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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE MARZO DEL AÑO 2009 (20/03/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 112

TEXTO PAGINA: 76

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 20 de marzo de 2009 392754 en los actos administrativos pueden ser rectifi cados con efecto retroactivo, en cualquier momento, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decisión; razón por la cual procede efectuar la corrección correspondiente de manera tal que, en el primer párrafo del Artículo 2º de la Resolución, se deje claro que la aprobación del Programa Trimestral de Transferencias por Mecanismo de Compensación es el correspondiente al período febrero 2009 – abril 2009; lo cual será coincidente con lo señalado en el Informe Técnico OSINERGMIN Nº 0060-2009-GART que la motiva. Que, se ha emitido el Informe Legal Nº 0098-2009- GART, el mismo que complementa la motivación que sustenta la decisión de OSINERGMIN, cumpliendo de esta manera con el requisito de validez de los actos administrativos a que se refi ere el Artículo 3º, numeral 4 de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores, en el Reglamento General del OSINERGMIN aprobado por Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM y en lo dispuesto en la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Rectifíquese el error material contenido en el primer párrafo del Artículo 2º de la Resolución OSINERGMIN Nº 017-2009-OS/CD, en los términos que se indican a continuación: “Aprobar el Programa Trimestral de Transferencias por Mecanismo de Compensación correspondiente al período febrero 2009 – abril 2009 (en Nuevos Soles), a que se refi ere el Artículo 29º de la Ley Nº 28832 y el Artículo 3.3º del Reglamento del Mecanismo de Compensación entre los Usuarios Regulados del SEIN, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 019-2007-EM.” Artículo 2º.- Lo dispuesto por el Artículo 1º de la presente Resolución será aplicable desde la entrada en vigencia de la Resolución OSINERGMIN Nº 017-2009-OS/ CD. Artículo 3º.- La presente Resolución deberá ser publicada en el Diario Ofi cial El Peruano y consignada, en la página Web de OSINERGMIN: www.osinerg.gob.pe. ALFREDO DAMMERT LIRA Presidente del Consejo Directivo 326290-1 Aprueban Bases Integradas para la Primera Convocatoria a Licitación de Suministros de Energía Eléctrica para la Empresa Concesionaria de Distribución Edelnor S.A.A. RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN Nº 042-2009-OS/CD Lima, 19 de marzo de 2009 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución OSINERGMIN Nº 029- 2009-OS/CD, publicada con fecha 14 de febrero de 2009, se aprobaron las Bases para la Primera Convocatoria a Licitación de Suministros de Energía Eléctrica para la Empresa Concesionaria de Distribución Edelnor S.A.A. (en adelante “EDELNOR”); Que, con fecha 18 de febrero de 2009, la empresa licitante publicó la convocatoria a Licitación Pública a fi n de que los interesados presenten sus ofertas para suministrar potencia y energía asociada destinadas al mercado regulado, según la demanda máxima que se publica en dicha convocatoria; Que, de acuerdo con el Calendario del Proceso publicado en la convocatoria, se pusieron en venta las referidas Bases, siendo el plazo máximo para la remisión de consultas sobre las mismas el 26 de febrero de 2009; Que, mediante la carta GRyGE-063-2009, EDELNOR remitió a OSINERGMIN, para su aprobación, su propuesta de Bases Integradas señalando que, dentro del plazo establecido en el calendario del proceso, se han recibido consultas del postor Kallpa Generación S.A., las cuales fueron respondidas mediante documento, que adjunta a su comunicación. Asimismo, adjunta el software a ser utilizado durante la etapa de adjudicación; Que, al respecto, del análisis de los documentos recibidos, se ha verifi cado que las modifi caciones efectuadas por EDELNOR y por OSINERGMIN a las Bases de Licitación, se encuentran dentro del marco de cumplimiento de lo establecido en la norma “Lineamientos Generales y Modelo de Contrato para las Bases de Licitación de Suministros de Energía Eléctrica para las Empresas Concesionarias de Distribución Eléctrica”, aprobada mediante Resolución OSINERGMIN Nº 101-2007-OS/CD; Que, de lo señalado, se puede verifi car que el procedimiento previo para la aprobación de las Bases Integradas ha discurrido con normalidad, dentro de lo previsto en la citada norma y en las Bases del proceso, correspondiendo como siguiente fase, la aprobación por parte de OSINERGMIN de las Bases Integradas para la Primera Convocatoria a Licitación de Suministros de Energía Eléctrica para EDELNOR; Que, se han emitido el Informe Nº 0099-2009-GART de la División de Generación y Transmisión Eléctrica y el Informe Nº 0100-2009-GART de la Asesoría Legal de la Gerencia Adjunta de Regulación Tarifaria, los mismos que complementan la motivación que sustenta la decisión de OSINERGMIN, cumpliendo de esta manera con el requisito de validez de los actos administrativos a que se refi ere el Artículo 3º, numeral 4 de la Ley del Procedimiento Administrativo General; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos; en el Reglamento General de OSINERGMIN, aprobado por Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM; en la Ley Nº 28832 y sus normas complementarias; en el Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas y en su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM; en la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; y en la norma “Lineamientos Generales y Modelo de Contrato para las Bases de Licitación de Suministros de Energía Eléctrica para las Empresas Concesionarias de Distribución Eléctrica” (Aplicables a las licitaciones cuya primera y siguientes convocatorias se efectúen hasta el 24 de julio de 2009 en el marco de la Cuarta Disposición Complementaria Transitoria de la Ley Nº 28832). SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar las Bases Integradas para la Primera Convocatoria a Licitación de Suministros de Energía Eléctrica para la Empresa Concesionaria de Distribución Edelnor S.A.A.; las mismas que como Anexo forman parte Integrante de la presente Resolución. Artículo 2º.- La presente Resolución deberá ser publicada en el Diario Ofi cial El Peruano y consignada, conjuntamente con su Anexo, en la página Web de OSINERGMIN: www.osinerg.gob.pe. ALFREDO DAMMERT LIRA Presidente del Consejo Directivo 326289-1 ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION PRIVADA EN TELECOMUNICACIONES Ratifican designación de fedatarios de OSIPTEL RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 011-2009-CD/OSIPTEL Lima, 12 de marzo de 2009