TEXTO PAGINA: 82
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 20 de marzo de 2009 392760 SE RESUELVE: Artículo Primero.- Disponer la publicación de los proveedores, participantes, postores y contratistas sancionados por el Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado durante el mes de febrero de 2009: 1. AUGUSTO CRISANTO GIRÓN Inhabilitación por siete (7) meses en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por dar lugar a la resolución del contrato, causal tipifi cada en el numeral b) del artículo 30° del Reglamento de la Ley del Programa Nacional Complementario de Asistencia Alimentaria, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2004-MINDES, según Resolución Nº 3178-2008-TC-S3 de 31.10.2008, sanción que entrará en vigencia a partir del cuarto día hábil siguiente de notifi cada la indicada resolución. 2. MPR CATERING S.A.C. Inhabilitación por diez (10) meses en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, haber presentado documentos falsos o inexactos, causal tipifi cada en el numeral 9) del artículo 294° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, según Resolución Nº 090-2009-TC-S3 de 14.01.2009, sanción que entrará en vigencia a partir del cuarto día hábil siguiente de notifi cada la indicada resolución. 3. HIDRÁULICA Y OCEANOGRAFÍA INGENIEROS CONSULTORES S.A. Mediante Resolución N° 433-2009- TC-S3 de 12.02.2009, se declaró infundado el recurso de reconsideración presentado por la indicada empresa contra la Resolución N° 156-2009-TC-S3 de 20.01.2009, que le sanciona con diez (10) meses de inhabilitación en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por haber presentado documentos falsos o inexactos, causal tipifi cada en el numeral 9) del artículo 294° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM. 4. COMPAÑÍA PERUANA DE ESTUDIOS DE MERCADOS Y OPINIÓN PÚBLICA S.A.C. Mediante Resolución N° 434-2009-TC-S3 de 12.02.2009, se declaró infundado el recurso de reconsideración presentado por la indicada empresa contra la Resolución N° 169-2009-TC-S3 de 21.01.2009, que le sanciona con dieciséis (16) meses de inhabilitación en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por no haber suscrito injustifi cadamente el contrato, causal tipifi cada en el numeral 1) del artículo 294° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM. 5. NISIDA VILLANUEVA PEÑA Inhabilitación por diez (10) meses en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, haber presentado documentos falsos o inexactos, causal tipifi cada en el numeral 9) del artículo 294° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, según Resolución Nº 438-2009-TC-S3 de 12.02.2009, sanción que entrará en vigencia a partir del cuarto día hábil siguiente de notifi cada la indicada resolución. 6. LUIS CHAMPI YANQUI Mediante Resolución N° 464- 2009-TC-S3 de 13.02.2009, se declaró improcedente el recurso de reconsideración presentado por la indicada persona contra la Resolución N° 197-2009-TC-S3 de 22.01.2009, que le sanciona con diez (10) meses de inhabilitación en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por haber presentado documentos falsos o inexactos, causal tipifi cada en el numeral 9) del artículo 294° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM. 7. REAL SERVICE S.A.C. Mediante Resolución N° 465- 2009-TC-S3 de 13.02.2009, se declaró infundado el recurso de reconsideración presentado por la indicada empresa contra la Resolución N° 200-2009-TC-S3 de 22.01.2009, que le sanciona con diez (10) meses de inhabilitación en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por haber presentado documentos falsos o inexactos, causal tipifi cada en el numeral 9) del artículo 294° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM. 8. DECOSER PUBLICITARIOS S.A.C. Mediante Resolución N° 466-2009-TC-S3 de 13.02.2009, se declaró infundado el recurso de reconsideración presentado por la indicada empresa contra la Resolución N° 198-2009-TC- S3 de 22.01.2009, que le sanciona con ocho (8) meses de inhabilitación en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por haber presentado documentos falsos o inexactos, causal tipifi cada en el numeral 9) del artículo 294° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM. 9. MANTINI S.R.L. Mediante Resolución N° 475- 2009-TC-S3 de 16.02.2009, se declaró fundado en parte el recurso de reconsideración presentado por la indicada empresa contra la Resolución N° 154-2009-TC-S3 de 20.01.2009, reformando el período de sanción de quince (15) a ocho (8) meses de inhabilitación en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por no haber suscrito injustifi cadamente el contrato, causal tipifi cada en el numeral 1) del artículo 294° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004- PCM. 10. DISTB E IMPORT RPTOS SAN M DE PORRES S.A. (DIRSAM S.A.) Mediante Resolución N° 476-2009-TC- S3 de 16.02.2009, se declaró fundado en parte el recurso de reconsideración presentado por la indicada empresa contra la Resolución N° 192-2009-TC-S3 de 22.01.2009, reformando el período de sanción de nueve (9) a seis (6) meses de inhabilitación en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por haber presentado documentos falsos o inexactos, causal tipifi cada en el numeral 9) del artículo 294° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM. 11. EDIFICACIONES DE LA COSTA S.A. Mediante Resolución N° 494-2009-TC-S3 de 17.02.2009, se declaró fundado en parte el recurso de reconsideración presentado por la indicada empresa contra la Resolución N° 173-2009- TC-S3 de 21.01.2009, reformando el período de sanción de diecisiete (17) a trece (13) meses de inhabilitación en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por el incumplimiento injustifi cado de sus obligaciones derivadas del contrato dando lugar a su resolución, causal tipifi cada en el literal b) del artículo 205° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM. 12. SEGISMUNDO ALVARADO CALLE (propietario de gasolinera ALVARADO) Mediante Resolución N° 495- 2009-TC-S3 de 17.02.2009, se declaró infundado el recurso de reconsideración presentado por la indicada persona contra la Resolución N° 216-2009-TC-S3 de 23.01.2009, que le sanciona con seis (6) meses de inhabilitación en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por haber presentado documentos falsos o inexactos, causal tipifi cada en el numeral 9) del artículo 294° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM. 13. J.P.C. INGENIEROS E.I.R.L. Inhabilitación por ocho (8) meses en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por haber presentado documentos falsos o información inexacta durante su trámite de inscripción como ejecutor de obras ante el Registro Nacional de Proveedores, causal tipifi cada en el numeral 10) del artículo 294° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, según Resolución Nº 496-2009-TC-S3 de 17.02.2009, sanción que entrará en vigencia a partir del cuarto día hábil siguiente de publicada la indicada resolución. 14. MAGA CONTRATISTAS GENERALES S.R.L. Inhabilitación por diez (10) meses en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por haber presentado documentos falsos o información inexacta durante su trámite de inscripción como ejecutor de obras ante el Registro Nacional de Proveedores, causal tipifi cada en el numeral 10) del artículo 294° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, según Resolución Nº 498-2009-TC-S3 de 17.02.2009, sanción que entrará en vigencia a partir del cuarto día hábil siguiente de publicada la indicada resolución. 15. ACUÑA Y PERALTA S.A. Mediante Resolución N° 511-2009-TC-S3 de 18.02.2009, se declaró fundado en parte el recurso de reconsideración presentado por