Norma Legal Oficial del día 20 de marzo del año 2009 (20/03/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 87

El Peruano MORDAZA, viernes 20 de marzo de 2009

NORMAS LEGALES

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RESOLUCION DE LA FISCALIA DE LA NACION Nº 347-2009-MP-FN
MORDAZA, 18 de marzo de 2009 VISTOS : El Informe Nº 001-2009-MP-FN-ETI-NCPP/ST de la Secretaria Tecnica del Equipo Tecnico Institucional de Implementacion del MORDAZA Codigo Procesal Penal, de fecha 04 de marzo de 2009, relacionado con la conversion de la actual estructura organizacional fiscal del Distrito Judicial de MORDAZA, en Fiscalias Superiores de Liquidacion y Apelaciones y Fiscalias Provinciales Penales Corporativas, las mismas que conoceran los procesos en estado de liquidacion y adecuacion de los casos iniciados con el Codigo de Procedimientos Penales y los procesos que se iniciaran con el Codigo Procesal Penal a partir del 01 de MORDAZA del presente ano, contando con la aprobacion del Presidente de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Judicial de Piura. CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 957 se aprobo el Codigo Procesal Penal, el cual establece en su Primera Disposicion Final de las Disposiciones Complementarias, que este entrara en vigencia progresivamente en los diferentes distritos judiciales segun el Calendario Oficial; Que, el Decreto Legislativo Nº 958, en los articulos 16º, 17º y 18º regula el MORDAZA de implementacion y transitoriedad de la mencionada MORDAZA procesal; modificado por la Ley Nº 28994 en el articulo 18º referente a la adecuacion de denuncias y liquidacion de procesos en etapa de investigacion. Que, por Decreto Supremo Nº 007-2006-JUS, se aprobo la actualizacion del Calendario Oficial de Aplicacion Progresiva del Codigo Procesal Penal; Que, por Decreto Supremo Nº 005-2007-JUS, se modifico el Calendario Oficial de Aplicacion Progresiva del Codigo Procesal Penal, especificando en dicha MORDAZA que la implementacion del mencionado codigo, entrara en vigencia en el Distrito Judicial de MORDAZA el 01 de MORDAZA de 2009; por lo que se hace necesario convertir y delimitar las competencias de los despachos fiscales a la nueva estructura aprobada mediante Acuerdo Nº 457 de la Junta de Fiscales Supremos, de fecha 04 de noviembre de 2004, en el MORDAZA del Decreto Legislativo Nº 958. Que, por Resolucion Nº 021-2009-MP-FN-JFS, de fecha 11 de marzo de 2009, segun Acuerdo Nº 1458 de Junta de Fiscales Supremos, se crearon fiscalias provinciales para implementar en el Distrito Judicial de MORDAZA ante la entrada en vigencia del MORDAZA Codigo Procesal Penal. Que, de conformidad con lo expuesto y lo dispuesto por el Articulo 64º del Decreto Legislativo Nº 052 ­ Ley Organica del Ministerio Publico; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Convertir los Despachos de las Fiscalias Superiores Mixtas de MORDAZA del Distrito Judicial de MORDAZA, en la forma que a continuacion se detalla: · La Primera y MORDAZA Fiscalia Superior Mixta de MORDAZA, en Primera y MORDAZA Fiscalia Superior Penal de MORDAZA, respectivamente, que conoceran las apelaciones y recursos de queja de los casos en liquidacion. · La Tercera y Cuarta Fiscalia Superior Mixta de MORDAZA, en Tercera y Cuarta Superior Penal de MORDAZA, respectivamente, que conoceran las apelaciones y recursos en queja de los casos que se inicien con el MORDAZA Codigo Procesal Penal. · Convertir la MORDAZA Superior Mixta, en Fiscalia Superior Mixta de MORDAZA que conocera las causas en materia civil y de familia. Articulo Segundo.- Convertir los Despachos de las Fiscalias Provinciales Penales de MORDAZA del Distrito Judicial de MORDAZA, en la forma que a continuacion se detalla: · La Primera, MORDAZA, Tercera y Cuarta Fiscalia Provincial Penal de MORDAZA, en Primera Fiscalia Provincial Penal Corporativa de MORDAZA, que conocera los procesos en liquidacion, hasta su culminacion, en cuyo caso pasara a conocer las causas que se tramitan conforme al MORDAZA Codigo Procesal Penal.

