Norma Legal Oficial del día 17 de mayo del año 2009 (17/05/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 36

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 17 de MORDAZA de 2009

la Municipalidad Distrital de Ate, se resuelve Aprobar, de acuerdo con el Plano signado con el Nº 006-09-SGPUCGDU/MDA, que forma parte de la citada Resolucion, la Habilitacion MORDAZA Nueva, para Uso Residencial de Vivienda Taller "I1-R4" y Usos Especiales "OU", del terreno MORDAZA con un area de 10,041.80 m², constituido por el Lote 3, de la Manzana "N", de la Lotizacion PreUrbana Barbadillo, ubicado en el distrito de Ate, provincia y departamento de Lima; Que, a traves del Informe Nº 053-2009-MML-GDUSPHU-DRD, de fecha 6 de MORDAZA de 2009 (fs. 66 al 69), la Division de Revision de Diseno de esta Subgerencia manifiesta, que la presente Habilitacion MORDAZA Nueva, para Uso Residencial de Vivienda Taller "I1-R4" y Usos Especiales "OU", del terreno de 10,041.80 m², aprobada por la Municipalidad Distrital de Ate, mediante la Resolucion de Gerencia Nº 024, de fecha 30 de enero del 2009, levanta las observaciones que dieron merito a la Resolucion Nº 167-2008-MML-GDU-SPHU, de fecha 12 de junio de 2008, que resolvio Establecer la No Conformidad de la Resolucion de Gerencia Nº 089, de fecha 25 de MORDAZA del 2008; en consecuencia, cumple los Planes Urbanos en lo referente a zonificacion, vias y aportes reglamentarios, de conformidad a lo dispuesto en las Ordenanzas Metropolitanas Nº 505MML, Nº 341-MML y Nº 836-MML; sin embargo, existen errores en el Plano signado con el Nº 006-09-SGPUC-GDU/ MDA, que forma parte de la Resolucion objeto de evaluacion, al advertirse discrepancias entre el area indicada en la lotizacion del Lote 9, de la Manzana A, con la consignada en el Cuadro General de Areas, igualmente en el Cuadro de Aportes, respecto de las areas correspondientes a cada zonificacion y en el area resultante del aporte reglamentario, para Recreacion Publica, que debe indicar 492.05 m² y no 492.01 m², como se ha consignado; Que, mediante Informe Nº 079-2009-MML-GDU-SPHUAL, de fecha 8 de MORDAZA de 2009 (fs. 70 al 72), el Area Legal de esta Subgerencia manifiesta, que se encuentra acreditada la propiedad a favor de la ASOCIACION CENTRO CULTURAL Y DEPORTIVO SAN MORDAZA DE NINACACA, del terreno de 10,041.80 m², materia del presente tramite de Habilitacion MORDAZA, el mismo que consta inscrito en la Ficha Nº 149936 y continua en la Partida Nº 45141160, del Registro de Predios, de la MORDAZA Registral Nº IX ­Sede MORDAZA (fs. 05 al 07); en concordancia con la evaluacion contenida en el Informe Nº 053-2009-MML-GDU-SPHUDRD, de fecha 6 de MORDAZA de 2009, se denota la existencia de errores materiales incurridos en el Plano signado con el Nº 006-09-SGPUC-GDU/MDA, el mismo que forma parte de la Resolucion objeto de evaluacion; por lo que, dada la competencia de la Municipalidad Distrital de Ate, para avocarse a la aprobacion de habilitaciones urbanas, legalmente es factible recomendar a dicha Comuna, emita el acto administrativo subsanando los errores materiales incurridos, en aras del MORDAZA de Legalidad y de conformidad a lo previsto en el Articulo 201º, numerales 201.1 y 201.2 de la Ley del Procedimiento Administrativo General Nº 27444; Que, de acuerdo a la evaluacion tecnica y legal, senaladas en los Informes Nº 053-2009-MML-GDU-SPHUDRD, de fecha 6 de MORDAZA de 2009 y Nº 079-2009-MMLGDU-SPHU-AL, de fecha 8 de MORDAZA de 2009, la presente Habilitacion MORDAZA, cumple los Planes Urbanos, en lo referente a zonificacion, vias y aportes reglamentarios; por lo que en observancia de la Ley General de Habilitaciones Urbanas Nº 26878 y el Decreto de Alcaldia Nº 079, corresponde a esta Subgerencia Establecer La Conformidad de la Resolucion de Gerencia Nº 024, de fecha 30 de enero del 2009, expedida por la Municipalidad Distrital de Ate; Con el visto MORDAZA de la Division de Revision de Diseno y del Area Legal de la Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, Leyes Nº 27444, Nº 26878, Ordenanzas Metropolitanas Nº 505-MML, Nº 341-MML, Nº 836-MML, Nº 812-MML, Nº 916-MML, Decreto de Alcaldia Nº 079 y Resolucion Nº 33-2006-MML-GDU; SE RESUELVE: Articulo 1º.- ESTABLECER LA CONFORMIDAD de la Resolucion de Gerencia Nº 024, de fecha 30 de enero del 2009, expedida por la Municipalidad Distrital de Ate, que resuelve Aprobar, de acuerdo con el Plano signado con el Nº 006-09-SGPUC-GDU/MDA, la Habilitacion MORDAZA Nueva, para Uso Residencial de Vivienda Taller "I1-R4" y Usos Especiales "OU", del terreno MORDAZA con un area de 10,041.80 m², constituido por el Lote 3, de la Manzana

