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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE MAYO DEL AÑO 2009 (17/05/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 16

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 17 de mayo de 2009 396054 el Plan Transitorio de Transmisión, mediante Resolución Ministerial N° 159-2009-MEM/DM; Que, el Consejo Directivo de PROINVERSIÓN en su sesión de fecha 15 de abril de 2009, acordó incorporar al proceso de promoción de inversión privada el Proyecto “Reforzamiento del Sistema de Transmisión Centro – Norte Medio en 500 kV”, teniendo en cuenta lo establecido en la Ley Nº 26440, bajo los mecanismos y procedimientos establecidos en el Decreto Supremo N° 059-96-PCM, Decreto Legislativo N° 1012 y sus normas reglamentarias correspondientes; y encargó al Comité de PROINVERSIÓN en Proyectos de Infraestructura y de Servicios Públicos constituido mediante Resolución Suprema N° 444-2001-EF, la conducción del indicado proceso de promoción; Que, el Consejo Directivo de PROINVERSIÓN, en su sesión de fecha 21 de abril de 2009, acordó aprobar el Plan de Promoción de la Inversión Privada para la entrega en concesión del Proyecto “Reforzamiento del Sistema de Transmisión Centro-Norte Medio en 500 kV (L.T. Zapallal- Trujillo)”; Que, por Resolución Suprema N° 036-2009-EF se constituyeron cinco Comités Especiales encargados de conducir los procesos de promoción de la inversión privada de competencia de dicha Agencia, entre ellos, el Comité de PROINVERSION en Proyectos de Telecomunicaciones, Energía e Hidrocarburos –PROCONECTIVIDAD- al que mediante Acuerdo adoptado en sesión del Consejo Directivo de PROINVERSION de fecha 06 de mayo de 2009 se asignó el Proyecto Línea de Transmisión Zapallal – Trujillo 500 kV; Que, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 059-96-PCM y su reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 060-96-PCM, los acuerdos de Consejo Directivo de PROINVERSIÓN referidos en los considerandos anteriores deben ser ratifi cados por resolución suprema; Que, asimismo, de acuerdo a lo establecido en el Decreto Supremo N° 146-2008-EF, la resolución suprema a la que se refi ere el considerando precedente, ratifi cará los acuerdos de incorporación del proyecto al proceso de promoción de la inversión privada y de aprobación de Plan de Promoción; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 26440, el Decreto Supremo N 059-96-PCM, el Decreto Legislativo Nº 1012 y sus normas reglamentarias y complementarias, y; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Ratifi car el acuerdo adoptado por el Consejo Directivo de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada – PROINVERSION, en su sesión de fecha 15 de abril de 2009, en virtud del cual se acordó incorporar al proceso de promoción de inversión privada el Proyecto “Reforzamiento del Sistema de Transmisión Centro – Norte Medio en 500 kV”, bajo los mecanismos y procedimientos establecidos en el Decreto Supremo N° 059-96-PCM, Decreto Legislativo N° 1012 y sus normas reglamentarias correspondientes. Artículo 2º.- Asignar el Proyecto Línea de Transmisión Zapallal-Trujillo 500 kV al Comité de PROINVERSION en Proyectos de Telecomunicaciones, Energía e Hidrocarburos – PROCONECTIVIDAD. Artículo 3°.- Ratifi car el acuerdo del Consejo Directivo de PROINVERSIÓN, adoptado en su sesión de fecha 21 de abril de 2009, mediante el cual se acordó aprobar el Plan de Promoción de la Inversión Privada para la entrega en concesión del Proyecto “Reforzamiento del Sistema de Transmisión Centro-Norte Medio en 500 kV (L.T. Zapallal- Trujillo)”. Artículo 4°.- La presente resolución suprema será refrendada por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de Energía y Minas. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República LUIS CARRANZA UGARTE Ministro de Economía y Finanzas PEDRO SÁNCHEZ GAMARRA Ministro de Energía y Minas 348991-7 EDUCACION Establecen el Concurso Nacional de Experiencias Exitosas de Educación Inclusiva RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 013-2009-ED Lima, 14 de mayo de 2009 CONSIDERANDO: Que, el artículo 8º de la Ley Nº 28044, Ley General de Educación, señala que la educación peruana tiene a la persona como centro y agente fundamental del proceso educativo; y, de acuerdo al inciso c) del citado artículo, la inclusión, que incorpora a las personas con discapacidad, grupos sociales excluidos, marginados y vulnerables, especialmente en el ámbito rural, sin distinción de etnia, religión, sexo u otra causa de discriminación, contribuyendo así a la eliminación de la pobreza, la exclusión y las desigualdades, es uno de los principios sobre los cuales se sustenta la misma; Que, de acuerdo con lo establecido en el artículo 1º del Decreto Supremo Nº 026-2003-ED, dispone que el Ministerio de Educación de conformidad con las políticas de Estado, las normas legales e instrumentos señalados en la parte considerativa de dicho Decreto Supremo, y dentro de sus previsiones presupuestarias, lleve a cabo planes, pilotos, programas, proyectos y convenios que garanticen la ejecución de acciones sobre la educación inclusiva dentro del marco de una “Década de la Educación Inclusiva 2003-2012”, mediante un trabajo coordinado con los diferentes sectores del Estado y la sociedad civil; Que, mediante Resolución Vice Ministerial Nº 0025-2008-ED; se aprueba la Directiva Nº 069-ME/ VMGP-DIGEBE, que establece las normas referidas a la planifi cación, organización, ejecución, monitoreo y evaluación de las actividades de la “Campaña Nacional de Sensibilización y Movilización por la Educación Inclusiva”, la misma que en su anexo contiene los Enfoques y Lineamientos de Gestión del Plan de dicha campaña y que forma parte integrante de la citada Resolución, señalándose en el numeral 5) sobre Actividades Sugeridas el Concurso Nacional de Experiencias Exitosas de Educación Inclusiva, entre otras actividades y metas; Que, asimismo, el artículo 2º de la citada Resolución Vice Ministerial resuelve encargar a la Dirección General de Educación Básica Especial, la defi nición, dirección, regulación, monitoreo y evaluación de la ejecución del Plan Nacional de la Campaña Nacional de Sensibilización y Movilización por la Educación Inclusiva que se llevará a cabo anualmente, involucrando a los actores educativos y a la sociedad civil; Que, en tal sentido, es necesario establecer el Concurso Nacional de Experiencias Exitosas de Educación Inclusiva, en el presente año lectivo 2009, así como aprobar la Directiva Nº 039-2009-ME/VMGP-DIGEBE, elaborada por la Dirección General de Educación Básica Especial, directiva que regula la organización y desarrollo del citado Concurso, y que contiene las Bases del mismo; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25762, modifi cado por la Ley Nº 26510, la Ley Nº 28044 y el Decreto Supremo Nº 006-2006-ED y sus modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1º.- ESTABLECER el Concurso Nacional de Experiencias Exitosas de Educación Inclusiva, en el presente año lectivo 2009. Artículo 2º.- APROBAR la Directiva Nº 039-2009-ME/ VMGP-DIGEBE, que regula la organización y desarrollo del Concurso establecido en el artículo precedente, la misma que contiene las Bases del mismo, las cuales forman parte integrante de la presente resolución. Artículo 3º.- ENCARGAR a la Dirección General de Educación Básica Especial, adopte las acciones necesarias, a fi n de garantizar el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 1º. Artículo 4º.- ENCARGAR a las Direcciones Regionales de Educación y a las Unidades de Gestión