Norma Legal Oficial del día 26 de noviembre del año 2009 (26/11/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

El Peruano MORDAZA, jueves 26 de noviembre de 2009

NORMAS LEGALES

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respectivos ingresos corrientes, de acuerdo a lo senalado en el numeral 2 de la Cuarta Disposicion Transitoria de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. 2.2 El otorgamiento de la Asignacion Extraordinaria autorizada en el literal b) del articulo 1° de la presente MORDAZA, es de caracter opcional en los Gobiernos Locales y se atiende con cargo a sus ingresos corrientes, conforme al numeral 2) de la Cuarta Disposicion Transitoria de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto y hasta por las sumas senaladas en el citado literal. Articulo 3°.- Del financiamiento del pago del Aguinaldo y la Asignacion Extraordinaria por Navidad en el MORDAZA del Plan Piloto de Municipalizacion de la Gestion Educativa Las Municipalidades que tienen a su cargo la gestion de las instituciones educativas de su circunscripcion, en el MORDAZA del Plan Piloto de Municipalizacion de la Gestion Educativa, pagaran el Aguinaldo por Navidad, conforme al siguiente detalle: a) El Aguinaldo por Navidad establecido en el literal a) del numeral 6.1 del articulo 6° de la Ley N° 29289, con cargo a los recursos que el Ministerio de Educacion y los Gobiernos Regionales transfirieron a las Municipalidades, en el MORDAZA de lo dispuesto en la Sexagesima Disposicion Final de la Ley Nº 29289, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2009, y el numeral 2.2 del articulo 2° del Decreto de Urgencia Nº 044-2009. b) La Asignacion Extraordinaria autorizada en el literal b) del articulo 1° de la presente MORDAZA, con cargo a los recursos que se transfieran de la Reserva de Contingencia a las Municipalidades que tienen a su cargo la gestion de las instituciones educativas de su circunscripcion. Articulo 4°.- Disposiciones complementarias 4.1 La Asignacion Extraordinaria autorizada en el literal b) del articulo 1° de la presente MORDAZA, no tiene caracter ni naturaleza remunerativa ni pensionable y no se encuentra afecta a cargas sociales. Asimismo, no constituye base de calculo para el reajuste de la Compensacion por Tiempo de Servicios o cualquier otro MORDAZA de bonificaciones, asignaciones o entregas. 4.2 Establezcase que el pago de la Asignacion Extraordinaria autorizada en el literal b) del articulo 1° de la presente MORDAZA se afecta en las Especificas del Gasto 2.1.1 9.1 2 Aguinaldos y 2.2.1 1.2 1 Escolaridad, Aguinaldos y Gratificaciones, para el personal activo y pensionistas respectivamente. 4.3 Dispongase que para efecto de lo dispuesto en el literal b) del articulo 1° de la presente MORDAZA, las entidades sujetas a su aplicacion, quedan exoneradas de lo dispuesto en los numerales 10.2 y 10.3 del articulo 10° de la Ley N° 29289, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2009. Articulo 5°.- Normas reglamentarias Mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas se dictaran las normas reglamentarias para la mejor aplicacion de la presente norma. Articulo 6°.- Refrendo El presente Decreto de Urgencia sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veinticinco dias del mes de noviembre del ano dos mil nueve. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA QUESQUEN Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA UGARTE Ministro de Economia y Finanzas 427971-2

PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS
Encargan el Despacho de la Presidencia de la Republica al Primer Vicepresidente
RESOLUCION SUPREMA Nº 309-2009-PCM MORDAZA, 25 de noviembre de 2009 CONSIDERANDO: Que, el senor Presidente Constitucional de la Republica, doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, viajara entre los dias 28 de noviembre y 3 de diciembre del presente ano, con el objeto de efectuar una visita a la MORDAZA Sede, donde sostendra una audiencia privada con Su Santidad el Papa MORDAZA XVI el dia 30 de noviembre; y, a la Republica Portuguesa, donde se realizara en la MORDAZA de Estoril entre el 30 de noviembre y el 1 de diciembre, la XIX Cumbre Iberoamericana, la cual contara con la presencia de los Jefes de Estado y de Gobierno de toda la region, y asegurara el impulso a las iniciativas y acciones conjuntas, en especial, en lo relacionado al tema central de la Cumbre: "Innovacion y Conocimiento"; Que, en consecuencia, es necesario encargar las funciones del Despacho de la Presidencia de la Republica al senor MORDAZA Giampietri MORDAZA, Primer Vicepresidente de la Republica, en tanto dure la ausencia del senor Presidente de la Republica; De conformidad con el articulo 115º de la Constitucion Politica del Peru; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Encargar el Despacho de la Presidencia de la Republica al senor MORDAZA Giampietri MORDAZA, Primer Vicepresidente de la Republica, del 28 de noviembre al 3 de diciembre del presente ano y en tanto dure la ausencia del senor Presidente de la Republica. Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA QUESQUEN Presidente del Consejo de Ministros 427971-5

Autorizan viaje de Ministro de Relaciones Exteriores a la MORDAZA Sede y a la Republica Portuguesa y encargan su Despacho a la Ministra de la Produccion
RESOLUCION SUPREMA Nº 310-2009-PCM MORDAZA, 25 de noviembre de 2009 CONSIDERANDO: Que, es objetivo de la Politica Exterior del Peru promover los intereses del MORDAZA, tanto a nivel bilateral como multilateral, con miras a consolidar su presencia regional e internacional, fortaleciendo su MORDAZA de insercion a nivel global;

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