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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 17 de mayo de 2009 396055 Educativa Local la promoción y difusión del aludido Concurso en sus respectivos ámbitos jurisdiccionales e identifi car, convocar y realizar una selección inicial de las Instituciones Educativas Inclusivas, a fi n de promover su participación, estableciendo los criterios de admisión de los trabajos plazos de presentación y, posteriormente la remisión a la Dirección General de Educación Básica Especial de los que resulten ganadores en la segunda etapa. Regístrese, comuníquese y publíquese. VÍCTOR RAÚL DÍAZ CHÁVEZ Viceministro de Gestión Institucional (e) Despacho Viceministerio de Gestión Pedagógica Ministerio de Educación DIRECTIVA Nº 039-2009 ME/VMGP-DIGEBE “CONCURSO NACIONAL DE EXPERIENCIAS EXITOSAS EN EDUCACION INCLUSIVA” I. FINALIDAD Establecer las normas de planifi cación, organización, ejecución y evaluación del “Concurso Nacional de Experiencias Exitosas en Educación Inclusiva” para contribuir de manera efectiva en el proceso de sensibilización y toma de conciencia de todos los agentes educativos y comunidad en general, respecto de la necesidad de trabajar conjuntamente por la igualdad y la no discriminación de las personas con discapacidad, respetando sus diferencias y por el derecho a una educación de calidad para todos. II. OBJETIVOS DEL CONCURSO 2.1. Difundir las experiencias exitosas en la atención a las Necesidades Educativas Especiales, realizadas por los docentes de la EBR, EBA y ETP y en la comunidad, como medio para generar procesos de innovación en las prácticas pedagógicas inclusivas. 2.2. Reconocer y valorar el trabajo realizado por los docentes en las aulas de las Instituciones Educativas Inclusivas de EBR, EBA, ETP y en la comunidad. III. MARCO LEGAL • Ley Nº 28044, Ley General de Educación ,sus modifi catorias y reglamentos. • Ley Nº 27050, Ley General de la Persona con Discapacidad y modifi catorias. • Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modifi cada por la Ley Nº 26510. • Decreto Supremo Nº 006-2006-ED, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación y modifi catorias. • Decreto Supremo Nº 026-2003-ED, que dispone que el Ministerio de Educación lleve a cabo planes y proyectos que garanticen la ejecución de acciones sobre educación inclusiva en el marco de una “Década de la Educación Inclusiva 2003-2012”. • Resolución Ministerial Nº 0523-2005-ED, que declara el 16 de octubre de cada año como el “Día de la Educación Inclusiva” en el sector educación. • Resolución Ministerial Nº 0441-2008-ED, que aprueba la Directiva para el Desarrollo del Año Escolar 2009. • Resoluciones Ministerial Nº 0069-2008-ED, que aprueba la Directiva Nº 01-2008-VMGP/DIGEBE, “Normas para la matrícula de niños, niñas y jóvenes con discapacidad en los diferentes niveles y modalidades del sistema educativo en el marco de la Educación Inclusiva. • Resolución Viceministerial Nº 0025-2008-ED, que aprueba la Directiva Nº 069-2008-ME/VMGP-DIGEBE, que establece las normas referidas a la planifi cación, organización, ejecución, monitoreo y evaluación de las actividades de la “Campaña Nacional de Sensibilización y Movilización por la Educación Inclusiva”. IV. ALCANCE • Ministerio de Educación (MED) • Dirección General de Educación Básica Especial (DIGEBE) • Dirección General de Educación Básica Regular (DIGEBR) • Dirección General de Educación Básica Alternativa. (DIGEBA) • Dirección de Educación Superior Tecnológica y Técnico Productiva. (DESTP) • Direcciones Regionales de Educación (DRE). • Unidades de Gestión Educativa (UGEL). • Instituciones Educativas Inclusivas. (IEI) V. DISPOSICIONES GENERALES 5.1. El Ministerio de Educación, por medio de la DIGEBE, planifi ca, organiza, ejecuta y evalúa el “Concurso Nacional de Experiencias Exitosas en Educación Inclusiva”. 5.2. Las DRE y las UGEL, promoverán y difundirán el Concurso en sus respectivos ámbitos jurisdiccionales. Asimismo, se encargarán de identifi car, convocar y realizar una selección inicial de las Instituciones Educativas Inclusivas, a fi n de promover su participación, estableciendo los criterios de admisión de los trabajos, plazos de presentación y, posteriormente la remisión a la DIGEBE de los que resulten ganadores en la segunda etapa. VI. DISPOSICIONES ESPECÍFICAS 6.1 La DIGEBE elabora las Bases que forman parte de esta Directiva. 6.2 Las DRE y UGEL con los especialistas encargados de la Educación Básica Especial, convocarán a las Instituciones Educativas Inclusivas de su jurisdicción que se vinculan con los requisitos establecidos para que participen en el Concurso Nacional de Experiencias Exitosas. 6.3 Los especialistas de las DRE y UGEL serán responsables de difundir los formatos de inscripción y las bases del “Concurso Nacional de Experiencias Exitosas en Educación Inclusiva”, que se encuentran en el Portal WEB de Educación Especial de la DIGEBE (http://portal. perueduca.edu.pe/basicaespecial). 6.4 La Institución Educativa Inclusiva será representada por un docente, quien inscribirá su experiencia en la UGEL, según lo establecido en las Bases del Concurso, adjuntando versión impresa y digital. La inscripción es gratuita. 6.5 La experiencia a presentarse debe tener seis (06) meses como mínimo de ejecución y desarrollada al interior de la Institución Educativa Inclusiva. 6.6 El Concurso de Experiencias Exitosas en Educación Inclusiva será ejecutado en tres (03) etapas, hasta el 16 de octubre del presente año. 6.7 El jurado deberá tomar en cuenta que en cada experiencia se consideren los datos informativos y los apartados del numeral 6.4 de las bases. 6.8 No procede la inscripción de la experiencia en la primera etapa, si no cumple con lo dispuesto en el numeral 4.3 de las bases, referido a que se deberá adjuntar a la fi cha de inscripción una carta de presentación otorgada por la dirección de la IE y respaldada por la APAFA. 6.9 Las experiencia exitosa ganadora, remitida por cada DRE al Ministerio de Educación, será recepcionada sólo hasta la última semana de agosto ( fecha límite de ingreso por mesa de partes en el MED). 6.10 La DRE y UGEL otorgarán estímulos a los docentes que resulten ganadores en sus respectivas instancias en las dos primeras etapas. 6.11 La DIGEBE seleccionará tres (03) experiencias exitosas ganadoras en la tercera etapa, garantizando su presentación el 16 de octubre en la ciudad de Lima y otorgando a las mismas una Resolución de Felicitación. VII. DISPOSICIONES FINALES El Ministerio de Educación, a través de la Dirección General de Educación Básica Especial, podrá disponer lo conveniente a fi n de garantizar el cumplimiento de la presente Directiva. CLEMENCIA VALLEJOS SÁNCHEZ Directora General de Educación Básica Especial