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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2009 (26/11/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 112

TEXTO PAGINA: 19

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 26 de noviembre de 2009 406581 SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modifi car el “PLAN DE ACCIÓN PARA LA TRANSFERENCIA DE FUNCIONES SECTORIALES A LA MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA”, aprobado por Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 022-2008-PCM/SD: 1.1 En el numeral 1.3, Funciones a Transferir, del componente I. Transferencia de Funciones Sectoriales: Adicionar al Grupo I de Transferencia, las funciones específi cas de las materias: agraria, defensa civil y ordenamiento territorial. 1.2 En el componente IV. Plazos para la Transferencia de Funciones Sectoriales: Los plazos para el cumplimiento de las etapas del proceso de transferencia de funciones específi cas por materias, para todos los grupos, se establecerán en los planes de acción sectoriales. Artículo 2º.- Vigencia La presente resolución rige a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo 3º- Publicación La presente resolución, deberá publicarse en el Diario Ofi cial El Peruano, y en la página Web de la Presidencia del Consejo de Ministros: www.pcm.gob.pe/sd. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOHN ROMERO LLOCLLA Secretario de Descentralización (e) 427463-1 Aprueban “Directiva para la Transferencia de Fondos, Programas, Proyectos, Empresas, Infraestructura y Otros Instrumentos asociados a las funciones transferidas a los Gobiernos Regionales y Locales, y la utilización de la Delegación de Competencias entre niveles de Gobierno, en el marco del Proceso de Descentralización” RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA DE DESCENTRALIZACIÓN Nº 059-2009-PCM/SD Lima, 12 de noviembre de 2009 VISTO: El Informe N° 032-2009-PCM/SD-FNH. CONSIDERANDO: Que, la Presidencia del Consejo de Ministros es el órgano encargado de dirigir y conducir el proceso de descentralización, a través de la Secretaría de Descentralización, de conformidad a lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 007-2007-PCM; Que, el proceso de transferencia de funciones sectoriales así como de los instrumentos de las mismas: fondos, programas, proyectos, empresas, infraestructura y otros instrumentos, a los Gobiernos Regionales y Locales, se viene realizando, desde el año 2003, mediante la aplicación de dos (2) procedimientos distintos, independientes uno del otro; el primero de ellos, sujeto al sistema de acreditación, de conformidad a lo establecido en la Ley del Sistema de Acreditación de los Gobiernos Regionales y Locales, Ley N° 28273 y su Reglamento y, el segundo, sujeto al cumplimiento de mecanismos de verifi cación; Que, para el caso de la transferencia de los fondos, programas, proyectos, empresas, infraestructura y otros instrumentos, se han venido aprobando, cada año, normas, procedimientos y plazos específi cos, en coordinación con los Sectores, para cada caso en particular, los cuales han propuesto, además, los requisitos específi cos (mecanismos de verifi cación) correspondientes, a ser cumplidos por los Gobiernos Regionales o Locales, según corresponda; Que, sobre la base de la experiencia obtenida en dichas transferencias, el ex Consejo Nacional de Descentralización (hoy Secretaría de Descentralización), en julio del 2006, consideró conveniente emitir una Directiva de carácter general aplicable a las transferencias que se consideren en los planes anuales de transferencia; aprobando, para tal efecto, mediante Resolución Presidencial N° 058-CND-P-2006, la Directiva N° 004-CND-P-2006: “Normas para la Ejecución de las Transferencias a los Gobiernos Regionales y Locales, de los Fondos y Proyectos Sociales, Programas Sociales de Lucha contra la Pobreza, Proyectos de Inversión de Infraestructura Productiva de Alcance Regional y Funciones Sectoriales, incluidos en los Planes Anuales de Transferencia”, actualmente vigente, por la cual se establecieron disposiciones generales y los procedimientos para ejecutar dichas transferencias, manteniendo ambos procedimientos, antes mencionados; Que, es necesario aprobar una Directiva que unifique dichos procedimientos y se constituya en una herramienta fundamental de la descentralización administrativa del Estado, que contemple; i) los distintos procedimientos de transferencia, entre otros, la delegación de competencias, del Gobierno Nacional a los Gobiernos Regionales y Locales o de los Gobiernos Regionales a los Gobiernos Locales, según corresponda, que deberán aplicarse según el fondo, programa, proyecto, empresa, infraestructura u otro instrumento, que sea objeto de transferencia; ii) la situación y grado de avance en que se encuentre el ejercicio de las funciones transferidas y la prestación de los servicios públicos asociados; iii) el nivel de desarrollo e implementación institucional de los gobiernos subnacionales receptores, al momento de su transferencia; y, iv) la necesidad de realizar una adecuada gestión descentralizada intergubernamental de las funciones y servicios asociados, orientados al ciudadano; De conformidad con las Leyes Nºs. 27783, 28273, 27867, 27972, 29158 y 27444, el Decreto Supremo N° 007-2007-PCM y otras normas correspondientes y, en uso de las atribuciones dispuestas por el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Decreto Supremo Nº 063- 2007-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobación de Directiva Aprobar la Directiva N° 004-2009-PCM/SD: “Directiva para la Transferencia de Fondos, Programas, Proyectos, Empresas, Infraestructura y Otros Instrumentos asociados a las funciones transferidas a los Gobiernos Regionales y Locales, y la utilización de la Delegación de Competencias entre niveles de Gobierno, en el marco del Proceso de Descentralización”, que en Anexo forma parte de la presente resolución y será aplicable a partir de la publicación de la misma. Artículo 2º.- Derogatoria deResolución Presidencial N° 058-CND-P-2006 Derogar la Resolución Presidencial N° 058-CND- P-2006, que aprobó la Directiva N° 004-CND-P-2006: “Normas para la Ejecución de las Transferencias a los Gobiernos Regionales y Locales, de los Fondos y Proyectos Sociales, Programas Sociales de Lucha contra la Pobreza, Proyectos de Inversión de Infraestructura Productiva de Alcance Regional y Funciones Sectoriales, incluidos en los Planes Anuales de Transferencia”, la cual queda sin efecto a partir de la publicación de la presente resolución. Artículo 3º.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Secretarial en el Diario Oficial El Peruano y en