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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE MARZO DEL AÑO 2009 (20/03/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 112

TEXTO PAGINA: 92

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 20 de marzo de 2009 392770 De conformidad con lo dispuesto por el artículo 32º de la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, y la Resolución SBS Nº 775-2008; y, en uso de la facultad delegada mediante Resolución SBS Nº 1096-2005; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar al Banco Interamericano de Finanzas el traslado y conversión de una Ofi cina Especial ubicada en el Centro Comercial Cayma, tercer piso, esquina de la Av. Del Ejército y la Av. Cayma, ofi cina “M”, distrito de Cayma, provincia y departamento de Arequipa; en Agencia ubicada en Av. Cayma, Nº 610, distrito de Cayma, provincia y departamento de Arequipa. Regístrese, comuníquese y publíquese. DIEGO CISNEROS SALAS Superintendente Adjunto de Banca y Microfi nanzas 325043-1 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE AREQUIPA Prorrogan situación de emergencia aprobada mediante Acuerdo Regional Nº 109-2008-GRA/CR-Arequipa ACUERDO REGIONAL Nº 015-2009-GRA/CR-AREQUIPA El Consejo Regional del Gobierno Regional de Arequipa, en Sesión Ordinaria de la fecha, ha tomado el siguiente acuerdo. CONSIDERANDO: Que, con fecha 17 de octubre de 2008 el Gobierno Regional de Arequipa, declaró en situación de emergencia los servicios de salud del Hospital Honorio Delgado Espinoza y del Hospital Goyeneche, encargándose al Ejecutivo Regional para que en el plazo de (90) días calendario, elabore, priorice y ejecute las acciones necesarias para superar la situación de emergencia, para lo cual se le exoneró de los procesos de selección correspondiente; Que, desde la fecha señalada se tiene: Primero.- Que con fecha 30 de enero de 2009 y 04 de febrero de 2009, respectivamente, las direcciones de los Hospitales Honorio Delgado Espinoza y Goyeneche recién han podido culminar y remitir los expedientes técnicos correspondientes a las intervenciones que en detalle se tienen que realizar en cada hospital en el marco de la declaratoria de situación de emergencia. Segundo.- Que, en ese sentido, la demora en la elaboración de los expedientes se ha debido fundamentalmente a las difi cultades técnicas para la identifi cación de las mejores alternativas y costos para las medidas y acciones concretas que se deben ejecutar. Tercero.- Que, los costos de intervención en uno y otro hospital han sido cualifi cados y cuantifi cados en S/. 4’084,813.00 nuevos soles para el Hospital Honorio Delgado, y, S/. 3’796,743.00 nuevos soles para el Hospital Goyeneche. Cuarto.- De la forma, se ha verifi cado que si bien se ha publicado el Acuerdo Regional Nº 109-2008- GRA/CR-Arequipa en el Diario Regional de Avisos Judicial “La República”, sin embargo, ha sido omitida la publicación respectiva en el Diario Ofi cial El Peruano; Que, al ser la salud un servicio público esencial, luego entonces, corresponde al Estado garantizar la promoción, protección, recuperación y rehabilitación de la misma a través de acciones y medidas concretas; en ese sentido, siendo una responsabilidad ineludible, los actos de gobierno, de gestión y administrativos deben procurar que los benefi cios de este servicio se extiendan progresivamente y se evite cualquier tipo de interrupción; Que, estando defi nida la situación de emergencia como aquella determinante que obliga a la Entidad para actuar de manera inmediata ante acontecimientos catastrófi cos, situaciones de grave peligro y/o de necesidad que afecten la defensa nacional; por estas consideraciones, y subsistiendo las razones y hechos del Informe Técnico Legal de 16 de octubre de 2008 para la declaratoria de emergencia de los Hospitales antes referidos, y, en atención a las explicaciones formuladas en el Informe Técnico Nº 003-2009-GRA/GRS/GR-OEPLAN-ICE de 04 de febrero de 2009; entonces, con la exoneración del trámite de Comisión y al amparo de lo regulado en la Ley 27783 / Ley de Bases de la Descentralización, la Ley 27867 / Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modifi cada por las Leyes 27902, 28961, 28968, 29053; y, en observancia del marco legislativo regional constituido por la Ordenanza Regional Nº 001-2007-GRA/CR-AREQUIPA y la Ordenanza Regional 010-AREQUIPA; SE ACUERDA: Primero.- PRORROGAR por el plazo de (90) días calendario la Situación de Emergencia aprobada a través del Acuerdo Regional Nº 109-2008-GRA/CR-Arequipa. Segundo.- DISPONER que la Gerencia General Regional cumpla con publicar el presente Acuerdo Regional en el Diario Regional de Avisos Judiciales “La República” y en el Diario Ofi cial El Peruano. De la misma forma, cumpla con publicar en el Diario Ofi cial El Peruano el Acuerdo Regional Nº 109-2008-GRA/CR-Arequipa, bajo responsabilidad. Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia General Regional supervise que la Gerencia Regional de Salud cumpla efi cazmente con llevar a cabo las contrataciones y/o adquisiciones para enfrentar la situación de emergencia declarada, las mismas que en detalle se encuentran especifi cadas en el expediente técnico para el Hospital Honorio Delgado Espinoza por el monto de S/. 4’084,813.00 nuevos soles, y, en el expediente técnico para el Hospital Goyeneche por el monto de S/. 3’796,743.00 nuevos soles; en ese sentido, se deberán observar las disposiciones imperativas y expresas del artículo 142 del Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM / Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia General Regional y a la Gerencia Regional de Salud para que una vez vencido el plazo de la declaratoria de emergencia y realizadas las contrataciones y/o adquisiciones, toda la documentación y expedientes sean remitidos tanto a la Contraloría General de la República como al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, bajo responsabilidad. Disponiéndose en este acto su registro y notifi cación. Arequipa, 9 de febrero de 2009 JEISTER D. CHÁVEZ CARNERO Presidente del Consejo Regional de Arequipa 325011-1 Declaran infundado pedido de vacancia en el cargo de Vicepresidente del Gobierno Regional de Arequipa ACUERDO REGIONAL Nº 025-2009-GRA/CR-AREQUIPA El Consejo Regional del Gobierno Regional de Arequipa, en Sesión Ordinaria de la fecha, ha tomado el siguiente acuerdo. CONSIDERANDO: I.- Del Pedido de Vacancia. Que, a fojas (014), el señor José Arístides Villafuerte Charca ha presentado escrito solicitando (se transcribe literalmente el petitorio): “se declare la vacancia de la Vicepresidencia del Gobierno Regional de Arequipa por las causales previstas en los incisos 4 y 5 del artículo 30 de la Ley Nº 27867 y su modifi catoria, en las que ha incurrido el Vicepresidente electo, ciudadano Carlos Leyton Muñoz”.