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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE FEBRERO DEL AÑO 2009 (05/02/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 108

TEXTO PAGINA: 79

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 5 de febrero de 2009 390313 en fecha 3 de diciembre del 2008, el Informe Legal Nº 344-2008-CONAFU-CJ de fecha 18 de diciembre del 2008, y el Acuerdo Nº 036-2009-CONAFU de la sesión del Pleno del Consejo Nacional para la Autorización de Funcionamiento de Universidades -CONAFU llevada a cabo los días 22 y 23 de enero del 2009; y, CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 26439 se crea el Consejo Nacional para la Autorización de Funcionamiento de Universidades -CONAFU, como órgano autónomo de la Asamblea Nacional de Rectores; teniendo como una de sus atribuciones: Evaluar los proyectos y solicitudes de autorización de funcionamiento de las nuevas universidades a nivel nacional, emitiendo resoluciones autorizando o denegando el funcionamiento provisional; Que, en el artículo 10º inciso k) del Estatuto del CONAFU, aprobado por Resolución Nº 189-2006- CONAFU de fecha 13 de julio del 2006, se establece que: “Son atribuciones del Pleno del CONAFU: … k) Autorizar o Denegar las solicitudes de autorización provisional de funcionamiento de Escuelas de Postgrado, de acuerdo al Decreto Legislativo Nº 882”; Que, mediante Carta S/N recibida en fecha 14 agosto del 2008, el Doctor Javier Ismodes Talavera, en nombre de la Promotora: “SAN FRANCISO XAVIER Centro de Capacitación y Formación Continúa para Graduados SAC”, presenta el Proyecto de Desarrollo Institucional (PDI) del Proyecto de Escuela de Postgrado: “San Francisco Xavier Escuela de Negocios SAC”; solicitando su autorización provisional de funcionamiento, y adjuntando para ello la documentación correspondiente; Que, “el Proyecto de Desarrollo Institucional, consolida los resultados del estudio de los aspectos técnicos, económicos, fi nancieros, administrativos e institucionales con el fi n de instalar, poner en marcha y desarrollar una Universidad o Escuela de Postgrado Particular no perteneciente a Universidades”, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 8º del Reglamento para la Autorización de Funcionamiento de Universidades y Escuelas de Postgrado no pertenecientes a Universidades bajo competencia del CONAFU, aprobado por Resolución Nº 196-2004-CONAFU de fecha 7 de octubre de 2004 (En Adelante el Reglamento); Que, en el Artículo 14º del Reglamento, se establecen los requisitos que comprende el Proyecto de Desarrollo Institucional; y, en el artículo 21º del Reglamento, se establece que: “El procedimiento se inicia con la presentación de la solicitud de Autorización de Funcionamiento ante el Consejo Nacional para la Autorización de Funcionamiento de Universidades (CONAFU), previo pago de la tasa administrativa para la evaluación de admisión a trámite de la solicitud… Si el expediente se encuentra conforme o se han subsanado las observaciones dentro del plazo otorgado, el funcionario responsable de Mesa de Partes, ingresará ofi cialmente el expediente y lo remitirá a la Secretaría General para que remita la parte a) a la Consejería de Evaluación y Asuntos Académicos y la parte b) a la Comisión Jurídica, quienes dispondrán de cinco días calendario para evaluar si los requisitos de admisibilidad se ajustan a las normas del CONAFU. Si los informes son favorables, se iniciará el procedimiento corriendo los plazos y términos establecidos en el presente reglamento; si el informe fuera desfavorable se otorgará a la promotora el plazo de cinco días hábiles para que subsane las defi ciencias de admisibilidad encontradas, en su defecto se expedirá la resolución que declara su inadmisibilidad”; Que, mediante Ofi cio Nº 854-2008-CONAFU-CDAA de fecha 31 de octubre del 2008, el Consejero de Asuntos Académicos, informa que la Promotora del Proyecto de Escuela de Postgrado San Francisco Xavier, ha cumplido con levantar las observaciones de admisibilidad formuladas, y en ese sentido, la Parte “A” del referido PDI se encuentra apta para su admisión a trámite; Que, por Resolución Nº 444-2008-CONAFU de fecha 12 de noviembre del 2008, se