· La MORDAZA, Sexta, Setima y Octava Fiscalia Provincial Penal de MORDAZA, en MORDAZA Fiscalia Provincial Penal Corporativa de MORDAZA, que conocera los casos que se inician con el MORDAZA Codigo Procesal Penal. Articulo Tercero.- La Tercera Fiscalia Provincial Penal Corporativa de MORDAZA del Distrito Judicial de MORDAZA, conocera los casos que se inician con el MORDAZA Codigo Procesal Penal. Articulo Cuarto.- Convertir la Primera Fiscalia Provincial Mixta de MORDAZA del Distrito Judicial de MORDAZA, en Primera Fiscalia Provincial Penal Corporativa de MORDAZA, que conocera los procesos en liquidacion, hasta su culminacion, en cuyo caso pasara a conocer las causas que se tramitan conforme al MORDAZA Codigo Procesal Penal. Articulo Quinto.- Convertir la MORDAZA Fiscalia Provincial Mixta de MORDAZA del Distrito Judicial de MORDAZA, en Fiscalia Provincial Mixta de MORDAZA, que conocera las causas en materia civil y de familia. Articulo Sexto.- La MORDAZA Fiscalia Provincial Penal Corporativa de MORDAZA del Distrito Judicial de MORDAZA, conocera los casos que se inician con el MORDAZA Codigo Procesal Penal. Articulo Setimo.- Convertir la Fiscalia Provincial Mixta del Modulo Basico de Justicia de Catacaos del Distrito Judicial de MORDAZA, en Fiscalia Provincial Civil y de Familia de Catacaos, que conocera las causas en materia civil y de familia. Articulo Octavo.- La Primera Fiscalia Provincial Penal Corporativa de Catacaos del Distrito Judicial de MORDAZA, conocera los procesos de liquidacion y la MORDAZA Fiscalia Provincial Penal Corporativa de Catacaos del Distrito Judicial de MORDAZA, los procesos que se iniciaran con el MORDAZA Codigo Procesal Penal. Articulo Noveno.- Convertir la Fiscalia Provincial Mixta del Modulo Basico de Tambo Grande del Distrito Judicial de MORDAZA, en Fiscalia Provincial Mixta de Tambo Grande, que conocera las causas en materia civil y de familia. Articulo Decimo.- La Primera Fiscalia Provincial Penal Corporativa de Tambo Grande del Distrito Judicial de MORDAZA, conocera los procesos de liquidacion y la MORDAZA Fiscalia Provincial Penal Corporativa de Tambo Grande del Distrito Judicial de MORDAZA, los procesos que se iniciaran con el MORDAZA Codigo Procesal Penal. Articulo Decimo Primero.- La Fiscalia Provincial Mixta de Paita del Distrito Judicial de MORDAZA, conocera las causas en materia civil y de familia. Articulo Decimo Segundo.- La Primera Fiscalia Provincial Penal Corporativa de Paita del Distrito Judicial de MORDAZA, conocera los procesos de liquidacion y la MORDAZA Fiscalia Provincial Penal Corporativa de Paita del Distrito Judicial de MORDAZA, los procesos que se iniciaran con el MORDAZA Codigo Procesal Penal. Articulo Decimo Tercero.- La Fiscalia Provincial Mixta de Sechura del Distrito Judicial de MORDAZA, conocera las causas en materia civil y de familia. Articulo Decimo Cuarto.- La Primera Fiscalia Provincial Penal Corporativa de Sechura del Distrito Judicial de MORDAZA, conocera los procesos de liquidacion y la MORDAZA Fiscalia Provincial Penal Corporativa de Sechura del Distrito Judicial de MORDAZA, los procesos que se iniciaran con el MORDAZA Codigo Procesal Penal. Articulo Decimo Quinto.- La Fiscalia Provincial Mixta Corporativa de Talara-Mancora, con sede en Mancora, de la Provincia de Talara, del Distrito Judicial de MORDAZA, conocera los procesos que se iniciaran con el MORDAZA Codigo Procesal Penal y las causas en materia civil y de familia. Articulo Decimo Sexto.- Convertir los Despachos de las Fiscalias Provinciales Mixtas de Talara del Distrito Judicial de MORDAZA, en la forma que a continuacion se detalla: · La Primera y MORDAZA Fiscalia Provincial Mixta de Talara, en Primera Fiscalia Provincial Penal Corporativa de Talara, que conocera los procesos en liquidacion, hasta su culminacion, en cuyo caso pasara a conocer las causas que se tramitan conforme al MORDAZA Codigo Procesal Penal. · La Tercera Fiscalia Provincial Mixta de Talara, en Fiscalia Provincial Mixta de Talara, que conocera las causas en materia civil y de familia. Articulo Decimo Setimo.- La MORDAZA Fiscalia Provincial Penal Corporativa de Talara del Distrito Judicial de MORDAZA, conocera los casos que se inician con el MORDAZA Codigo Procesal Penal.

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