Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE MAYO DEL AÑO 2009 (17/05/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 34

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 17 de mayo de 2009 396072 documental de fojas noventa y tres; por tales fundamentos, en el presente caso resulta de aplicación lo prescrito en el artículo doscientos catorce de la referida Ley Orgánica; en consecuencia, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus atribuciones, de conformidad con el informe del señor Consejero Walter Cotrina Miñano, sin la intervención del señor Consejero Javier Román Santisteban por haberse excusado de asistir, en sesión ordinaria de la fecha, por unanimidad; RESUELVE: Imponer la medida disciplinaria de Separación al señor Walter Manuel Valdivia Mendoza, por su actuación como Juez de Paz de Palpa, Distrito de Aucallama, Provincia de Huaral, Distrito Judicial de Huaura. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. SS. JAVIER VILLA STEIN ANTONIO PAJARES PAREDES SONIA TORRE MUÑOZ WALTER COTRINA MIÑANO ENRIQUE RODAS RAMIREZ 348896-9 ORGANOS AUTONOMOS SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Autorizan viaje de funcionaria a República Dominicana para participar en la XVII Asamblea General de la AIOS y el Seminario Internacional “Sistemas de Capitalización Individual, Tendencias y Perspectivas para los Ahorros Previsionales” RESOLUCIÓN SBS Nº 3636-2009 Lima, 15 de mayo de 2009 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES VISTA: La invitación cursada por la Asociación Internacional de Organismos de Supervisión de Fondos de Pensiones (AIOS) a la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS), con el fi n de participar en la XVII Asamblea General de la AIOS y el Seminario Internacional “Sistemas de Capitalización Individual, Tendencias y Perspectivas para los Ahorros Previsionales”, eventos organizados por la citada entidad y la Superintendencia de Pensiones de República Dominicana, los mismos que se llevarán a cabo los días 21 y 22 de mayo de 2009, en la ciudad de La Romana, República Dominicana; CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones es miembro de la Asociación Internacional de Organismos de Supervisión de Fondos de Pensiones (AIOS), por lo que la activa participación de nuestra Institución en su XVII Asamblea General, brindará la oportunidad de intercambiar información entre los representantes de los países miembros con la finalidad de contribuir al fortalecimiento, perfeccionamiento y expansión de los sistemas previsionales de capitalización individual; Que, asimismo el Seminario Internacional sobre Sistemas de Capitalización Individual, Tendencias y Perspectivas para los Ahorros Previsionales, tiene como principal objetivo servir de foro de discusión sobre las mejores prácticas y regulaciones en distintos temas de supervisión en los fondos de pensiones y su adopción en los países miembros de la AIOS, así como de difusión de conocimientos e intercambio de experiencias sobre temas relacionados con las tendencias demográfi cas y la importancia de los productos de desacumulación en los fondos de pensiones de capitalización, perspectivas de los cambios en temas de sistemas de pensiones, el impacto de la actual crisis fi nanciera sobre los sistemas de pensiones capitalizados, entre otros; Que, en tanto los temas a tratar en los citados eventos serán de utilidad y aplicación directa para la mejora y fortalecimiento del marco de regulación, supervisión y procesos internos de la SBS, se ha considerado conveniente designar en esta oportunidad, a la señora Lorena Masías Quiroga, Superintendente Adjunta de Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, para que en representación de esta Superintendencia participe en los referidos eventos; Que, la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, mediante Directiva SBS-DIR-ADM-085-12, ha dictado una serie de Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el ejercicio 2009, estableciéndose en el Numeral 4.2.1., que se autorizarán los viajes al exterior para participar en eventos cuyos objetivos obliguen la representación sobre temas vinculados con negociaciones bilaterales, multilaterales, foros, o misiones ofi ciales que comprometan la presencia de sus funcionarios, así como para el ejercicio de sus funciones o eventos de interés para la Superintendencia, como el presente caso; Que, en consecuencia es necesario autorizar el viaje de la citada funcionaria para participar en los citados eventos, cuyos gastos por concepto de pasajes aéreos, viáticos y Tarifa CORPAC, serán cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2009; y, En uso de las facultades que le confi ere la Ley Nº 26702 “Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros”, y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y en virtud a la Directiva sobre Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el ejercicio 2009, Nº SBS-DIR-ADM-085-12; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar el viaje de la señora Lorena Masías Quiroga, Superintendente Adjunta de Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, a la ciudad de La Romana, República Dominicana del 20 al 23 de mayo de 2009, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo Segundo.- La citada funcionaria, dentro de los 15 (quince) días calendario siguientes a su reincorporación, deberá presentar ante el Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo Tercero.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente autorización, según se indica, serán cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2009, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes US$ 711,16 Viáticos US$ 720,00 Tarifa CORPAC US$ 30,25 Artículo Cuarto.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominación a favor de la funcionaria cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. FELIPE TAM FOX Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 348543-1