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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE ENERO DEL AÑO 2009 (07/01/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 29

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 7 de enero de 2009 387779 INSTITUTO NACIONAL DE CULTURA Rectifican la Resolución Ministerial Nº 0928-80-ED en lo referido a numeración de inmueble RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL Nº 1764/INC Lima, 2 de diciembre de 2008 Visto el Informe Nº 079-2008-DAB-SDR-DPHCR/INC de fecha 24 de noviembre del 2008 de la Sub Dirección de Registro de la Dirección de Patrimonio Histórico Colonial y Republicano; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el documento del visto, la Sub Dirección de Registro de la Dirección de Patrimonio Histórico Colonial y Republicano, informa que mediante Resolución Ministerial Nº 0928-80-ED de fecha 23 de julio de 1980, se declaró Monumento integrante del Patrimonio Cultural de la Nación al inmueble ubicado en Jr. Ucayali Nº 168- 174 esquina A. N. Wiese (actualmente Jr. Carabaya) Nº 400-408, distrito, provincia y departamento de Lima; sin embargo de acuerdo al antecedente registral del inmueble que consta en la Partida Electrónica Nº 11885053 emitida por la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, dicho inmueble tiene asignada la siguiente numeración municipal Jr. Ucayali Nº 164, 170, 174, 176, 180, 194, 198 con frente Jr. Carabaya Nº 400, 402, 406, 408, distrito del Cercado. Que, a mérito de la Partida Electrónica en mención es necesario rectifi car la numeración de dicho inmueble, para inscribir ante la Superintendencia Nacional de Registros Públicos la condición de bien inmueble integrante del patrimonio cultural de la Nación del mismo; Que, el Artículo 13º del Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, señala que el Instituto Nacional de Cultura tiene por fi nalidad ejecutar actividades y acciones a nivel nacional en el campo de la cultura, normar, supervisar y evaluar la política cultural del país y administrar, conservar y proteger el patrimonio cultural de la Nación; Que, de conformidad con lo previsto en los Artículos III y VII del Título Preliminar de la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, el Instituto Nacional de Cultura es el organismo con competencia y atribuciones para declarar Patrimonio Cultural de la Nación a los inmuebles de importancia histórica y artística; Que, el numeral 1 del artículo 65º de la Ley Nº 27444, “Ley del Procedimiento Administrativo General” prescribe que “el ejercicio de la competencia es una obligación directa del órgano administrativo que la tenga atribuida como propia, salvo el cambio de competencia por motivos de delegación o evocación, según lo previsto en esta Ley”. Asimismo el principio de legalidad consagrado en el artículo IV del Título Preliminar de la misma ley, establece que “las autoridades administrativas deben actuar con respeto a la Constitución, la ley y al derecho, dentro de las facultades que le estén atribuidas y de acuerdo con los fi nes para los que les fueron conferidas”; Que, interpretando la razón de las leyes mencionadas en los considerandos precedentes, se concluye que corresponde al Instituto Nacional de Cultura modifi car la declaración del bien cultural realizado por la Resolución Ministerial Nº 0928-80-ED de fecha 23 de julio de 1980, precisándose lo solicitado por la Dirección de Patrimonio Histórico Colonial y Republicano, en cuanto a la numeración del inmueble; Estando visado por la Dirección de Gestión, la Dirección de Patrimonio Histórico Colonial y Republicano, y de la Dirección de Asuntos Jurídicos; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación; Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; Decreto Supremo Nº 017-2003-ED, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Cultura; Decreto Supremo Nº 011-2006- ED, que aprueba el Reglamento de la Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación; SE RESUELVE: Artículo Único.- RECTIFICAR la Resolución Ministerial Nº 0928-80-ED de fecha 23 de julio del 1980, en el extremo referido a la numeración del inmueble que consigna la dirección: Ucayali 168-174 y A.N. Wiese 400-408 (Antiguos Almacenes Santa Catalina), debiendo decir: “Jr. Ucayali Nº 164, 170, 176, 180, 194, 198 con frente Jr. Carabaya Nº 400, 402, 406, 408, distrito, provincia y departamento de Lima”, inscrito en la Partida Electrónica Nº 11885053 del Registro de la Propiedad Inmueble de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER UGAZ VILLACORTA Encargado de la Dirección Nacional 296610-1 Declaran Patrimonio Cultural de la Nación a diversos inmuebles y a la expresión tradicional Pluma Danza de la provincia de Huaylas RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL N° 1769/INC Lima, 2 de diciembre de 2008 VISTO, el Ofi cio Nº 741-INC-2007-HVCA, de fecha 26 de octubre de 2007, de la Dirección Regional de Cultura de Huancavelica; y, CONSIDERANDO: Que, el Instituto Nacional de Cultura es un organismo público descentralizado del sector educación, con personería jurídica de derecho público interno; responsable de la promoción y desarrollo de las manifestaciones culturales del país y de la investigación, preservación, conservación, restauración, difusión y promoción del patrimonio cultural de la Nación; Que, el artículo VII del Título Preliminar de la Ley Nº 28296 - Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, señala que el Instituto Nacional de Cultura está encargado de registrar, declarar y proteger el patrimonio cultural de la Nación dentro del ámbito de su competencia; Que, mediante el Ofi cio del visto, la Dirección Regional de Cultura de Huancavelica solicita la delimitación de los monumentos arqueológicos prehispánicos Uchkus Inkañan, Atalla y Paturpampa; Que, mediante el Informe Nº 368-2008-SDIC-DA/INC, de fecha 13 de marzo del 2008, la Sub Dirección de Investigación y Catastro de la Dirección de Arqueología, recomiendan que el citado expediente pase a la Comisión Nacional Técnica de Arqueología para su opinión respectiva; Que, mediante Acuerdo Nº 0169, de fecha 14 de marzo de 2008, la Comisión Nacional Técnica de Arqueología, acordó entre otros, recomendar a la Dirección Nacional del Instituto Nacional de Cultura lo siguiente: - Declarar patrimonio cultural de la Nación a los monumentos arqueológicos prehispánicos, cuya ubicación se detalla en el siguiente cuadro: