Norma Legal Oficial del día 13 de agosto del año 2010 (13/08/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 34

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 13 de agosto de 2010

todas las administraciones del Modulo Basico de Justicia, Modulos Corporativos y lugares de atencion jurisdiccional en donde cuenten con un Administrador responsable, el Libro de Defensa del Usuario Judicial, en un lugar visible y facilmente accesible al publico. Para tal efecto, se dispone ENCARGAR a la Oficina de Administracion Distrital la implementacion de una senalectica adecuada en los locales judiciales que oriente y permita al publico usuario conocer la existencia y ubicacion exacta del Libro de Defensa del Usuario Judicial, asi como la colocacion de un aviso que indique el modo de empleo y el derecho que tienen los usuarios a solicitarlo para hacer constar sus denuncias respectivas. Articulo Sexto.- Derecho de los usuarios a que le faciliten el Libro de Defensa del Usuario Judicial Los ciudadanos tienen derecho a que los Administradores le faciliten el Libro de Defensa del Usuario Judicial para hacer constar sus reclamos correspondientes o para tomar conocimiento de su contenido. Los usuarios podran comunicar a la ODECMA el incumplimiento de la presente disposicion por parte de los administradores de modulos, a traves del correo electronico odecmalima@pj.gob.pe, telefonos de ODECMA 4101818 anexos 13011 y 13299 o personalmente en la Sede de dicha Oficina Desconcentrada, a fin de que adopte las medidas disciplinarias que correspondan. Articulo Setimo.- Notificacion y publicacion ENCOMENDAR a la Oficina de Administracion Distrital la notificacion del presente documento a los Administradores de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA y a la Oficina de Prensa la notificacion a todos los Magistrados via correo electronico y su publicacion en el MORDAZA web de esta Corte Superior y en el Diario Oficial El Peruano. Articulo Octavo.- Pongase la presente resolucion a conocimiento de la Presidencia del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, Gerencia General, Oficina de Control de la Magistratura, Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura y Oficina de Administracion Distrital, para los fines pertinentes. Publiquese, registrese, cumplase y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente MORDAZA GIOVANI MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA TAGUCHE MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 530198-1

de fecha diez de agosto del ano en curso, la Resolucion Administrativa Nº 059-2010-CE-PJ, de fecha cuatro de febrero del ano en curso; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Oficio S/N-II-09/6º Y 7º JTT (Ingreso Nº 58700 -10), la doctora Xuany MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Magistrada del MORDAZA Juzgado Transitorio Especializado de Trabajo y el doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Magistrado del Setimo Juzgado Transitorio Especializado de Trabajo, solicitan el cierre de turno de sus respectivas Judicaturas; senalan que, desde su creacion han recibido abundante carga procesal ­ demandas pendientes de calificar - , no obstante que la Resolucion Administrativa Nº 226-2009-CE-PJ, de fecha veintiseis de MORDAZA de dos mil nueve, dispuso que empezarian sus funciones con carga cero, a lo que se debe agregar lo insuficiente del numero personal asignado - seis servidores ­ lo que retrasa la calificacion de las demandas. Que, mediante Oficio Nº 973-2010-ADP/CSJLIPJ, la Jefa del Area de Desarrollo de la Presidencia remite el Informe Nº 026-2010-FAA-ADP-CSJL-PJ, pronunciandose con relacion a la propuesta formulada por los magistrados MORDAZA referidos, concluyendo, luego del analisis estadistico y la constatacion in situ, que el MORDAZA y Setimo Juzgado Transitorio Especializado de Trabajo cuentan con una carga procesal elevada y creciente, la que redunda en perjuicio de los justiciables al no haber una distribucion equitativa de procesos judiciales que permita su resolucion oportuna, razon por la cual considera viable la propuesta formulada en atencion a que con MORDAZA se busca equiparar la carga procesal de los mencionados organos jurisdiccionales con la del 30º, 31º, 32º, 33º y 34º Juzgado Especializado de Trabajo con Sub Especialidad Previsional. Que, en tal sentido, habiendose evaluado y merituado los documentos MORDAZA precisados, este Organo de Gestion Distrital considera pertinente disponer el cierre de turno solicitado por los Magistrados del MORDAZA y Setimo Juzgado Transitorio Especializado de Trabajo, atendiendo a que con dicha medida se busca promover una adecuada distribucion de la carga procesal entre los organos jurisdiccionales de la referida especialidad la que redituara en beneficio de los justiciables. Que, de conformidad con el inciso 6 y 19 del articulo 96º de la Ley Organica del Poder Judicial, son atribuciones del Consejo Ejecutivo Distrital fijas los turnos de las MORDAZA y juzgados asi como adoptar los acuerdos y demas medidas necesarias para que las dependencias del Poder Judicial correspondientes, funcionen con eficiencia y oportunidad. Por los fundamentos expuestos, el Consejo Ejecutivo Distrital, en sesion ordinaria de la fecha; RESUELVE: Articulo Primero.- Disponer el cierre de turno en el MORDAZA y Setimo Juzgado Transitorio Laboral de MORDAZA hasta que su carga procesal se nivele con la asignada a los demas organos jurisdiccionales de la referida especialidad. Articulo Segundo.- Encargar al Area de Desarrollo de la Presidencia, la remision mensual de un informe con respecto al estado de la nivelacion de la carga procesal entre el 30º, 31º, 32º, 33º, 34º y 35º Juzgado Especializado de Trabajo con Subespecialidad Previsional de MORDAZA y el MORDAZA y Setimo Juzgado Transitorio Laboral de Lima. Articulo Tercero.- Disponer que las demandas pendientes de calificar, a la fecha de publicacion de la presente resolucion administrativa, en el MORDAZA y Setimo Juzgado Laboral Transitorio de MORDAZA deberan ser distribuidas de manera aleatoria entre los Juzgados Laborales Previsionales constituidos mediante Resolucion Administrativa Nº 059-2010-CE-PJ. Articulo Cuarto.- Encargar al Area de Desarrollo de la Presidencia, coordine con la Gerencia de Informatica del Poder Judicial, la adecuacion en forma oportuna del sistema informatico. Articulo Quinto.- Encargar que la Oficina de Personal brinde el apoyo de personal requerido a los organos jurisdiccionales destinatarios de la redistribucion de

Disponen el cierre de turno en el MORDAZA y Setimo Juzgado Transitorio Laboral de MORDAZA y dictan disposiciones para la distribucion de demandas pendientes de calificar en otros juzgados
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MORDAZA CONSEJO EJECUTIVO DISTRITAL RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 31-2010-CED-CSJLI-PJ MORDAZA, 11 de agosto de 2010 VISTOS: El Oficio S/N-II-09/6º y 7º JTT, de fecha cinco de MORDAZA del ano en curso; el Oficio Nº 973-2010-ADP/CSJLI-PJ

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