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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 24 de marzo de 2009 392999 VISTOS: El Informe Nº 006-2009-SG/IPD emitido por el Secretario General del IPD, en adelante el Informe Técnico y el Informe Nº 054-2009-AOJ/IPD elaborado por la Ofi cina de Asesoría Jurídica, en adelante el Informe Legal; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 012-2008-ED se declaró de interés nacional la postulación del Perú para que la ciudad de Lima se constituya como sede de los XVII Juegos Panamericanos del año 2015. Para tal efecto se autorizó al Instituto Peruano del Deporte para que en coordinación con la Municipalidad Metropolitana de Lima y el Comité Olímpico Peruano, formulen la presentación de dicha candidatura y propuesta ante la Asamblea General de Organización Deportiva Panamericana - ODEPA. Su implementación no irrogará gastos adicionales del Tesoro Público, siendo afectado con cargo al Presupuesto Institucional del IPD; Que, con fecha 10 de Octubre del 2008, se presentó ante la Asamblea General de la Organización Deportiva Panamericana - ODEPA la propuesta de candidatura de la ciudad de Lima para constituirse como Sede de los XVII Juegos Deportivos Panamericanos a celebrarse el 2015; Que, habiéndose aprobado la candidatura de la ciudad de Lima, conjuntamente con las candidaturas de las ciudades de Bogotá (Colombia) y Toronto (Canadá), corresponde presentar la Propuesta Técnica que sustente en forma objetiva y clara las ventajas que tiene Lima para ser sede de los Panamericanos en comparación a las otras ciudades propuestas; sin embargo, de lo informado por el Comité Olímpico Peruano, el 11 de Marzo, esta propuesta técnica deberá presentarse ante la ODEPA el 30 de Abril del presente año; Que, mediante Informe Técnico, la Secretaría General del IPD señala que el plazo de entrega del servicio no puede exceder a cuarenta y cinco días calendarios y que el costo estimado para la ejecución de este servicio es de US$ 40,000.00 Dólares Americanos, recomendando en tal sentido se evalúe la exoneración por la causal de desabastecimiento inminente para poder efectuar oportunamente la contratación de los servicios que comprende la edición, traducción, diagramación, arte fi nal e impresión de la Propuesta Técnica a presentarse ante la ODEPA, considerando que éste es un compromiso del Gobierno Peruano y que de seguirse el procedimiento regular establecido en los topes de la Ley de Presupuesto y en la Ley de Contrataciones del Estado, la presentación de la propuesta no podría entregarse a tiempo; Que, con el Informe Legal, la Ofi cina de Asesoría Jurídica señala que teniendo en consideración el costo del servicio a contratar y de acuerdo a la Ley Nº 29289, Ley de Presupuesto del Sector Público y al Decreto Supremo Nº 184-2008-EF, que aprueba el Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, el Proceso de Selección a efectuar corresponde a uno de Adjudicación Directa Pública. De igual modo señala que habiéndose establecido como fecha límite el 30 de Abril para la presentación de la propuesta técnica ante la ODEPA, no se contaría con el plazo sufi ciente para llevar a cabo dicho proceso de selección, por cuanto desde la convocatoria hasta la suscripción del contrato mediaría un promedio de veintiséis días hábiles como mínimo, sin tomar en cuenta el plazo para la ejecución de los servicios, el cual no permitiría cumplir con la presentación objetiva y clara de esta propuesta técnica, por tanto se afectaría en forma directa y eminente el objetivo establecido en el Decreto Supremo Nº 012-2008-ED, por lo que recomienda declarar el desabastecimiento inminente y consecuentemente exonerar del Proceso de Selección de Adjudicación Directa Pública para la contratación del servicio de edición, traducción, diagramación, arte fi nal e impresión de la Propuesta Técnica a presentarse ante la ODEPA; Que, el inciso c) del Artículo 20º y el Artículo 21º del Decreto Legislativo Nº 1017 que aprueba la Ley de Contrataciones del Estado dispone que están exonerados de los procesos de selección las contrataciones que se realicen ante una situación de desabastecimiento debidamente comprobada que afecte o impida a la entidad cumplir con sus actividades u operaciones. Las contrataciones derivadas de exoneraciones de procesos de selección se realizarán de manera directa, previa aprobación, mediante Resolución del Titular de la Entidad, en función a los informes técnico y legal previos que obligatoriamente deberán emitirse; Que, mediante los documentos del Visto, la Secretaria General y la Ofi cina de Asesoría Jurídica del Instituto Peruano del Deporte, coinciden en señalar que la situación producida se enmarca en las disposiciones del Artículo 22º de la Ley de Contrataciones del Estado y el Artículo 133º del Decreto Supremo Nº 184-2008-EF, que aprueba el Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado; Que, mediante Informe Nº 006-2009-SG/IPD, el Secretario General del IPD, informa que la empresa Paraca Comunicaciones ha sido seleccionada para efectuar el servicio de edición, traducción, diagramación, arte fi nal e impresión de la propuesta técnica a presentar ante la Asamblea General de la Organización Deportiva Panamericana - ODEPA, que ofrezcan síntesis creativas persuasivas del actual momento de la ciudad de Lima, así como sus claras fortalezas para ser sede panamericana, creando calidad competitiva ante las demás propuestas presentadas, a un costo total de US $ 40,000.00 (Cuarenta mil y 00/100 dólares americanos) incluyendo el I.G.V; servicio que cuenta con el crédito presupuestario correspondiente en la fuente de fi nanciamiento de Recursos Ordinarios del IPD; Que, en la selección de la mencionada empresa, se ha tomado en consideración la experiencia especializada en la creación de contenidos originales, cualquiera sea su uso o formato de distribución, y el trabajo en las áreas de análisis de entorno y actores, estrategias de comunicación, creación y manejo de imagen, comunicación social, comunicación pública y responsabilidad empresarial; creación y producción de piezas audiovisuales, campañas de publicidad, publicaciones, textos creativos y discursos para organizaciones académicas, públicas y privadas; como lo demuestra la producción de piezas y herramientas de comunicación para clientes tanto del sector privado como público; así como por ser conocedora de los objetivos trazados por el IPD y el Estado Peruano al postularse la ciudad de Lima como candidata a constituirse como Sede de los XVII Juegos Panamericanos a llevarse a cabo el 2015, por cuanto ha realizado los trabajos de presentación inicial de esta postulación; De conformidad con lo previsto en el Decreto Legislativo Nº 1017, que aprueba la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 184-2008-EF; y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 28036, Ley de Promoción y Desarrollo del Deporte, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 018-2004-PCM; y, su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-2004- PCM; Con las visaciones de la Ofi cina General de Administración y la Ofi cina de Asesoría Jurídica del Instituto Peruano del Deporte; SE RESUELVE: Artículo 1º.- DECLARAR en situación de DESABASTECIMIENTO INMINENTE la contratación del servicio de edición e impresión de la Propuesta Técnica, a presentarse ante la Organización Deportiva Panamericana - ODEPA, que sustenta la candidatura de la ciudad de Lima para constituirse como Sede de los XVII Juegos Deportivos Panamericanos a celebrarse el 2015. Artículo 2º.- EXONERAR del proceso de selección correspondiente, para la contratación del referido servicio, hasta por el monto de US$ 40,000.00 Dólares Americanos, con cargo al Presupuesto del Instituto Peruano del Deporte, dentro de los plazos establecidos