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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE FEBRERO DEL AÑO 2009 (05/02/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 108

TEXTO PAGINA: 81

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 5 de febrero de 2009 390315 Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, y Ministerio de Transportes y Comunicaciones, respectivamente, aprueban la relación de procedimientos administrativos a cargo de las Direcciones Regionales Sectoriales, incluyendo su denominación, requisitos máximos a solicitar y plazo máximo de atención de procedimientos; Que, mediante Resolución Ejecutiva Regional N° 885-2007/GOB.REG.PIURA-P del 28 de diciembre del 2007, en aplicación a lo dispuesto en la Ley N° 29060 - Ley del Silencio Administrativo y el Decreto Supremo N° 079-2007-PCM sobre Lineamientos para elaboración y aprobación de TUPA, se establecen disposiciones para el cumplimiento de la Ley del Silencio Administrativo; asimismo se aprueban modifi caciones al Texto Único de Procedimientos Administrativos –TUPA de la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones del Gobierno Regional Piura, aprobado con Ordenanza Regional N° 091-2006/GRP-CR, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano el 18 de febrero del 2006; Que, mediante Resolución Ejecutiva Regional N° 115-2008/GOB.REG.PIURA-P del 25 de febrero del 2008, en aplicación a lo dispuesto en la Ley N° 29060 y el Decreto Supremo N° 079-2007/PCM, se establecen disposiciones para el cumplimiento de la Ley del Silencio Administrativo, y se aprueban modifi caciones al Texto Único de Procedimientos Administrativos –TUPA de la Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo del Gobierno Regional Piura, aprobado con Ordenanza Regional N° 035-2004/GRP-CR, publicada en el Diario Ofi cial “El Peruano” el 08 de mayo del 2004; Que, mediante Resolución Ejecutiva Regional N° 119-2008/GOB.REG.PIURA-P de fecha 25 de febrero del 2008, en aplicación a lo dispuesto en la Ley N° 29060 y el Decreto Supremo N° 079-2007/PCM se establecen disposiciones para el cumplimiento de la Ley del Silencio Administrativo y se aprueban modifi caciones al Texto Único de Procedimientos Administrativos- TUPA de la Dirección Regional de Comercio Exterior y Turismo del Gobierno Regional, aprobado mediante Ordenanza Regional N° 131-2007/GRP-CR publicada en el Diario Ofi cial “El Peruano” el 09 de setiembre del 2007; Que, con Ley N° 29091, que modifi ca el numeral 38.3 de la Ley N° 27444, dispone que cada entidad pública debe publicar su Texto Único de Procedimientos Administrativos en el Portal de Servicios al Ciudadano y empresas – PSCE, creado con Decreto Supremo N° 032-2006-PCM, y en su respectivo portal institucional; asimismo, en aplicación al artículo 4° del Decreto Supremo N° 004-2008-PCM, al día siguiente de su aprobación deberá publicarse en el Diario Ofi cial “El Peruano”, o en el diario encargado de la publicación de los avisos judiciales, de la respectiva circunscripción según corresponda, únicamente los dispositivos legales que aprueban, modifi quen o deroguen dichos documentos, no incluyendo dicha publicación el texto de los documentos; Que, según lo opinado por la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, a través de la Sub Gerencia Regional de Desarrollo Institucional, mediante Informe N° 142-2008/ GRP-410300 de fecha 14 de noviembre del 2008, concluye que se deben aprobar las adecuaciones pertinentes en los TUPA´s mencionados a fi n de dar cumplimiento a lo establecido en el Decreto Supremo N° 079-2007-PCM y a las recomendaciones emitidas a traves de las Hojas Informativas de la Ofi cina Regional de Control Institucional; asimismo, con el Informe N° 2866-2008/GRP-460000 de fecha 27 de noviembre del 2008, la Ofi cina Regional de Asesoría Jurídica recomienda que previo a que sea derivado el proyecto en mención al Consejo Regional para su aprobación, debe existir opinión de la Ofi cina Regional de Administración de conformidad con el artículo 7° del Decreto Supremo N° 079-2007-PCM; es así que mediante Memorándum N° 1722-2008/GRP-480000 la Ofi cina Regional de Administración concluye que dichos procedimientos cumplen con