concesionarios móviles. Asimismo, el OSIPTEL ya determinó cómo serán cubiertos los costos de la pauta en los medios de comunicación lo cual también fue puesto en conocimiento de los concesionarios móviles. Sin embargo, se tenía previsto que en octubre de 2009 el OSIPTEL comunique a los concesionarios móviles el spot televisivo y radial y el diseño gráfi co con el contenido para el aviso de prensa; sin embargo como consecuencia de los procedimientos de contratación en el sector público las piezas publicitarias anteriormente mencionadas estarían fi nalizadas recién en noviembre de 2009, motivo por el cual se está precisando que el spot televisivo y radial y el diseño gráfi co con el contenido para el aviso de prensa será comunicado por el OSIPTEL a los concesionarios móviles a más tardar en la primera semana de diciembre de 2009. 433555-1 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO Dan por concluida la designación de Gerente de Políticas y Normas de la SUNASS RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 063-2009-SUNASS-PCD Lima, 7 de diciembre de 2009 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Presidencia del Consejo Directivo Nº 027-2007-SUNASS-PCD, de fecha 27 de abril de 2007, se designó al señor FERRER ANÍVAR RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ como Gerente de Políticas y Normas de la SUNASS; Que, de acuerdo a lo previsto en el Cuadro de Asignación de Personal – CAP de la SUNASS, aprobado por Resolución Suprema Nº 230-2008-PCM, y el Manual Descriptivo de Puestos de la entidad, aprobado por Resolución de Gerencia General Nº 162-2007-SUNASS- GG, el cargo de Gerente de la Gerencia de Políticas y Normas es considerado como cargo de confi anza; Que, el inciso g) del artículo 56º del Reglamento General de la SUNASS, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-2001-PCM, establece como una de las funciones del Presidente del Consejo Directivo de la SUNASS el designar y remover a los Gerentes de la Institución; De conformidad con lo dispuesto en el Reglamento General de la SUNASS, Decreto Supremo Nº 017-2001- PCM, modifi cado mediante Decreto Supremo Nº 046- 2007-PCM; HA RESUELTO: Artículo Único.- Dar por concluida la designación del señor FERRER ANÍVAR RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ al cargo de Gerente de Políticas y Normas de la SUNASS, dándosele las gracias por los importantes servicios prestados. En tal sentido, debe considerarse como último día de funciones en el cargo, el correspondiente a la fecha de emisión de la presente resolución. Regístrese y comuníquese. JOSÉ SALAZAR BARRANTES Presidente del Consejo Directivo 433091-1 ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS AUTORIDAD NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL Aprueban como cargo de destino para la asignación de profesionales el de “Director General de Economía y Desarrollo” RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 073-2009-ANSC-PE Lima, 4 de diciembre de 2009 Visto el Informe Nº 037 - 2009-ANSC/GDCGP de la Gerencia de Desarrollo del Cuerpo de Gerentes Públicos; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 030-2009-PCM se aprobó el Reglamento del Régimen Laboral de los Gerentes Públicos creado por el Decreto Legislativo Nº 1024; Que, el citado Reglamento establece en su artículo 11º que la Autoridad Nacional del Servicio Civil (en adelante SERVIR) defi nirá, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva, previo acuerdo del Consejo Directivo, los cargos de dirección o de gerencia de mando medio de destino, susceptibles de asignación de Gerentes Públicos, en el marco de lo establecido en el artículo 8º del Decreto Legislativo Nº 1024; Que, el Consejo Directivo de SERVIR, en su sesión del 26 de noviembre de 2009, ha aprobado un nuevo cargo de destino, que según lo informado por la Gerencia de Desarrollo del Cuerpo de Gerentes Públicos, resulta susceptible para la asignación de los profesionales que integran el Cuerpo de Gerentes Públicos; De conformidad con el literal o) del artículo 10º del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Servicio Civil, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 062-2008-PCM; Con la visación de la Gerencia General, la Gerencia de Desarrollo del Cuerpo de Gerentes Públicos y la Ofi cina de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar, a partir de la fecha, como cargo de destino para la asignación de profesionales que conforman el Cuerpo de Gerentes Públicos, el que se indica a continuación: ENTIDAD SOLICITANTE CARGO A OCUPAR POR EL GERENTE PUBLICO MINISTERIO DE JUSTICIA Director General de Economía y Desarrollo