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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE MARZO DEL AÑO 2009 (20/03/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 112

TEXTO PAGINA: 90

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 20 de marzo de 2009 392768 Designan Fiscal Superior Coordinador de las Fiscalías Provinciales Penales Corporativas y Mixtas del Distrito Judicial de Lambayeque RESOLUCIÓN DE LA FISCALIA DE LA NACIÓN Nº 355-2009-MP-FN Lima, 19 de marzo de 2009 VISTO y CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 957 se aprobó el Código Procesal Penal, el cual establece en su Primera Disposición Final de las Disposiciones Complementarias, que éste entrará en vigencia progresivamente en los diferentes distritos judiciales según el Calendario Ofi cial; Que, el Decreto Legislativo Nº 958, en los artículos 16º, 17º y 18º regula el proceso de implementación y transitoriedad de la mencionada norma procesal; modifi cado por la Ley Nº 28994 en el Artículo 18º referente a la adecuación de denuncias y liquidación de procesos en etapa de investigación. Que, por Decreto Supremo Nº 007-2006-JUS, se aprobó la actualización del Calendario Ofi cial de Aplicación Progresiva del Código Procesal Penal; Que, por Decreto Supremo Nº 005-2007-JUS, se modifi có el Calendario Ofi cial de Aplicación Progresiva del Código Procesal Penal, especifi cando en dicha norma que la implementación del mencionado código, entrará en vigencia en el Distrito Judicial de Lambayeque el 01 de abril de 2009; Que, mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 242-2007-MP-FN, de fecha 20 de febrero de 2007, se aprobó el Reglamento de Funciones de los Fiscales Coordinadores del Código Procesal Penal. Que, por Resolución Nº 021-2009-MP-FN-JFS, de fecha 11 de marzo de 2009, según Acuerdo Nº 1458 de Junta de Fiscales Supremos, se crearon fi scalías provinciales para implementar el nuevo Código Procesal Penal en el Distrito Judicial de Lambayeque. Que, por Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 348- 2009-MP-FN, de fecha 18 de marzo de 2009, se convierten y delimitan competencias en despachos fi scales del Distrito Judicial de Lambayeque. Que, el nuevo diseño de organización fi scal, refl ejado en Fiscalías Corporativas, aprobado mediante Acuerdo Nº 457 de la Junta de Fiscales Supremos, de fecha 04 de noviembre de 2004, en el marco del Decreto Legislativo Nº 958, requiere de fi scales Coordinadores que aseguren el proceso de implementación del Nuevo Código Procesal Penal y la conducción adecuada de la gestión fi scal en el mencionado modelo. De conformidad con lo expuesto y lo dispuesto por el Artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052 – Ley Orgánica del Ministerio Público; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Designar al Doctor Alejandro Lamadrid Ubillús, Fiscal Superior Titular de la Segunda Fiscalía Superior Penal de Lambayeque, como Fiscal Superior Coordinador de las Fiscalías Provinciales Penales Corporativas y Mixtas del Distrito Judicial de Lambayeque. Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, al Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la República, Ministra de Justicia, Presidente del Consejo Nacional de la Magistratura, Presidente de la Comisión Distrital de Implementación del Distrito Judicial de Lambayeque, Presidenta de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Judicial de Lambayeque, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano y a la Ofi cina de Registro y Evaluación de Fiscales. Regístrese, comuníquese y publíquese. GLADYS MARGOT ECHAIZ RAMOS Fiscal de la Nación 326287-1 SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Autorizan a La Positiva Vida Seguros y Reaseguros el cierre de oficina especial ubicada en la Provincia Constitucional del Callao RESOLUCIÓN SBS Nº 1417-2009 San Isidro, 27 de febrero de 2009 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE SEGUROS VISTA: La solicitud presentada por LA POSITIVA VIDA SEGUROS Y REASEGUROS, para que se autorice el cierre de su Ofi cina Especial, de uso compartido con LA POSITIVA SEGUROS Y REASEGUROS, ubicada en Módulo 7G-265, Av. Argentina Nº 3093, Local 65, Galería 2, Pabellón 7, de la Ciudad Comercial Minka, en la Provincia Constitucional del Callao y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución SBS N° 775-2007 de fecha 14 de junio de 2007, se autorizó la apertura de la citada Ofi cina Especial a La Positiva Vida Seguros y Reaseguros; Que, mediante Resolución SBS N° 1245-2008 de fecha 24 de abril de 2008, se resolvió autorizar a La Positiva Vida Seguros y Reaseguros compartir tres ofi cinas especiales con La Positiva Seguros y Reaseguros, siendo una de ellas la descrita en el párrafo anterior; Que, la citada empresa ha cumplido con presentar la documentación pertinente que sustenta el pedido formulado; Estando conforme a lo informado por el Departamento de Análisis y Supervisión del Sistema de Seguros “A”, mediante Informe N° 029-2009-ASSSA; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 32º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702 y sus modifi catorias, la Resolución SBS N° 775-2008; y, en virtud de la facultad delegada por Resolución SBS Nº 1096-2005 del 25 de julio de 2005; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar a LA POSITIVA VIDA SEGUROS Y REASEGUROS, el cierre de su Ofi cina Especial ubicada en Módulo 7G-265, Av. Argentina Nº 3093, Local 65, Galería 2, Pabellón 7, de la Ciudad Comercial Minka, en la Provincia Constitucional del Callao, actualmente de uso compartido con LA POSITIVA SEGUROS Y REASEGUROS. Artículo Segundo.- La presente Resolución deberá ser notifi cada a través de Secretaría General a La Positiva Vida Seguros y Reaseguros y a La Positiva Seguros y Reaseguros. Artículo Tercero.- Lo dispuesto en la presente Resolución entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano, quedando sin efecto a partir de dicha fecha la Resolución Nº 775-2007 y la Resolución Nº 1245-2008. Regístrese, comuníquese y publíquese. ARMANDO CÁCERES VALDERRAMA Superintendente Adjunto de Seguros 324990-1