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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE MAYO DEL AÑO 2009 (17/05/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 31

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 17 de mayo de 2009 396069 ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS CENTRO NACIONAL DE PLANEAMIENTO ESTRATEGICO Dejan sin efecto el proceso de selección ADS-001-2009-CEPLAN “Adquisición de Servidores” RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO Nº 040-2009/CEPLAN/PCD Lima, 15 de mayo de 2009 VISTO: El Memorándum Nº 074-2009-CEPLAN-OGA del Jefe de la Ofi cina General de Administración y el Informe Nº 28-2009/OAJ/CEPLAN elaborado por la Jefa de la Ofi cina de Asesoría Jurídica del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico-CEPLAN; CONSIDERANDO: Que, la Ofi cina General de Administración registró en el SEACE la modifi cación del Plan Anual de Contrataciones en base a una Resolución que nunca fue emitida; Que, la Ofi cina General de Administración publicó en el SEACE la convocatoria del proceso de selección ADS-001- 2009-CEPLAN “Adquisición de Servidores” sin que este esté incluido en el PAC de la entidad; Que, el Memorándum Nº 074-2009-CEPLAN-OGA establece que el expediente no cumple con las necesidades de la Institución; Que, la Ley de Procedimiento Administrativo General Nº 27444, en su artículo 10º señala que son vicios del acto administrativo, que causan nulidad de pleno derecho, la contravención a las leyes; De conformidad con lo estipulado en el Decreto Legislativo Nº 1088, la Ley Nº 27594 y el Decreto Supremo Nº 056-2005-PCM SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dejar sin efecto la inclusión de la modifi cación del Plan Anual de Contrataciones dado que el acto administrativo nunca surgió ordenando su exclusión del SEACE. Artículo 2º.- Dejar sin efecto el proceso de selección ADS-001-2009-CEPLAN “Adquisición de servidores”. Artículo 3º.- Conformar la Comisión Especial encargada de evaluar el deslinde de responsabilidades de los hechos ocurridos en la parte considerativa de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. AGUSTÍN HAYA DE LA TORRE Presidente Consejo Directivo Centro Nacional de Planeamiento Estratégico 348992-1 PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL Crean Juzgados de Paz en los Distritos Judiciales de Cusco y Ayacucho RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 085-2009-CE-PJ Lima, 12 de marzo de 2009 VISTOS: El Ofi cio Nº 210-2007-ONAJUP-CE/PJ, cursado por el Jefe de la Ofi cina Nacional de Apoyo a la Justicia de Paz y el Informe Nº 111-2008-SEP-GP-GG-PJ, remitido por la Gerencia General del Poder Judicial; y, CONSIDERANDO: Primero: Que, el Jefe de la Ofi cina Nacional de Apoyo a la Justicia de Paz remite a este Órgano de Gobierno propuesta de creación del Juzgado de Paz en el radio urbano del distrito de Santiago, provincia y departamento del Cusco, a solicitud de las autoridades y pobladores de la referida localidad; Segundo: La solicitud se fundamenta en que dicho distrito tiene población aproximada de 71,147 habitantes; siendo el caso que la población del radio urbano asciende aproximadamente a 6,764 ciudadanos, situación que hace necesario contar con una autoridad judicial adicional, en especial si se considera que los órganos jurisdiccionales más próximos a los que acuden los pobladores de la zona se encuentran en el Módulo Básico de Justicia de Santiago a 3.5 kilómetros de distancia, y cuyo traslado en microbús desde el radio urbano del distrito de Santiago demanda un tiempo aproximado de 20 minutos; todo lo cual difi culta a la población allí comprendida el acceso a un oportuno servicio de administración de justicia; Tercero: Al respecto, el Informe Nº 111-2007-SEP-GP- GG-PJ, de la Gerencia General de Poder Judicial, concluye que es factible la creación del Juzgado de Paz en el radio urbano del distrito de Santiago, provincia, departamento y Distrito Judicial del Cusco; asimismo, en dicho informe aparecen los límites geográfi cos del mencionado órgano jurisdiccional; Cuarto: Que, por el número de habitantes de la comunidad a los que benefi ciaría el Juzgado de Paz, entre los que se presentan confl ictos de naturaleza civil, penal, familiar, laboral y notarial; y siendo objetivo principal de este Poder del Estado administrar justicia en forma rápida y efi caz, resulta procedente la petición que se formula; Por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus atribuciones, con arreglo a lo establecido en el artículo 82º, numeral 24, del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en sesión ordinaria de la fecha, de conformidad con el informe del señor Consejero Enrique Rodas Ramírez, sin la intervención del señor Consejero Javier Román Santisteban por haberse excusado de asistir, por unanimidad; RESUELVE: Artículo Primero.- Crear un Juzgado de Paz en el radio urbano del distrito de Santiago, provincia, departamento y Distrito Judicial del Cusco. Artículo Segundo.- Los límites geográfi cos del Juzgado de Paz son los que aparecen descritos en el informe de la Gerencia General de Poder Judicial, que en documento anexo forma parte integrante de la presente resolución. Artículo Tercero.- Transcríbase la presente resolución al Presidente del Poder Judicial, Ofi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Ofi cina Nacional de Apoyo a la Justicia de Paz, Presidencia de la Corte Superior de Justicia del Cusco, y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes consiguientes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. SS. JAVIER VILLA STEIN ANTONIO PAJARES PAREDES SONIA TORRE MUÑOZ WÁLTER COTRINA MIÑANO ENRIQUE RODAS RAMÍREZ 348896-5 RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 086-2009-CE-PJ Lima, 12 de marzo de 2009