Norma Legal Oficial del día 26 de noviembre del año 2009 (26/11/2009)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 29

El Peruano MORDAZA, jueves 26 de noviembre de 2009

NORMAS LEGALES
Etapa 2: Certificacion

406591

mismas. El nivel de experiencia que debera sustentar el Gobierno Subnacional, sera estipulado por el Sector en la directiva especifica que se apruebe para la transferencia de los instrumentos que se programen. Aplicacion Se aplicara a la transferencia de los instrumentos definidos en la presente directiva, incluso los relativos a otras formas de organizacion, como son las formas piloto de gestion y otras que tengan a bien definir los Sectores en coordinacion con la Secretaria de Descentralizacion, vinculadas a servicios sensibles y estrategicos (salud, educacion y desarrollo social, entre otros), y a servicios de alta especializacion asociados a sistemas nacionales. Etapas Las siguientes etapas se ejecutaran en el MORDAZA de lo dispuesto en la Directiva Nº 001-2007-PCM/SD, aprobada por la Resolucion de Secretaria de Descentralizacion Nº 003-2007-PCM/SD; la Directiva Nº 006-2007-PCM/ SD, aprobada por la Resolucion de Secretaria de Descentralizacion Nº 025-2007-PCM/SD; y, la Directiva Nº 003-2008-PCM/SD, aprobada por la Resolucion de Secretaria de Descentralizacion Nº 044-2008-PCM/SD, en lo que resulte aplicable. Se ejecutaran las siguientes etapas: Etapa 1: Compromiso de Delegacion - El Gobierno Nacional y los Gobiernos Subnacionales, delegantes y delegatarios, segun corresponda, presentaran la Resolucion Ministerial (en caso del Gobierno Nacional) o el acuerdo del Consejo Regional o del Concejo Municipal (en caso de los Gobiernos Subnacionales), refrendados por la respectivas Resoluciones Ejecutivas Regionales o las Resoluciones de Alcaldia, segun corresponda; por los cuales se comprometen a delegar, en el primer caso y asumir la delegacion de competencias, en el MORDAZA, como paso inicial hacia la transferencia definitiva de las mismas al gobierno delegatario. Adicionalmente, MORDAZA partes deberan comprometerse a: o Cumplir o implementar, segun corresponda, los requisitos generales senalados en el Art. 7º de la Ley Nº 28273, Ley del Sistema de Acreditacion de los Gobiernos Regionales y Locales, o los requisitos generales particulares que se hayan establecido, segun corresponda, en caso que la administracion de los instrumentos, que MORDAZA materia de transferencia, requiera de la elaboracion e implementacion de documentos de gestion adicionales a los senalados en el Art. 7º de la Ley Nº 28273, Ley del Sistema de Acreditacion de los Gobiernos Regionales y Locales, MORDAZA mencionada. o Cumplir con los requisitos especificos y/o los requisitos especificos particulares, segun corresponda, exigidos para administrar los instrumentos que MORDAZA materia de transferencia. o Cumplir con la implementacion de los compromisos asumidos en los Convenios MORDAZA Intergubernamentales, suscritos, por el delegante y el delegatario, en la etapa de certificacion de las funciones transferidas. o Cumplir con la implementacion de los compromisos asumidos en los Convenios de Gestion, suscritos, por el delegante y el delegatario, para el seguimiento y monitoreo de las funciones y/o instrumentos transferidos, a traves de los correspondientes indicadores de gestion. - Estos compromisos asi como los terminos y condiciones de la delegacion de competencias, acordadas por las partes, deberan constar tanto en el Acta de Compromiso como en el Convenio de Delegacion, que seran suscritos por las partes involucradas, segun lo estipulado en la presente directiva, para la transferencia de funciones y/o instrumentos asociados a las mismas. - En tanto no se extinga la delegacion, el delegatario se MORDAZA cargo de las competencias delegadas, siendo responsabilidad de las partes tomar las medidas pertinentes a fin de asegurar un adecuado servicio al ciudadano y su respectiva continuidad.

Esta etapa se ejecuta luego de transcurrido el periodo de delegacion establecido, incluido el periodo de vigilancia, si es el caso (que incluira la ejecucion del respectivo Plan de Recuperacion, en caso corresponda), al cabo del cual se sometera al delegatario a la evaluacion de cumplimiento de los terminos y condiciones del Convenio de Delegacion suscrito por las partes, hasta lograr la transferencia definitiva de las competencias, como fin ultimo, en caso proceda. En esta etapa se considera la elaboracion de los siguientes documentos: a) Informe Situacional del Sector Es el documento de calificacion, por el cual el Sector declara que un Gobierno Regional o Local ha cumplido o no con los terminos y condiciones de la delegacion de competencias, y demas compromisos asumidos en el correspondiente Convenio de Delegacion; y, por lo tanto, lo declara APTO o POR POTENCIAR, segun corresponda, para acceder a la transferencia de los instrumentos asociados a las funciones transferidas. Sera suscrito por el Presidente de la Comision Sectorial de Transferencia (entrega), y presentado a la Secretaria de Descentralizacion para la respectiva concordancia. b) Informe Situacional del Gobierno Regional Es el documento de auto calificacion, por el cual el Gobierno Regional o Local declara que ha cumplido o no con los terminos y condiciones de la delegacion de competencias, contenido en el correspondiente Convenio de Delegacion; y, por lo tanto, se declara APTO o POR POTENCIAR, segun corresponda, para acceder a la transferencia de determinados instrumentos asociados a las funciones transferidas. Sera suscrito por el Presidente de la Comision Regional de Transferencia (recepcion), y presentado a la Secretaria de Descentralizacion para la respectiva concordancia. c) Informe de Concordancia Es el documento mediante el cual se establece la concordancia o discordancia entre las conclusiones de los informes situacionales presentados, tanto por el Sector como por el Gobierno Subnacional correspondiente, para la transferencia de determinados instrumentos asociados. Es elaborado por la Secretaria de Descentralizacion y podra concluir lo siguiente: - En caso que el Sector y el Gobierno Subnacional hayan declarado, en sus respectivos informes situacionales, que el Gobierno Subnacional esta APTO para acceder a la transferencia de determinados instrumentos asociados, la Secretaria de Descentralizacion lo declarara tambien APTO; y, recomendara que se emita la resolucion de acreditacion correspondiente, y que se suscriba un Convenio MORDAZA Intergubernamental con acciones de cooperacion, a fin de mejorar y consolidar las capacidades de gestion existentes de los instrumentos transferidos. - En caso que el Sector y/o el Gobierno Subnacional hayan declarado, en sus respectivos informes situacionales, que el Gobierno Subnacional esta POR POTENCIAR para acceder a la transferencia de determinados instrumentos asociados, la Secretaria de Descentralizacion lo declarara tambien POR POTENCIAR; y, recomendara que se proceda a la extincion de la delegacion, segun los casos expuestos en la presente directiva o, en su defecto, que las partes acuerden renovar el compromiso de delegacion, analizando los terminos y condiciones de la misma sobre la base de las experiencias obtenidas en el periodo de delegacion anterior. Etapa 3: Acreditacion Esta etapa contempla la emision de la respectiva resolucion de acreditacion, por parte de la Secretaria de Descentralizacion, una vez que el Informe de Concordancia, sobre el cual se MORDAZA, declare que el Gobierno Subnacional se encuentra APTO para acceder a la transferencia de los instrumentos delegados, y recomiende la acreditacion correspondiente.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.