Norma Legal Oficial del día 31 de diciembre del año 2009 (31/12/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 104

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NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

El Peruano MORDAZA, jueves 31 de diciembre de 2009

MORDAZA MORDAZA, por encontrarse de vacaciones y de licencia, respectivamente, por unanimidad; RESUELVE: Articulo Primero.- Disponer que las MORDAZA y Juzgados Especializados en materia Contencioso Administrativa requieran a las partes consignar obligatoriamente en sus escritos de demanda y/o contestacion, la MORDAZA electronica proporcionada gratuitamente por el Poder Judicial para tal efecto, bajo apercibimiento de declararse la inadmisibilidad del acto postulatorio. Articulo Segundo.- Los representantes del Ministerio Publico, asi como los Procuradores Publicos a cargo de la Defensa Judicial del Estado que intervengan en los referidos procesos, consignaran en sus escritos de apersonamiento la MORDAZA electronica proporcionada por el Poder Judicial. En esa direccion, deberan establecerse los procedimientos tecnicos pertinentes, en coordinacion con el Ministerio Publico y el Consejo de Defensa Judicial del Estado. Articulo Tercero.- Disponer que los organos jurisdiccionales especializados en materia comercial, MORDAZA de conocimiento a las partes sobre la posibilidad de que consignen en sus escritos de demanda y/o contestacion, la MORDAZA electronica proporcionada gratuitamente por el Poder Judicial. Articulo Cuarto.- Encargar a la Gerencia de Informatica y a la Gerencia de Servicios Judiciales y Recaudacion la implementacion, difusion y cumplimiento de la presente resolucion. Articulo Quinto.- Encargar a la Oficina de Asesoria Legal del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial la elaboracion de las respectivas propuestas de iniciativas legislativas a fin de que en otras materias del derecho y especialidades de la administracion de justicia se puedan exigir a las partes dentro de los procesos que correspondan la consignacion obligatoria en sus escritos de demanda y/o contestacion de la MORDAZA electronica proporcionada gratuitamente por el Poder Judicial, estando a la urgente necesidad de utilizar y aprovechar al MORDAZA las herramientas que la tecnologia actual posibilita, de manera concordante con las medidas de seguridad y confiabilidad necesarias. Articulo Sexto.- La presente resolucion entrara en vigencia a los 60 (sesenta) dias habiles de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo Setimo.- Transcribase la presente resolucion a la Presidencia del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Ministerio Publico, Ministerio de Justicia, Consejo de Defensa Nacional del Estado, Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia del MORDAZA, Procuraduria Publica del Poder Judicial, Oficina de Inspectoria General del Poder Judicial, y a la Gerencia General de la Institucion, para su conocimiento y fines consiguientes. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. SS. MORDAZA MORDAZA STEIN MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

Primero: Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA remite a este Organo de Gobierno propuesta de creacion de un Juzgado de Paz en la Comunidad MORDAZA de Boras de Pucaurquillo, Distrito de Pebas, Provincia de Mariscal MORDAZA MORDAZA, Region MORDAZA, a solicitud de autoridades y pobladores de la referida localidad; Segundo: La solicitud se fundamenta en tener poblacion aproximada de 1,349 habitantes; conjuntamente con las Comunidades Nativas de Huitotos de Pucaurquillo, MORDAZA MORDAZA de Pro, Boras de Brillo MORDAZA, Puerto Izando, Nueva MORDAZA, MORDAZA Porvenir, Estiron del Cuzco, Tierra Firme, Huitotos del Estiron, Boras de Colonia, MORDAZA Peru, MORDAZA y San MORDAZA de Piri, asi como en la necesidad de contar con una autoridad judicial, teniendo en cuenta que el Juzgado de Paz mas proximo se encuentra ubicado a una hora del Juzgado de Paz mas cercano, en la localidad de Pebas, a donde se trasladan los pobladores empleando medios de transporte fluvial; asimismo, se encuentra a quince horas de la sede de los Juzgados Mixto y de Paz Letrado de Caballococha, y a dos dias de la sede de la Corte Superior de Justicia de Loreto; lo que significa gasto excesivamente oneroso en tiempo y dinero considerando las dificultades economicas de dicha poblacion; por cuya razon no tienen acceso a un oportuno servicio de administracion de justicia; Tercero: Que, el Informe Nº 162-2009-SEP-GP-GG-PJ remitido por la Gerencia General de Poder Judicial, concluye que es factible la creacion del Juzgado de Paz en Comunidad MORDAZA de Boras de Pucaurquillo, Distrito de Pebas, Provincia de Mariscal MORDAZA MORDAZA, Region y Distrito Judicial de Loreto; asimismo, en dicho informe aparecen los limites geograficos del mencionado organo jurisdiccional; Cuarto: Que, por el numero de habitantes de la comunidad a los que beneficiaria el Juzgado de Paz, entre los que se presentan conflictos de naturaleza civil, penal, familiar, y asuntos notariales; y siendo objetivo principal de este Poder del Estado administrar justicia en forma rapida y eficaz, resulta procedente la peticion que se formula; Por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus atribuciones, con arreglo a lo establecido en el articulo 82º, numeral 24, del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, en sesion ordinaria de la fecha, de conformidad con el informe del senor Consejero MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, sin la intervencion del senor Consejero MORDAZA MORDAZA Saldana por haberse excusado de asistir, por unanimidad; RESUELVE: Articulo Primero.- Crear un Juzgado de Paz en la Comunidad MORDAZA de Boras de Pucaurquillo, con competencia en las Comunidades Nativas de Huitotos de Pucaurquillo, MORDAZA MORDAZA de Pro, Boras de Brillo MORDAZA, Puerto Izando, Nueva MORDAZA, MORDAZA Porvenir, Estiron del Cuzco, Tierra Firme, Huitotos del Estiron, Boras de Colonia, MORDAZA Peru, MORDAZA y San MORDAZA de Piri; Distrito de Pebes, Provincia de Mariscal MORDAZA MORDAZA, Region y Distrito Judicial de Loreto. Articulo Segundo.- Los limites geograficos del Juzgado de Paz son los que aparecen descritos en el informe de la Gerencia General de Poder Judicial, que en documento anexo forma parte integrante de la presente resolucion. Articulo Tercero.- Transcribase la presente resolucion al Presidente del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Oficina Nacional de Apoyo a la Justicia de Paz, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines consiguientes. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. SS. MORDAZA MORDAZA STEIN MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

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Crean Juzgado de Paz en la Comunidad MORDAZA de Boras de Pucaurquillo
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 381-2009-CE-PJ
MORDAZA, 30 de noviembre de 2009 VISTOS: El Oficio Nº 1438-2009-J/CSJLO-P, cursado por el Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, el Informe Nº 060-2009-ODAJUP/ARG-A, emitido por el Asistente de ODAJUP-LO y el Informe Nº 162-2009-SEPGP-GG-PJ, remitido por la Gerencia General del Poder Judicial; y,

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