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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 7 de enero de 2009 387773 artículos 106º, 107º y 108º del Reglamento Consular del Perú, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 076-2005-RE del 5 de octubre de 2005; así como en la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares de 1963; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Nombrar Cónsul Honorario del Perú en la ciudad de Estrasburgo, República Francesa, al señor Denis Atzenhoffer, con circunscripción geográfi ca en los Departamentos de Jura, Doubs, Haute-Saone, Meurthe- et-Moselle, Moselle, Bas-Rhin, Haut-Rhin, Vosges y el Territoire de Belfort. Artículo 2º.- Extenderle las Letras Patentes correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 297537-11 SALUD Designan Experta en Sistema Administrativo I de la Oficina de Logística de la Oficina General de Administración del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 894-2008/MINSA Lima, 30 de diciembre de 2008 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 694-2008/ MINSA de fecha 07 de Octubre de 2008, se designó al señor Jim Quispe Valdivieso, en el cargo de Experto en Sistema Administrativo I, Nivel F-3, de la Ofi cina de Logística de la Ofi cina General de Administración del Ministerio de Salud; Que, resulta conveniente dar por concluida la designación del funcionario antes citado y designar a la profesional correspondiente en su reemplazo; Con la visación de los Directores Generales de las Ofi cinas Generales de Gestión de Recursos Humanos y de Asesoría Jurídica, así como del Viceministro de Salud; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, Ley Nº 27594, Ley que regula la Participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos; y el literal l) del artículo 8º de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dar por concluida la designación del señor JIM QUISPE VALDIVIESO, en el cargo de Experto en Sistema Administrativo I, Nivel F-3, de la Ofi cina de Logística de la Ofi cina General de Administración del Ministerio de Salud. Artículo 2º.- Designar a la abogada ANA VIOLETA VELÁSQUEZ PATOW, en el cargo de Experto en Sistema Administrativo I, Nivel F-3, de la Ofi cina de Logística de la Ofi cina General de Administración del Ministerio de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese. OSCAR RAUL UGARTE UBILLUZ Ministro de Salud 297061-1 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Otorgan a Televisión por Cable e Inversiones Juanguerra E.I.R.L. concesión única para la prestación de servicios públicos de telecomunicaciones RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 927-2008-MTC/03 Lima, 29 de diciembre de 2008 VISTA, la solicitud presentada con Expediente Nº 2008-035755 por la empresa TELEVISIÓN POR CABLE E INVERSIONES JUANGUERRA E.I.R.L. sobre otorgamiento de concesión única para la prestación de los servicios públicos de telecomunicaciones, en todo el territorio de la República del Perú; indicando como servicio a prestar inicialmente el de distribución de radiodifusión por cable en la modalidad de cable alámbrico u óptico; CONSIDERANDO: Que, el inciso 3) del artículo 75° del Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, señala que corresponde al Ministerio de Transportes y Comunicaciones otorgar concesiones, autorizaciones, permisos y licencias en materia de telecomunicaciones; Que, el artículo 47° del Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, modifi cado por la Ley Nº 28737, señala que la concesión es el acto jurídico mediante el cual el Estado concede a una persona natural o jurídica la facultad de prestar servicios públicos de telecomunicaciones. El Ministerio otorgará concesión única para la prestación de todos los servicios públicos de telecomunicaciones, independientemente de la denominación de éstos contenida en la Ley o en su Reglamento, con excepción de la concesión para Operador Independiente. La concesión se perfecciona mediante contrato escrito aprobado por resolución del Titular del Sector; Que, adicionalmente, el citado artículo señala que las personas naturales o jurídicas, titulares de una concesión única, previamente deberán informar al Ministerio de Transportes y Comunicaciones los servicios públicos a brindar, sujetándose a los derechos y obligaciones correspondientes a cada uno de los servicios conforme a la clasifi cación general prevista en la Ley, a lo dispuesto en el Reglamento, normas complementarias y al respectivo contrato de concesión; el Ministerio tendrá a su cargo el registro de los servicios que brinde cada concesionario, de acuerdo a las condiciones establecidas en el Reglamento; Que, el artículo 53° del dispositivo legal en mención, dispone que en un mismo contrato de concesión el Ministerio otorgará el derecho a prestar todos los servicios públicos de telecomunicaciones; Que, el artículo 121º del Texto Único Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 020-2007-MTC, dispone que los servicios portadores, fi nales y de difusión de carácter público, se prestan bajo el régimen de concesión, la cual se otorga previo cumplimiento de los requisitos y trámites que establecen la Ley y el Reglamento