resuelve Declarar Inadmisible la solicitud de Autorización de Funcionamiento del Proyecto de Desarrollo Institucional del Proyecto de la Escuela de Postgrado “San Francisco Xavier Escuela de Negocios SAC”, presentada por el señor Javier Ismodes Talavera, en calidad de Promotor de la referida Escuela de Postgrado; concediéndosele el plazo de 5 días hábiles para subsanar la omisiones advertidas en la Parte “B” del PDI, bajo apercibimiento de expedirse resolución de tenerse por no presentada la solicitud de Autorización de Funcionamiento Provisional y archivarse el expediente en forma defi nitiva, en caso de incumplimiento; Que, por Carta S/N recibida en fecha 3 de diciembre del 2008, el Doctor Javier Ismodes Talavera, presenta el levantamiento de observaciones de la Parte “B” de su PDI, conforme a lo ordenado por Resolución Nº 444-2008- CONAFU; Que, por Informe Legal Nº 344-2008-CONAFU-CJ de fecha 16 de diciembre del 2008, la Comisión Jurídica informa al Pleno del CONAFU sobre el Escrito presentado por el Doctor Javier Ismodes Talavera, en calidad de Responsable del Proyecto de la Escuela de Postgrado “San Francisco Xavier Escuela de Negocios SAC”; señalando que la misma, ha cumplido -dentro del plazo otorgado por este Consejo- con subsanar las observaciones advertidas a los requisitos de admisibilidad correspondientes a la Parte “B” del PDI de manera satisfactoria, por lo que opina, que corresponde admitir a trámite la solicitud de autorización de funcionamiento presentada; Que, en el artículo 22º del Reglamento, se establece que: “Con los dictámenes favorables, la Secretaría General solicitará a la Promotora el pago de la tasa administrativa para la evaluación del Proyecto, programando una entrevista de los promotores y miembros de la Comisión Organizadora propuesta con una comisión de Consejeros del Pleno, con la fi nalidad de conocer sobre su hoja de vida documentada, su vinculación con la actividad académica, su identifi cación y compromiso con el Proyecto de Desarrollo Institucional. Luego el expediente será puesto en consideración del Pleno del Consejo para su admisión a trámite”; Que, con fecha 22 de enero del 2009 se ha llevado a cabo la entrevista de los Promotores y Comisión Organizadora propuesta del Proyecto de Escuela de Postgrado: “San Francisco Xavier Escuela de Negocios SAC”, con los miembros del Pleno del CONAFU, en cumplimiento con la norma descrita en el párrafo anterior; Que, en sesión de fecha 22 y 23 de enero del 2009, el Pleno del CONAFU por Acuerdo Nº 036-2009-CONAFU acuerda admitir a trámite el Proyecto de Desarrollo Institucional del Proyecto de Escuela de Postgrado: “San Francisco Xavier Escuela de Negocios SAC”, presentado por el Doctor Javier Ismodes Talavera, en nombre de la Promotora: “SAN FRANCISCO XAVIER Centro de Capacitación y Formación continua para Graduados”; con los siguientes Programas de Postgrado: 1) Maestría en Derecho de la Empresa, 2) Maestría en Administración de Empresas - MBA, 3) Maestría en Gestión Pública y Política, 4) Maestría en Comercio Internacional, 5) Doctorado en Economía y Empresa; Por estas consideraciones, SE RESUELVE: Artículo Primero.- ADMITIR A TRÁMITE el Proyecto de Desarrollo Institucional del Proyecto de Escuela de Postgrado: “San Francisco Xavier Escuela de Negocios SAC”, presentado por el Doctor Javier Ismodes Talavera, en nombre de la Promotora: “SAN FRANCISCO XAVIER Centro de Capacitación y Formación continua para Graduados”; con los siguientes Programas de Postgrado: 1) Maestría en Derecho de la Empresa, 2) Maestría en Administración de Empresas - MBA, 3) Maestría en Gestión Pública y Política, 4) Maestría en Comercio Internacional, 5) Doctorado en Economía y Empresa. Artículo Segundo.- PROSÍGASE con el trámite de la solicitud de Aprobación del Proyecto de Desarrollo Institucional del Proyecto de Escuela de Postgrado: “San Francisco Xavier Escuela de Negocios SAC”, bajo el Régimen Legal del Decreto Legislativo Nº 882, y de conformidad con toda la normatividad vigente del CONAFU. Artículo Tercero.- REQUERIR a la Promotora del Proyecto de Escuela de Postgrado “San Francisco Xavier Escuela de Negocios SAC”, para que CUMPLA con acreditar el pago por concepto de “Evaluación para