TEXTO PAGINA: 27
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 8 de enero de 2010 410589 implementación del Plan Esencial de Aseguramiento en Salud (PEAS), en la Ciudadela Pachacútec, ubicada en el Distrito de Ventanilla de la Provincia Constitucional del Callao. Regístrese, comuníquese y publíquese. OSCAR RAUL UGARTE UBILLUZ Ministro de Salud 443444-1 VIVIENDA Declaran concluido el Proceso de Efectivización de la Transferencia en materia de vivienda y saneamiento al Gobierno Regional de Lima, respecto a diversas funciones contenidas en la Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 336-2009-VIVIENDA Lima, 30 de diciembre del 2009. CONSIDERANDO: Que, el artículo 58 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece, las funciones específicas en materia de vivienda y saneamiento, que ejercen los Gobiernos Regionales en base a las políticas regionales, las cuales se formulan en concordancia con las políticas nacionales de dicha materia; Que, mediante Decreto Supremo Nº 036-2007-PCM, se aprobó el “Plan de Transferencia de Competencias Sectoriales, a los Gobiernos Regionales y Locales del año 2007” en adelante el Plan, estableciéndose que el Sector Vivienda en el año 2007 le correspondería la transferencia de las funciones sectoriales establecidas en los incisos a), b), c), d), e), f) y h) del artículo 58 de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; Que, con Decreto Supremo Nº 001-2008-PCM se amplió el plazo para culminar la transferencia de competencias y funciones, programadas en el Plan hasta el 31 de marzo del 2008, plazo que fue ampliado hasta el 31 de diciembre del 2008 por el Decreto Supremo Nº 029-2008-PCM y posteriormente hasta el 31 de diciembre del 2009 por el Decreto Supremo Nº 083-2008-PCM; Que, mediante Resolución de Secretaria de Descentralización Nº 003-2007-PCM/SD, se aprobó la Directiva Nº 001-2007-PCM/SD Normas para la Ejecución de la Transferencia del año 2007 a los Gobiernos Regionales y Locales de las Funciones Sectoriales incluidas en los Planes Anuales de Transferencia; Que, el literal g) del numeral 5.1.9 de la Directiva Nº 001-2007-PCM/SD, dispone que los Ministerios emitirán la respectiva Resolución Ministerial que formaliza la transferencia de las Funciones Sectoriales, especifi cando cada una de las funciones establecidas en la Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales; Que, mediante la Resolución de la Secretaría de Descentralización Nº 021-2008-PCM/SD, se acreditó al Gobierno Regional de Lima, a efectos que reciba las funciones especifi cas establecidas en los incisos a), b), c), d), e), f) y h) del artículo 58 de la Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales; Que, de acuerdo con los Informes Finales de Transferencias de Funciones Sectoriales del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y, a través de la suscripción de las Actas de Entrega y Recepción, se ha formalizado la transferencia de Sector Vivienda a favor del Gobierno Regional de Lima; Que, en consecuencia, resulta procedente dar por concluido el proceso de transferencia de las funciones del Sector Vivienda al Gobierno Regional de Lima, comprendidas en el “Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del año 2007”; Que, con la visación de los miembros de la Comisión del Sector Vivienda responsable del proceso de transferencia de competencias, funciones, atribuciones y recursos asociados a favor de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, del Secretario General, del Director General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica y de la Directora General de la Ofi cina General de Planifi cación y Presupuesto; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27867, la Ley Nº 27792, el Decreto Supremo Nº 036-2007-PCM, el Decreto Supremo Nº 001-2008-PCM, el Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA, modifi cado por Decreto Supremo Nº 045-2006-VIVIENDA, la Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 003-2007/PCM/SD y la Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 021-2008-PCM/ SD; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar concluido el Proceso de Efectivización de la Transferencia en materia de vivienda y saneamiento, al Gobierno Regional de Lima, respecto de las funciones a), b), c), d), e). f) y h) del artículo 58 de la Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales, consideradas en el “Plan Anual de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del año 2007”, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 036-2007-PCM. Artículo 2º.- Establecer que a partir de la fecha el Gobierno Regional de Lima, es competente para el ejercicio de las funciones a que se refiere el artículo anterior. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN SARMIENTO SOTO Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 442923-1 Designan representante titular del Viceministerio de Vivienda y Urbanismo ante la Comisión Multisectorial de Naturaleza Temporal constituida por R.S. Nº 006-2008-VIVIENDA RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 005-2010-VIVIENDA Lima, 7 de enero de 2010 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 006-2008- VIVIENDA, se constituyó la Comisión Multisectorial de Naturaleza Temporal, encargada de proponer las reformas y mejoras en el marco del Contrato de Préstamo Nº 7368-PE de fecha 03 de noviembre de 2006, suscrito entre la República del Perú y el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento – BIRF vigente al 31 de diciembre de 2011, la misma que está conformada entre otros, por un representante del Viceministerio de Vivienda y Urbanismo del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; Que, con Resolución Ministerial Nº 072-2009- VIVIENDA, se designó al arquitecto David Alfonso Ramos López, Director Nacional de Vivienda, como representante titular del Viceministerio de Vivienda y Urbanismo del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento ante la referida Comisión; Que, por Resolución Ministerial Nº 255-2009-VIVIENDA, se aceptó la renuncia del mencionado funcionario al cargo de Director Nacional de Vivienda, siendo por lo tanto necesario dar por concluida su designación como representante del Viceministerio de Vivienda y Urbanismo del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento ante dicha Comisión; De conformidad con lo dispuesto en las Leyes Nºs. 27594, 27792 y 29158, modifi cada por la Ley Nº 29209, y el Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA modifi cado por el Decreto Supremo Nº 045-2006-VIVIENDA;