Norma Legal Oficial del día 12 de enero del año 2010 (12/01/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

El Peruano MORDAZA, martes 12 de enero de 2010

NORMAS LEGALES

411017

Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA QUESQUEN Presidente del Consejo de Ministros
444606-4

AGRICULTURA
Designan funcionario responsable de brindar informacion en el MORDAZA de Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica
RESOLUCION JEFATURAL Nº 0001-2010-INIA

La MORDAZA, 8 de enero de 2010 CONSIDERANDO: Que, por Resolucion Jefatural Nº 0017-2008-INIEA, de fecha 16 de enero 2008, se designo como Responsable de brindar informacion a que se contrae el articulo 3° de la Ley Nº 27806, modificada por la Ley Nº 27927, al Lic. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Robalino, Secretario General del Instituto Nacional de Innovacion Agraria - INIA; Que, mediante la Resolucion Jefatural Nº 002512009-INIA, se acepto la renuncia del Lic. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Robalino, como Secretario General del Instituto Nacional de Innovacion Agraria - INIA; Que, en consecuencia resulta necesario, designar al funcionario que sera responsable de brindar la informacion referida al articulo 3° de la Ley Nº 27806, modificada por la Ley Nº 27927; Estando a las facultades conferidas por el Reglamento de Organizacion y Funciones - ROF del INIA, aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2005-AG; y con la visacion del Director General de la Oficina de Asesoria Juridica; SE RESUELVE. Articulo 1°.- Designar al Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como funcionario Responsable de brindar informacion a que se refiere el articulo 3° de la Ley Nº 27806, modificada por la Ley Nº 27927. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA PIANA Jefe Instituto Nacional de Innovacion Agraria
444183-1

Que, por Decreto Supremo Nº 011-2008-DE de fecha 8 MORDAZA 2008, se aprobo el Reglamento de la Ley de Ascensos de los Oficiales de las Fuerzas Armadas; Que, por Ley Nº 29219, se modifica determinados articulos de la Ley Nº 28359, Ley de Situacion Militar de los Oficiales de las Fuerzas Armadas, entre los cuales se modifico el articulo 7º de dicha Ley, en lo concerniente al tiempo minimo de anos de servicio en el grado militar, asi como el tiempo minimo de anos de servicios reales y efectivos para ascender al grado de General de Brigada, Contralmirante o Mayor General asi como para el ascenso al grado de General de Division, Vicealmirante o MORDAZA General; Que, mediante Decreto Supremo Nº 020-2008-DE/SG de fecha 10 de setiembre de 2008, se modificaron entre otros el articulo 7º y los Anexos 1, 2, y 3 del Reglamento de la Ley de Situacion Militar de los Oficiales de las Fuerzas Armadas, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2005-DE/SG de fecha 14 de febrero de 2005; Que, el articulo 3º del Decreto Supremo Nº 020-2008DE/SG de fecha 10 de setiembre de 2008, establece que el periodo de transitoriedad no excedera al MORDAZA de ascenso 2016 (Promocion 2017), disponiendose en los Anexos MORDAZA referidos, la implementacion de la transitoriedad en cada Institucion Armada; Que, con la Ley Nº 29404, se modifico el articulo 7º de la Ley Nº 29108 "Ley de Ascensos de los Oficiales de las Fuerzas Armadas" en lo referente al tiempo minimo de servicio real y efectivo en el grado militar, asi como el tiempo de anos de servicios como oficial, encargando su reglamentacion al Ministerio de Defensa en un plazo de treinta (30) dias utiles; De conformidad con lo dispuesto en el inciso 8 del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; A lo acordado con el Ministro de Defensa; DECRETA: Articulo 1º.- Modificar el articulo 7º del Reglamento de la Ley de Ascensos de Oficiales de las Fuerzas Armadas aprobado por Decreto Supremo Nº 0112008-DE de fecha 8 de MORDAZA de 2008. "Articulo 7º.- Tiempo de servicios real y efectivo en el grado militar El tiempo minimo de anos de servicio en cada grado militar, es computado al 31 de diciembre del ano anterior a la promocion de ascenso, en atencion a los requisitos establecidos para cada grado y que a continuacion se detallan: a. Oficiales procedentes de las Escuelas de Formacion
Para ascender al grado de: MORDAZA o MORDAZA MORDAZA Anos en el grado Anos de servicio como Oficial 4 anos 8 anos 12 anos 17 anos 22 anos 28 anos 33 anos

DEFENSA
Modifican el Reglamento de la Ley de Ascensos de Oficiales de las Fuerzas Armadas aprobado por D.S. Nº 0112008-DE
DECRETO SUPREMO Nº 002-2010-DE/SG

4 anos como Subteniente, MORDAZA de Fragata o MORDAZA 4 anos como MORDAZA o Capitan o MORDAZA Primero MORDAZA MORDAZA 4 anos como Capitan o Mayor o Capitan de Corbeta MORDAZA Primero MORDAZA MORDAZA, Capitan de 5 anos como Mayor o Capitan Fragata o Comandante de Corbeta 5 anos como MORDAZA MORDAZA o Capitan de Navio MORDAZA, Capitan de Fragata o Comandante General de Brigada, Contralmirante 6 anos como MORDAZA o o Mayor General Capitan de Navio 5 anos como General de General de Division, Vicealmirante Brigada, Contralmirante o o MORDAZA GeneraL Mayor General

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, con Ley Nº 29108, se aprobo la Ley de Ascensos de los Oficiales de las Fuerzas Armadas;

b. Oficiales de Servicios procedentes de universidades que se asimilan con el grado de MORDAZA o MORDAZA Segundo:
Para ascender al grado de: Capitan o MORDAZA Primero Mayor o Capitan de Corbeta Anos de servicio como Oficial

6 anos
10 anos

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