lo normado; Que, estando a lo acordado y aprobado por unanimidad en Sesión Ordinaria Nº 01-2009, realizada el día 21 de enero del 2009, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Piura en uso de sus facultades y atribuciones conferidas por la Constitución Política del Perú, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modifi catorias; Ha dado la Ordenanza siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA LA ADECUACION E INTEGRACION AL TUPA DEL GOBIERNO REGIONAL PIURA DE LOS PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS EMITIDOS POR LOS MINISTERIOS DE TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO, COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO, Y TRANSPORTES Y COMUNICACIONES QUE CORRESPONDEN A LOS TUPA DE LAS DIRECCIONES REGIONALES DE TRABAJO Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO, COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO Y TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Artículo Primero.- Aprobar, la adecuación e integración al Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del Gobierno Regional Piura, de los procedimientos publicados por el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo que corresponden al TUPA de la Dirección Regional Sectorial de Trabajo y Promoción del Empleo adscrita al Gobierno Regional Piura, el mismo que contiene ciento once (111) procedimientos administrativos y relación de formatos de conformidad con los cuadros que se anexan y que forman parte de la presente Ordenanza Regional. Artículo Segundo.- Aprobar, la adecuación e integración al Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del Gobierno Regional Piura, de los procedimientos publicados por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones que corresponden al TUPA de la Dirección Regional Sectorial de Transportes y Comunicaciones el mismo que contiene setenticuatro (74) procedimientos administrativos y doce (12) servicios exclusivos, y un (01) formato de acceso a la información pública, de conformidad con los cuadros que se anexan y que forman parte de la presente Ordenanza Regional. Artículo Tercero.- Aprobar, la adecuación e integración al Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del Gobierno Regional Piura, de los procedimientos publicados por el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo que corresponden al TUPA de la Dirección Regional Sectorial de Comercio Exterior y Turismo adscrita al Gobierno Regional Piura, el mismo que contiene veintiocho (28) procedimientos administrativos y cuatro (04) formatos de conformidad con los cuadros que se anexan y que forman parte de la presente Ordenanza Regional. Artículo Cuarto.- Dejar sin efecto el artículo sexto de la Ordenanza Regional N° 035-2004/GRP-CR que aprobó el TUPA de la Dirección Regional Sectorial de Trabajo y Promoción del Empleo de Piura, la Ordenanza Regional N° 091-2006/GRP-CR que aprobó el TUPA modifi cado de la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones, y el artículo cuarto de la Ordenanza Regional N° 131-2007/ GRP-CR que aprobó el TUPA de la Dirección Regional de Comercio Exterior y Turismo. Artículo Quinto.- Aprobar las tasas por derecho de tramitación de los procedimientos administrativos que contienen los Textos Únicos de Procedimientos Administrativos de las Direcciones Regionales Sectoriales de Trabajo y Promoción del Empleo, Comercio Exterior y Turismo y Transportes y Comunicaciones adscritas al Gobierno Regional Piura, según cuadro anexo que forma parte de la presente Ordenanza Regional. Articulo Sexto.- Encargar a la Gerencia General Regional la publicación de la presente Ordenanza Regional con los Cuadros Anexos en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas - PSCE así como en el Portal Electrónico Institucional del Gobierno Regional Piura, de conformidad al Artículo 4° numerales 3.1. y 3.2. del artículo 3º del D.S. N° 004-2008-PCM. Articulo Séptimo.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial “El Peruano”. Comuníquese al Señor Presidente del Gobierno Regional Piura para su promulgación. En Piura, a los veintiún días del mes de enero del año dos mil nueve. PEDRO ESTRADA SEVERINO Consejero Delegado Consejo Regional