Norma Legal Oficial del día 07 de enero del año 2009 (07/01/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

El Peruano MORDAZA, miercoles 7 de enero de 2009

NORMAS LEGALES

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donde operan actualmente 46 embarcaciones. Asimismo, informa que el rango de tallas de anchoveta fluctuo entre 7.0 y 16.5 cm, con moda principal en 11.0 cm de longitud total, siendo el porcentaje de ejemplares juveniles de 61% y que desde diciembre de 2008 hasta la primera semana de enero del 2009, se observo un incremento de la incidencia de juveniles en porcentajes superiores a la tolerancia establecida; por lo que recomienda considerar la aplicacion de medidas preventivas de proteccion a los ejemplares juveniles de anchoveta en el area de la region sur, comprendida entre los 16°00' S y 17°59'59" S dentro de las 30 millas de la costa; De conformidad con las disposiciones contenidas en el Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca, modificada por el Decreto Legislativo N° 1027, su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, asi como en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Decreto Legislativo N° 1047; Con el visado del Viceministro de Pesqueria, de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero y de la Oficina General de Asesoria Juridica; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Suspender las actividades extractivas del recurso anchoveta a partir de las 00:00 horas del dia siguiente de la publicacion de la presente Resolucion Ministerial por un periodo de diez (10) dias calendario en el area comprendida entre los 16°00' S y 17°59'59" S, dentro de las 30 millas de la costa. Articulo 2°.- El incumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolucion sera sancionado conforme al Reglamento de Inspecciones y Sanciones Pesqueras y Acuicolas (RISPAC) aprobado por el Decreto Supremo Nº 016-2007-PRODUCE y demas normas concordantes, complementarias y/o ampliatorias. Articulo 3°.- Las Direcciones Generales de Extraccion y Procesamiento Pesquero, de Seguimiento, Control y Vigilancia y de Asuntos Ambientales de Pesqueria del Ministerio de la Produccion, asi como las Direcciones o Gerencias Regionales de la Produccion del litoral con competencia pesquera, la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa y la Autoridad Portuaria Nacional, dentro del ambito de sus respectivas competencias y jurisdicciones, realizaran las acciones de difusion que correspondan y velaran por el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA CONTERNO MARTINELLI Ministra de la Produccion 297536-1

como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Peru en la Republica Arabe de Egipto; De conformidad con los articulos 7º y 13º inciso a) de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomatico de la Republica; y los articulos 62º, 185º inciso c), 187º y 189º inciso b) del Reglamento de la Ley del Servicio Diplomatico de la Republica, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 130-2003-RE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Dar por terminadas las funciones del Embajador en el Servicio Diplomatico de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Peru en la Republica Arabe de Egipto. Articulo 2º.- Cancelar las Cartas Credenciales y los Plenos Poderes correspondientes. Articulo 3º.- La fecha de termino de funciones y de traslado a Cancilleria se fijara por Resolucion Ministerial. Articulo 4º.- Aplicar el egreso que irrogue la presente Resolucion a las partidas correspondientes del Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores 297537-7

Extienden vigencia de funcionamiento de la Oficina Ejecutiva del Peru en la Secretaria Internacional del Foro de Cooperacion del MORDAZA MORDAZA
RESOLUCION SUPREMA Nº 005-2009-RE MORDAZA, 6 de enero de 2009 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Suprema Nº 473-2006-RE se establecio la Oficina Ejecutiva del Peru en la Secretaria Internacional del Foro Economico del MORDAZA MORDAZA, con sede en Singapur, a partir del 1 de enero de 2007 hasta el 31 de diciembre de 2008; Que, las actividades desplegadas por la Oficina Ejecutiva del Peru en la Secretaria Internacional del Foro Economico del MORDAZA MORDAZA, con sede en Singapur, a la fecha se encuentran en MORDAZA de cierre, lo cual supone la cancelacion de cuentas bancarias, pago a proveedores por la adquisicion de bienes y contratacion de servicios, asi como la conclusion de obligaciones contractuales previamente asumidas; Que, a fin de promover un adecuado MORDAZA de cierre, es preciso extender la vigencia de funcionamiento de la Oficina Ejecutiva del Peru en la Secretaria Internacional del Foro Economico del MORDAZA MORDAZA, con sede en Singapur, hasta el 31 de enero de 2009; Que, a fin de operativizar dicho MORDAZA de cierre el Ministerio de Relaciones Exteriores sera el encargado de impartir las instrucciones especificas a la mencionada Oficina Ejecutiva y disponer las acciones que estime conveniente en el MORDAZA de lo establecido en el Decreto Ley Nº 26112 - Ley Organica del Ministerio de Relaciones Exteriores y el Reglamento para la Administracion de las Asignaciones para Gastos de Funcionamiento y Gestion de las Misiones del Servicio Exterior de la Republica, aprobado mediante Resolucion Suprema Nº 166-05/RE; Estando a lo expuesto y de conformidad con el numeral 8 del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru y

RELACIONES EXTERIORES
Dan por terminadas funciones de Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Peru en la Republica Arabe de Egipto
RESOLUCION SUPREMA Nº 004-2009-RE MORDAZA, 6 de enero de 2009 Vista la Resolucion Suprema Nº 049-2004-RE, que nombro al Embajador en el Servicio Diplomatico de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Peru en la Republica Arabe de Egipto; Vista la Resolucion Ministerial Nº 0105-2004-RE, que fijo el 1 de marzo de 2004, como la fecha en la que el citado funcionario diplomatico debio asumir funciones

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