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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE ENERO DEL AÑO 2009 (28/01/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 32

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 28 de enero de 2009 389378 SUB PARTIDA NACIONAL DESCRIPCIÓN 8523402900 Soportes ópticos grabados excepto para reproducir sonido, imagen o imagen y sonido 8523510000 Dispositivos de almacenamiento permanente de datos a base de semiconductores 8523520000 Tarjetas inteligentes («smart cards») 8523591000 Tarjetas y etiquetas de activación por proximidad 8523599000 Los demás soportes semiconductores 8523803000 Los demás soportes, para reproducir fenómenos distintos del sonido o imagen 8523809000 Los demás soportes, excepto para reproducir fenómenos distintos del sonido o imagen 306229-1 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE BIENES ESTATALES Disponen primera inscripción de dominio a favor del Estado de terreno ubicado en el Callao JEFATURA DE ADQUISICIONES Y RECUPERACIONES RESOLUCIÓN Nº 004-2009/SBN-GO-JAR San Isidro, 27 de enero de 2009 Visto el Expediente N° 014-2009/SBN-JAR, correspondiente al trámite de primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno de 26 920,77 m², ubicado a 325 metros al Este de la Autopista Callao- Ventanilla del ex Fundo Márquez, distrito de Ventanilla de la Provincia Constitucional del Callao; y CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales -SBN, es el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar las acciones que realicen las entidades que conforman el mencionado Sistema, en materia de adquisición, disposición, administración y registro de los bienes estatales a nivel nacional, así como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes estatales que se encuentran bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor, conforme a la Ley Nº 29151 -Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales- y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA; Que, revisados los documentos que obran en las Fichas Nos 2058 y 16644, ambos del Registro de Predios del Callao, se identifi có un área de 26 920,77 m², ubicado al Este de la Autopista Callao-Ventanilla del ex Fundo Márquez, distrito de Ventanilla de la Provincia Constitucional del Callao, que se encontraría libre de inscripción registral; Que, realizada la inspección técnica con fecha 08 de enero 2009, se verifi có que el citado terreno presenta un relieve topográfi co plano de forma irregular con suelo rocoso; Que, la Ofi cina Callao de la Zona Registral N° IX - Sede Lima sobre la base del Informe Técnico N° 0670-2009- SUNARP-Z.R.N°IX/OC, de fecha 23 de enero del 2009, informa que debido a las modifi caciones realizadas a partir del Asiento 5-b de la Ficha N° 2058 se observa que los ámbitos modifi cados no comprenden al área en consulta y tampoco forma parte de los predios independizados; Que, asimismo el citado Informe Técnico precisa que no puede establecer si el área de 26 920,77 m², se encuentra inscrita en la Ficha N° 2058 del Registro de Predios del Callao; Que, conforme el segundo párrafo del artículo 16° del Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios señala que no impide la inmatriculación, el informe técnico que señale la imposibilidad de determinar si el predio se encuentra inscrito o no; Que, el Artículo 23° de la Ley N° 29151 “Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales”, establece que los predios que no se encuentren inscritos en el Registro de Predios y que no constituyan propiedad de particulares, ni de las Comunidades Campesina y Nativas, son de dominio del Estado, por lo que corresponde tramitar la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno de 26 920,77 m², de conformidad con el Artículo 38° del Reglamento de la Ley N° 29151, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2008- VIVIENDA y la Directiva N° 001-2002/SBN, aprobada por Resolución N° 011-2002/SBN, modifi cada por la Directiva Nº 003-2004/SBN, aprobada por Resolución Nº 014-2004/ SBN, que regulan el trámite de inscripción de la primera de dominio de predios a favor del Estado; Que, mediante Resolución Nº 027-2008/SBN de fecha 17 de marzo de 2008, se designa transitoriamente a la Gerencia de Operaciones, la facultad de Gestión Inmobiliaria y Supervisión a que hace referencia la Ley Nº 29151, hasta la aprobación del nuevo Reglamento de Organización y Funciones de la SBN; Que, los incisos i) y s) del Artículo 39° del “Reglamento de Organización y Funciones de la SBN” aprobado por Resolución de Superintendencia N° 315-2001/SBN, de fecha 03 de setiembre de 2001, facultan a la Jefatura de Adquisiciones y Recuperaciones de la Gerencia de Operaciones, a promover la inmatriculación de predios a favor del Estado, así como a emitir en primera instancia las resoluciones de su competencia; De conformidad con la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA, Decreto Supremo N° 131-2001-EF, “Estatuto de la SBN” y Resolución de Superintendencia N° 315-2001/SBN; y Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Técnico Legal Nº 0025-2009/SBN-GO-JAR, de fecha 27 de enero de 2009; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Disponer la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno de 26 920,77 m², ubicado a 325 metros al Este de la Autopista Callao-Ventanilla del ex Fundo Márquez, distrito de Ventanilla de la Provincia Constitucional del Callao, según el plano y memoria descriptiva que sustentan la presente Resolución. Artículo 2°.- La Zona Registral N° IX - Sede Lima de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, por el mérito de la presente Resolución, efectuará la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno descrito en el artículo precedente, en el Registro de Predios del Callao. Regístrese, comuníquese y publíquese.- EDDA YSABEL CARRASCO GAVIÑO Jefe de Adquisiciones y Recuperaciones Superintendencia Nacional de Bienes Estatales 305906-1 ORGANISMOS REGULADORES ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA Precisan empresas distribuidoras integrantes de las Áreas de Demanda 5, 10 y 11 RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERIA OSINERGMIN N° 016-2009-OS/CD Lima, 27 de enero de 2009