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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE MARZO DEL AÑO 2009 (20/03/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 112

TEXTO PAGINA: 79

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 20 de marzo de 2009 392757 Visto el Ofi cio Nº 0073-2009-AG-DGIA/0031-DE, de la Dirección General de Información Agraria del Ministerio de Agricultura, solicitando autorización para la ejecución de la “Encuesta Diaria de Comercialización de Aves Vivas en Centros de Acopio de Lima Metropolitana”. CONSIDERANDO: Que, conforme al Decreto Legislativo Nº 604 “Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática”, el INEI es el ente rector del Sistema Nacional de Estadística y tiene entre sus funciones: normar, supervisar y evaluar los métodos, procedimientos y técnicas estadísticas, utilizadas por los órganos del Sistema para la producción de las Estadísticas Ofi ciales del país; Que, la Ofi cina de Estudios Económicos y Estadísticos del Ministerio de Agricultura, requiere ejecutar la Encuesta Diaria de Comercialización de Aves Vivas en Centros de Acopio de Lima Metropolitana durante el año 2009, con el propósito de obtener información y mantener actualizado las estadísticas del volumen, peso y precios de aves vivas en los centros de acopio y comercialización, así como conocer la oferta y demanda de aves vivas en los referidos centros de acopio de Lima Metropolitana; Que, resulta necesario autorizar la ejecución de la mencionada Encuesta, la misma que se realizará a nivel de Lima Metropolitana, así como aprobar el formulario correspondiente; De conformidad con lo dispuesto en los artículos 81º y 83º del Decreto Supremo Nº 043-2001-PCM, Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática; Con la opinión técnica de la Dirección Nacional de Censos y Encuestas y la visación de la Sub - Jefatura de Estadística y de la Ofi cina Técnica de Asesoría Jurídica; En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 6º del Decreto Legislativo Nº 604; “Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática”. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar la ejecución de la “Encuesta Diaria de Comercialización de Aves Vivas en Centros de Acopio de Lima Metropolitana” durante el año 2009, la que será ejecutada por la Ofi cina de Estudios Económicos y Estadísticos del Ministerio de Agricultura (MINAG), y está dirigida a todos los Centros de Acopio y Comercialización de Aves Vivas a nivel de Lima Metropolitana, con personería natural o jurídica que desarrollan actividades productivas y de comercialización. Artículo 2º.- Aprobar el formulario correspondiente, que forma parte integrante de la presente Resolución. La información será recabada diariamente entre las 04:00 a 10:00 horas del día Encuestado incluyendo sábados, domingos y feriados. Artículo 3º.- La Encuesta será ejecutada mediante entrevista directa a las personas autorizadas por la Gerencia o Administración de las unidades de investigación a las que se refi ere el artículo 1º de la presente Resolución, los que brindarán las facilidades a los Encuestadores encargados del diligenciamiento de los formularios, quienes estarán debidamente acreditados por la Ofi cina de Estudios Económicos y Estadísticos del Ministerio de Agricultura (MINAG). Artículo 4º.- Las personas naturales o jurídicas a que se refi ere el artículo 1º de la presente Resolución, que se negaren a brindar información y/o suministren datos falsos, serán multadas conforme a lo dispuesto por los Arts. 87º, 89º y 91º del D.S. Nº 043-200-PCM. Regístrese y comuníquese. RENÁN QUISPE LLANOS Jefe 326268-1 Autorizan ejecución de la “Encuesta de Precios Diarios en los Mercados Mayoristas y Minoristas durante el año 2009” RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 059-2009-INEI Lima, 23 de febrero del 2009 Visto el Ofi cio Nº 0074-2009-AG-DGIA-0032-DE, de la Dirección General de Información Agraria del Ministerio de Agricultura, solicitando autorización para la ejecución de la “Encuesta de Precios Diarios en los Mercados Mayoristas y Minoristas en ciudades capitales de Departamento para el año 2009”. CONSIDERANDO: Que, conforme al Decreto Legislativo Nº 604 “Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática”, el INEI es el ente rector del Sistema Nacional de Estadística y tiene entre sus funciones: normar, supervisar y evaluar los métodos, procedimientos y técnicas estadísticas, utilizadas por los órganos del Sistema para la producción de las estadísticas ofi ciales del país; Que, la Ofi cina de Estudios Económicos y Estadísticos del Ministerio de Agricultura, con el propósito de elaborar índices que le permitan realizar el monitoreo de las variaciones de los precios, en la actividad del comercio de productos agropecuarios y agroindustriales, requiere ejecutar diariamente una encuesta por muestreo de precios a comerciantes mayoristas y minoristas, durante el año 2009; Que, resulta necesario autorizar la ejecución de la mencionada Encuesta, a nivel de Lima Metropolitana y principales ciudades del país, la cual estará dirigida a comerciantes mayoristas y minoristas que comercializan productos agroalimentarios, así como aprobar el formulario correspondiente; De conformidad con lo dispuesto en los artículos 81º y 83º del Decreto Supremo Nº 043-2001-PCM, Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática; Con la opinión técnica de la Dirección Nacional de Censos y Encuestas y la visación de la Sub Jefatura de Estadística y de la Ofi cina Técnica de Asesoría Jurídica; y, En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 6º del Decreto Legislativo Nº 604; “Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática”. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar la ejecución de la “Encuesta de Precios Diarios en los Mercados Mayoristas y Minoristas durante el año 2009”, a nivel nacional, que será ejecutada por la Ofi cina de Estudios Económicos y Estadísticos del Ministerio de Agricultura (MINAG) y está dirigida a los comerciantes de los mercados mayoristas y minoristas que desarrollan el comercio al por mayor y por menor de productos alimenticios perecibles y no perecibles, en las ciudades que constituyan capitales de Departamento. Artículo 2º.- Aprobar el formulario correspondiente de la referida Encuesta, que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 3º.- La Encuesta se realizará en los meses de enero a diciembre del 2009 y será ejecutada, mediante entrevista directa a los Comerciantes Mayoristas y Minoristas, por personal debidamente identifi cado: En Lima, por la Ofi cina de Estudios Económicos y Estadísticos del MINAG y en el resto del país, por personal de la Dirección de Información Agraria de las Direcciones Regionales de Agricultura. Artículo 4º.- Las personas naturales o jurídicas a que se refi ere el artículo 1º de la presente Resolución, que se negaren a brindar información y/o suministren datos falsos, serán multadas conforme a lo dispuesto por los Arts. 87º, 89º y 91º del D.S. Nº 043-2001-PCM. Regístrese y comuníquese. RENÁN QUISPE LLANOS Jefe 326269-1 Autorizan la ejecución de la “Encuesta de Precios Mayoristas de Carne Faenada en Lima Metropolitana” durante el año 2009 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 060-2009-INEI Lima, 23 de febrero del 2009