"N", de la Lotizacion Pre-Urbana Barbadillo, ubicado en el distrito de Ate, provincia y departamento de Lima. Articulo 2º.- RECOMENDAR a la Municipalidad Distrital de Ate, disponga las acciones administrativas conducentes a emitir acto administrativo subsanando los errores materiales incurridos, conforme lo detallado en el MORDAZA y MORDAZA considerando de esta Resolucion. Articulo 3º.- NOTIFIQUESE la presente Resolucion a la ASOCIACION CENTRO CULTURAL Y DEPORTIVO SAN MORDAZA DE NINACACA; y a la Municipalidad Distrital de Ate, para su conocimiento y fines. Articulo 4º.- DAR por agotada la via administrativa. Articulo 5º.- OFICIAR con la presente Resolucion a la Gerencia de Propiedad Inmueble de la IX MORDAZA Registral Sede-Lima, Ministerio de Educacion, SERPAR-LIMA, EMILIMA S.A., Instituto Metropolitano de Planificacion IMP y Division Tecnica de la Subgerencia de Adjudicacion y Saneamiento Legal de Tierras de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA de esta Corporacion, para su conocimiento y fines pertinentes. Articulo 6º.- PUBLICAR la presente Resolucion en el Diario Oficial "El Peruano", a cargo de la administrada, dentro de los 30 dias siguientes de notificada la misma. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA DE LA MORDAZA Subgerente Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas Gerencia de Desarrollo MORDAZA

348408-1

MUNICIPALIDAD DE PUEBLO LIBRE
Implementan el Registro Digital de Infracciones Penales y/o personas que atenten contra el orden publico en el Distrito
ORDENANZA Nº 313-MPL
Pueblo Libre, 12 de MORDAZA de 2009 POR CUANTO: El Concejo Municipal de Pueblo Libre, en Sesion Ordinaria Nº 09 de la fecha; de conformidad con el Dictamen Nº 003-2009-MPL/CPL-CPSC; y, CONSIDERANDO: Que, los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, conforme lo establece el articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado, modificado por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680 y en concordancia con el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; Que, la autonomia que la Constitucion Politica del Peru establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico; Que, a la fecha el indice delictivo en todo MORDAZA Metropolitana ha ido incrementando, situacion que implica necesariamente que se deben implementar nuevas medidas de caracter disuasivo y de gestion que permitan a los interlocutores validos tener un mayor y mejor control respecto de este MORDAZA de incidencias negativas para la sociedad; Que, en este orden de ideas, los gobiernos locales son las entidades publicas por excelencia llamadas a coordinar con la Policia Nacional del Peru a efectos de mejorar la calidad de MORDAZA de los ciudadanos de una jurisdiccion determinada, mejorando el sistema de seguridad ciudadana e implementando diversos elementos de gestion necesarios para la prosecucion de estos fines todo ello en concordancia con los articulos IV, VI, VIII y IX del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972;

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