Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE ENERO DEL AÑO 2009 (07/01/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 21

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 7 de enero de 2009 387771 donde operan actualmente 46 embarcaciones. Asimismo, informa que el rango de tallas de anchoveta fl uctuó entre 7.0 y 16.5 cm, con moda principal en 11.0 cm de longitud total, siendo el porcentaje de ejemplares juveniles de 61% y que desde diciembre de 2008 hasta la primera semana de enero del 2009, se observó un incremento de la incidencia de juveniles en porcentajes superiores a la tolerancia establecida; por lo que recomienda considerar la aplicación de medidas preventivas de protección a los ejemplares juveniles de anchoveta en el área de la región sur, comprendida entre los 16°00’ S y 17°59’59” S dentro de las 30 millas de la costa; De conformidad con las disposiciones contenidas en el Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca, modifi cada por el Decreto Legislativo N° 1027, su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, así como en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Decreto Legislativo N° 1047; Con el visado del Viceministro de Pesquería, de la Dirección General de Extracción y Procesamiento Pesquero y de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Suspender las actividades extractivas del recurso anchoveta a partir de las 00:00 horas del día siguiente de la publicación de la presente Resolución Ministerial por un período de diez (10) días calendario en el área comprendida entre los 16°00’ S y 17°59’59” S, dentro de las 30 millas de la costa. Artículo 2°.- El incumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución será sancionado conforme al Reglamento de Inspecciones y Sanciones Pesqueras y Acuícolas (RISPAC) aprobado por el Decreto Supremo Nº 016-2007-PRODUCE y demás normas concordantes, complementarias y/o ampliatorias. Artículo 3°.- Las Direcciones Generales de Extracción y Procesamiento Pesquero, de Seguimiento, Control y Vigilancia y de Asuntos Ambientales de Pesquería del Ministerio de la Producción, así como las Direcciones o Gerencias Regionales de la Producción del litoral con competencia pesquera, la Dirección General de Capitanías y Guardacostas del Ministerio de Defensa y la Autoridad Portuaria Nacional, dentro del ámbito de sus respectivas competencias y jurisdicciones, realizarán las acciones de difusión que correspondan y velarán por el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. ELENA CONTERNO MARTINELLI Ministra de la Producción 297536-1 RELACIONES EXTERIORES Dan por terminadas funciones de Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República Árabe de Egipto RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 004-2009-RE Lima, 6 de enero de 2009 Vista la Resolución Suprema Nº 049-2004-RE, que nombró al Embajador en el Servicio Diplomático de la República César Rolando Castillo Ramírez, como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República Árabe de Egipto; Vista la Resolución Ministerial Nº 0105-2004-RE, que fi jó el 1 de marzo de 2004, como la fecha en la que el citado funcionario diplomático debió asumir funciones como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República Árabe de Egipto; De conformidad con los artículos 7º y 13º inciso a) de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República; y los artículos 62º, 185º inciso c), 187º y 189º inciso b) del Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 130-2003-RE; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dar por terminadas las funciones del Embajador en el Servicio Diplomático de la República César Rolando Castillo Ramírez, como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República Árabe de Egipto. Artículo 2º.- Cancelar las Cartas Credenciales y los Plenos Poderes correspondientes. Artículo 3º.- La fecha de término de funciones y de traslado a Cancillería se fi jará por Resolución Ministerial. Artículo 4º.- Aplicar el egreso que irrogue la presente Resolución a las partidas correspondientes del Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 297537-7 Extienden vigencia de funcionamiento de la Oficina Ejecutiva del Perú en la Secretaría Internacional del Foro de Cooperación del Asia Pacífico RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 005-2009-RE Lima, 6 de enero de 2009 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 473-2006-RE se estableció la Ofi cina Ejecutiva del Perú en la Secretaría Internacional del Foro Económico del Asia Pacífi co, con sede en Singapur, a partir del 1 de enero de 2007 hasta el 31 de diciembre de 2008; Que, las actividades desplegadas por la Ofi cina Ejecutiva del Perú en la Secretaría Internacional del Foro Económico del Asia Pacífi co, con sede en Singapur, a la fecha se encuentran en proceso de cierre, lo cual supone la cancelación de cuentas bancarias, pago a proveedores por la adquisición de bienes y contratación de servicios, así como la conclusión de obligaciones contractuales previamente asumidas; Que, a fi n de promover un adecuado proceso de cierre, es preciso extender la vigencia de funcionamiento de la Ofi cina Ejecutiva del Perú en la Secretaría Internacional del Foro Económico del Asia Pacífi co, con sede en Singapur, hasta el 31 de enero de 2009; Que, a fi n de operativizar dicho proceso de cierre el Ministerio de Relaciones Exteriores será el encargado de impartir las instrucciones específi cas a la mencionada Ofi cina Ejecutiva y disponer las acciones que estime conveniente en el marco de lo establecido en el Decreto Ley Nº 26112 - Ley Orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores y el Reglamento para la Administración de las Asignaciones para Gastos de Funcionamiento y Gestión de las Misiones del Servicio Exterior de la República, aprobado mediante Resolución Suprema Nº 166-05/RE; Estando a lo expuesto y de conformidad con el numeral 8 del artículo 118º de la Constitución Política del Perú y