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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 13 de agosto de 2010 423739 Que, el señor Juez del Primer Juzgado Civil de Maynas, mediante Ofi cio N° 218-PJECM-AMG-PMDR de fecha 18 de marzo de 2010 dirigido al Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores hace llegar copia certifi cada de la Resolución N° 29 del 05 de marzo del 2009 a fi n de que proceda conforme a ley, igualmente acompaña copia certifi cada de los actuados pertinentes, entre ellos el acta de Sesión Extraordinaria de Asamblea Universitaria realizada el 26 de febrero de 2010 en la Universidad Científi ca del Perú y en la que se elige como Rector de la Universidad Científi ca del Perú (antes Universidad Particular de Iquitos) al doctor Juan Remigio Saldaña Rojas; Que, con ofi cio Nº 076-2010-UCP- R con registro de mesa de partes Nº 113811 de fecha 03 de marzo de 2010, el Secretario General de la Universidad Científi ca del Perú remite a la Asamblea Nacional de Rectores copia legalizada de la Resolución N° 096-2010-UCP- R de fecha 26 de febrero de 2010, mediante la cual se reconoce como rector electo de la mencionada Casa Superior de Estudios al doctor Juan Remigio Saldaña Rojas, a partir del 26 de febrero de 2010 hasta el 25 de febrero de 2015; Que, mediante Oficio Nº 085-2010-UCP-SG de fecha 09 de marzo de 2010 con registro de mesa de partes Nº 114310, el doctor Juan Remigio Saldaña Rojas remite la relación de autoridades de la Universidad Científica del Perú, solicitando el correspondiente registro de firmas en la Asamblea Nacional de Rectores; Que, mediante ofi cio Nº 051-2010-UCP- R de fecha 24 de junio de 2010, con registro de mesa de partes Nº 122079, el doctor Juan Remigio Saldaña Rojas, solicita formalmente su incorporación como miembro de la Asamblea Nacional de Rectores así como el reconocimiento de la nuevas autoridades universitarias; Que, la Comisión de Coordinación Interuniversitaria y el Pleno de Rectores reunidos en sesión extraordinaria de fecha 25 de junio de 2010, ante los sucesos acontecidos sobre el proceso electoral de las autoridades universitarias de la Universidad Científi ca del Perú y de la Medida Cautelar innovativa otorgada por la Sala Mixta de Loreto, acordó incorporar al pleno de rectores al doctor Juan Remigio Saldaña Rojas; Estando a lo acordado; De conformidad con la Ley Universitaria Nº 23733 y en uso de las atribuciones otorgadas al Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores en virtud del Reglamento General de la Comisión de Coordinación Interuniversitaria; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Incorporar y registrar la fi rma del señor rector de la Universidad Científi ca del Perú, doctor Juan Remigio Saldaña Rojas, como miembro del Pleno de la Asamblea Nacional de Rectores, en virtud al mandato judicial. Artículo 2º.- Establecer que la condición de miembro del Pleno de Rectores, estará vigente en tanto subsista el mandato judicial. Artículo 3º.- Encargar a la Secretaria Ejecutiva y a la Secretaria General de la Asamblea Nacional de Rectores, el cumplimiento de la presente resolución. Artículo 4º.- Publicar copia de la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano y en la página web de la Institución. Regístrese y comuníquese. ELIO IVÁN RODRÍGUEZ CHÁVEZ Rector de la Universidad Ricardo Palma y Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores RAÚL MARTÍN VIDAL CORONADO Secretario General de la Asamblea Nacional de Rectores 529540-1 COMISIÓN DE COORDINACIÓN INTERUNIVERSITARIA RESOLUCIÓN Nº 0713-2010-ANR Lima, 4 de agosto de 2010 EL PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES VISTOS: Los ofi cios Nº 028-2010-R/UPTELESUP, de fecha 03 de agosto de 2010; Nº 26-2010-UPTELESUP-R, de fecha 08 de julio de 2010; Nº 23-2010-R, de fecha 27 de abril de 2010; solicitud de fecha 21 de diciembre de 2009; Informes Nos. 386 y 179-2010-DGAJ; resolución Nº 573-2009-CONAFU; ofi cio Nº 863-2010-SE/SG, y memorando Nº 261-2010-SE de fecha 17 de marzo de 2010, y; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90º la Ley Nº 23733 Ley Universitaria, concordante con el artículo 7º del Reglamento General de la Comisión de Coordinación Interuniversitaria, la Asamblea Nacional de Rectores está conformada por los Rectores de las universidades públicas y privadas del país; Que, el Consejo Nacional para la Autorización de Funcionamiento de Universidades, por Resolución Nº 573- 2009-CONAFU de fecha 20 de noviembre de 2009 otorga la autorización defi nitiva de funcionamiento a la Universidad Privada Telesup luego del período mínimo de evaluación de cinco años establecido en el artículo 83º del Reglamento de Funcionamiento, Evaluación y Certifi cación Institucional de Universidades y Escuelas de Posgrado bajo competencia del mencionado Consejo, aprobado por Resolución Nº 100-2005-CONAFU de fecha 23 de marzo de 2005; Que, mediante escrito recibido en mesa de partes de la ANR el 03 de agosto de 2010, con la documentación sustentatoria, la Universidad Privada Telesup SAC., informa que el día 16 de mayo del año 2009, la Junta General de Accionistas reunida en sesión extraordinaria ha elegido al Doctor Walter Manrique Pacheco como rector de esa casa superior de estudios para el período de cinco años computados del 16 de mayo de 2009 al 15 de mayo de 2014; Que, mediante memorando de vistos, el Secretario Ejecutivo dispone se elabore una resolución por la que se registre y se incorpore como Rector a la nueva autoridad de la Universidad Privada Telesup SAC., al Pleno de Rectores de la Asamblea Nacional de Rectores; Estando a la autorización de la Alta Dirección y al Informe Nº 179-2010-DGAJ; De conformidad con la Ley Universitaria Nº 23733 y en uso de las atribuciones otorgadas al Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores en virtud del Reglamento General de la Comisión de Coordinación Interuniversitaria y con cargo a dar cuenta al Pleno de Rectores; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Incorporar y registrar la fi rma del señor rector de la Universidad Privada Telesup SAC., Doctor Walter Manrique Pacheco, como miembro del Pleno de la Asamblea Nacional de Rectores, a partir de la vigencia de la presente resolución. Artículo 2º.- Establecer que la condición de miembro del Pleno de Rectores, está vigente desde el 03 de agosto de 2010 al 15 de mayo de 2014. Articulo 3º.- Encargar a la Secretaria Ejecutiva y a la Secretaria General de la Asamblea Nacional de Rectores, el cumplimiento de la presente resolución.