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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 5 de febrero de 2009 390316 POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en Piura, en la Sede del Gobierno Regional Piura, a los veintiséis días del mes de enero del año dos mil nueve. CESAR TRELLES LARA Presidente del Gobierno Regional Piura 308832-1 GOBIERNO REGIONAL DE SAN MARTIN Aprueban Reglamento de Organización y Funciones de la Dirección Regional Agraria - San Martín ORDENANZA REGIONAL Nº 042-2008-GRSM/CR Moyobamba, 23 de diciembre del 2008 POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de San Martín, de conformidad con lo previsto en los artículos 197º y 198º de la Constitución Política del Perú, modifi cado por la Ley Nº 27680, Ley de la Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización; Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización; Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modifi cada por Ley Nº 27902 y Ley Nº 28013, Reglamento Interno del Consejo Regional, y demás normas complementarias; y, CONSIDERANDO: Que, el Artículo 2º de la Ley Nª 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas jurídicas de derechos público, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia, constituye para su administración económica y fi nanciera, un pliego presupuestal; Que, el artículo 1º de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización, establece que la presente Ley regula la estructura y organización del Estado en forma democrática, descentralizada y desconcentrada, correspondiente al Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales. Asimismo defi ne las normas que regula la descentralización administrativa, económica, productiva, fi nanciera, tributaria y fi scal; Que, mediante Ofi cio Nº 1336-2008-GRSM/DRASAM, de fecha 20 de Octubre del 2008, la Dirección Regional Agraria de San Martín, ha remitido su proyecto de Reglamento de Organización y Funciones - ROF a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, para su revisión y aprobación correspondiente; Que, mediante Nota Informativa Nº 053-2008-GRSM/ GRPP-AT/SGR, de fecha 13 de noviembre del 2008, la Sub Gerencia de Racionalización, da su conformidad del citado instrumento de gestión, el mismo que ha sido elaborado teniendo en consideración el Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM, que aprueba los “Lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones - ROF, de las entidades de la Administración Pública” y demás normas señaladas en el Informe Técnico Sustentatorio. El diseño organizacional propuesto es con la fi nalidad de: contribuir al desarrollo sostenido de la actividad agropecuaria y agroindustrial, promover el desarrollo de la organización y gestión empresarial de los productores agrarios y promover el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales y protección del medio ambiente como estrategia para mejorar la calidad de vida de la población en el marco de la regionalización y descentralización del país. Asimismo las funciones consignadas a los órganos de línea son establecidos por Ley, considerando funciones transferidas y por transferir contempladas en el artículo 51º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modifi cada por Ley Nº 27902; Que, el Informe Legal Nº 488-2008-GRSM/ORAL, de fecha 17 de Noviembre del presente año, la Ofi cina Regional de Asesoría Legal, opina favorable la aprobación mediante Ordenanza Regional del Reglamento de Organización y Funciones - ROF de la Dirección Regional Agraria de San Martín; Que, el literal o) del artículo 21º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que es atribución del Presidente Regional promulgar Ordenanzas Regionales o hacer uso de su derecho a observarlas en el plazo de quince (15) días hábiles y ejecutar los acuerdos del Consejo Regional; Que, el artículo 38º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales establece que las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia; Que, de conformidad con las facultades conferidas por la Constitución Política del Estado, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y Reglamento Interno del Consejo Regional. El Consejo Regional de San Martín, en Sesión Extraordinaria desarrollada en el Auditorio del Gobierno Regional de San Martín - Moyobamba, el día martes 16 de diciembre del 2008, y estando a las atribuciones conferidas por el Artículo 28º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, aprobó por unanimidad la siguiente: ORDENANZA REGIONAL Artículo Primero.- DEJAR sin efecto la Ordenanza Regional Nº 007-2007-GRSM/CR, de fecha 29 de marzo del año 2007, el cual aprueba el Reglamento de Organización y Funciones - ROF de la Dirección Regional Agraria - San Martín. Artículo Segundo.- APROBAR Reglamento de Organización y Funciones - ROF de la Dirección Regional Agraria - San Martín, cuyo anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza Regional. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de San Martín para su promulgación. WALTER LINCOLN ROJAS SALAZAR Consejero Delegado Consejo Regional de San Martín POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la Sede Central del Gobierno Regional de San Martín a los veintitrés días del mes de diciembre del 2008. CÉSAR VILLANUEVA ARÉVALO Presidente Regional Gobierno Regional San Martín 308831-1 GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI Ratifican Actas de Acuerdos de Límites Territoriales entre los departamentos de Cusco, Madre de Dios y Ucayali ORDENANZA REGIONAL Nº 025-2008-GRU/CR EL CONSEJO REGIONAL DE UCAYALI POR CUANTO: El Consejo Regional de Ucayali, de conformidad con lo previsto en los Artículos 197º y 198º de la Constitución