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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE AGOSTO DEL AÑO 2010 (13/08/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 36

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 13 de agosto de 2010 423738 VISTOS: La Resolución Nº 0458-2010-ANR de fecha 13 de mayo de 2010 y memorandos Nºs 398-2010-ANR de fecha 26 de abril de 2010 y 563-2010-ANR de fecha 11 de junio de 2010; CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 28021 de fecha 10 de julio de 2003, se crea la Universidad de Administración de Negocios- ESAN con el carácter de persona jurídica de derecho privado sin fi nes de lucro, denominada Universidad ESAN con arreglo a la Ley Nº 23733 y sus normas modifi catorias y complementarias; Que, en la Resolución Nº 0458-2010-ANR de fecha 13 de mayo de 2010, que declara la creación de una Facultad y tres carreras profesionales en la precitada universidad; por error se consigna el nombre de “Universidad Escuela Superior de Administración de Negocios-ESAN, en lugar de Universidad ESAN; Que, mediante memorando de vistos, el Secretario Ejecutivo, dispone la modifi cación de la Resolución Nº 0458- 2010-ANR, conforme a lo solicitado con memorando Nº 398- 2010-SE; en la forma siguiente: Dice: “Universidad Escuela Superior de Administración de Negocios-ESAN” Debe decir: Universidad ESAN; Estando a la autorización de la Alta Dirección; y, En uso de las atribuciones conferidas al Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores, en virtud de lo dispuesto en la Ley Universitaria Nº 23733, y en el Reglamento General de la Comisión de Coordinación Interuniversitaria; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modifi car la Resolución Nº 0458- 2010-ANR de fecha 11 de mayo de 2010, en la parte pertinente al nombre de la universidad; en los siguientes términos: Dice: “Universidad Escuela Superior de Administración de Negocios-ESAN” Debe decir: Universidad ESAN Artículo 2º.- Precisar que los demás extremos de la Resolución Nº 0458-2010-ANR de fecha 11 de mayo de 2010, quedan subsistentes. Artículo 3º.- Publíquese la presente resolución, en el Diario Ofi cial El Peruano y en la página Web de la Institución. Regístrese y comuníquese. ELIO IVÁN RODRÍGUEZ CHÁVEZ Rector de la Universidad Ricardo Palma y Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores RAÚL MARTÍN VIDAL CORONADO Secretario General de la Asamblea Nacional de Rectores 529541-2 Incorporan y registran firmas de los rectores de la Universidad Científica del Perú y de la Universidad Privada Telesup S.A.C. como miembros del Pleno de la Asamblea Nacional de Rectores COMISIÓN DE COORDINACIÓN INTERUNIVERSITARIA RESOLUCIÓN Nº 0712-2010-ANR Lima, 4 de agosto de 2010 EL PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES VISTO: El acuerdo de la Comisión de Coordinación Interuniversitaria y del Pleno de Rectores reunidos en sesión extraordinaria llevada a cabo el 25 de junio de 2010, y; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 90º de la Ley Universitaria Nº 23733, concordante con el artículo 7º del Reglamento General de la Comisión de Coordinación Interuniversitaria, la Asamblea Nacional de Rectores está conformada por los Rectores de las universidades públicas y privadas del país; Que, con fecha 19 de agosto de 2009, el docente Juan Remigio Saldaña Rojas solicitó medida cautelar Innovativa ante el Primer Juzgado Civil de Maynas, a fi n de que en aplicación del artículo 224° del Estatuto de la Universidad se disponga que el Profesor Principal de mayor antigüedad de esta Casa Superior de Estudios, Dr. Hugo Sigifredo Cruz Ulloa asuma el Rectorado de la Universidad Científi ca del Perú (antes Universidad Particular de Iquitos) y proceda a convocar a la Asamblea Universitaria para la elección del Rector y Vicerrector dentro de los treinta días siguientes; Que, mediante Resolución numero Uno de fecha 27 de agosto de 2009, el Primer Juzgado Civil de Maynas resolvió rechazar la medida cautelar solicitada; interponiendo el demandante dentro del plazo de ley el recurso impugnatorio de apelación en contra de la mencionada resolución; Que, mediante Resolución número Nueve de fecha 10 de noviembre de 2009 la Sala Civil de la Corte Superior de Loreto falló REVOCANDO la resolución número UNO de fecha 27 de agosto de 2009 que rechaza la medida cautelar solicitada por Juan Remigio Saldaña Rojas, REFORMÁNDOLA declaró FUNDADA la medida cautelar innovativa solicitada, en consecuencia, en aplicación de lo dispuesto por el Estatuto de la Universidad Científi ca del Perú (antes Universidad Particular de Iquitos) ordenaron que el profesor principal de mayor antigüedad de la misma, asuma el rectorado; lo cual es ejecutado, según acta de ejecución de medida cautelar, de fecha primero de diciembre del 2009, suscrita por la secretaria judicial del Primer Juzgado Civil; Que, mediante Resolución 212-2009-UCP-R se convoca a Asamblea Universitaria con la finalidad de elegir al rector y vicerrector el día 26 de febrero del año 2010 a las 9am del día; que en la fecha antes citada, se constituyó la Asamblea Universitaria, verificada la asistencia de la totalidad de sus integrantes, se procedió a dar cumplimiento a la Agenda que contenía como punto Único, la Elección del Rector y Vicerrector, cumpliéndose el acto electoral de acuerdo con lo señalado en la Ley Universitaria N° 23733, y el Estatuto de la Universidad; luego del sufragio y verificado el Cómputo Final, por mayoría Absoluta resultó elegido como Rector de la Universidad Científica del Perú el doctor Juan Remigio Saldaña Rojas, quien fue proclamado como tal asumiendo el cargo inmediatamente;