Norma Legal Oficial del día 11 de febrero del año 2010 (11/02/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 40

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 11 de febrero de 2010

Que, la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones opina mediante el Informe Nº 24622009-MTC/28, que la ASOCIACION PROMOTORA "SAN MORDAZA SOLANO" ha cumplido con las condiciones establecidas en los articulos 69º y 71º del Reglamento de la Ley de Radio y Television, asi como ha obtenido opinion favorable para la prestacion del servicio de radiodifusion autorizado, con lo cual se considera procedente renovar la autorizacion otorgada por Resolucion Viceministerial Nº 833-2007-MTC/03, para operar el servicio de radiodifusion sonora educativa en Onda Corta Tropical (OCT) en la localidad de Ucayali, departamento de Ucayali, por el plazo de diez (10) anos, que vencera el 12 de MORDAZA de 2019; De conformidad con la Ley de Radio y Television ­ Ley Nº 28278, el Reglamento de la Ley de Radio y Television, aprobado con Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC, y el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC; y, Estando a lo opinado por la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Renovar la autorizacion otorgada mediante Resolucion Viceministerial Nº 833-2007MTC/03, a la ASOCIACION PROMOTORA "SAN MORDAZA SOLANO", por el plazo de diez (10) anos, el mismo que vencera el 12 de MORDAZA de 2019, para prestar el servicio de radiodifusion sonora educativa en Onda Corta Tropical (OCT) en la localidad de Ucayali, departamento de Ucayali. Articulo 2º.- La asociacion titular de la presente autorizacion esta obligada al cumplimiento de las obligaciones derivadas del Decreto Supremo Nº 038-2003MTC, modificado con Decreto Supremo Nº 038-2006MTC, para lo cual debera adoptar las acciones tendientes a garantizar que las radiaciones que emita su estacion radioelectrica no excedan los valores establecidos como limites maximos permisibles fijados, asi como de efectuar las mediciones anuales a las que hace referencia dicha norma. Articulo 3º.- Dentro de los sesenta (60) dias de notificada la presente Resolucion, la titular de la autorizacion efectuara el pago correspondiente al derecho de autorizacion y canon anual, caso contrario, la autorizacion quedara sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio de que el Ministerio emita el acto administrativo pertinente. Articulo 4º.- Remitir MORDAZA de la presente resolucion a la Direccion General de Control y Supervision de Comunicaciones para las acciones que correspondan, de acuerdo a su competencia. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Viceministro de Comunicaciones 455823-1

Planes de Canalizacion y de Asignacion de Frecuencias correspondientes a cada localidad y banda de frecuencias atribuidas al servicio de radiodifusion y determina las frecuencias tecnicamente disponibles; asimismo, establece que los Planes de Asignacion de Frecuencias son aprobados por Resolucion Viceministerial; Que, con Resolucion Viceministerial Nº 333-2005MTC/03, modificada por Resolucion Viceministerial Nº 796-2007-MTC/03, se aprobaron los Planes de Canalizacion y Asignacion de Frecuencias del Servicio de Radiodifusion por Television en VHF, para distintas localidades del departamento de MORDAZA, los mismos que fueron ratificados mediante Resolucion Viceministerial Nº 746-2008-MTC/03 y modificados por Resoluciones Viceministeriales Nº(s) 134-2009-MTC/03 y 380-2009MTC/03; Que, la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones mediante Informe Nº 323-2010MTC/28, propone la incorporacion de los Planes de las localidades de Caicay y Checca a los Planes de Canalizacion y Asignacion de Frecuencias del Servicio de Radiodifusion por Television en VHF del departamento de Cusco; Que, asimismo, la citada Direccion General senala que, en la elaboracion de su propuesta, ha observado lo dispuesto en las Normas Tecnicas del Servicio de Radiodifusion aprobadas por Resolucion Ministerial Nº 358-2003-MTC/03, sus modificatorias y en el Reglamento de la Ley de Radio y Television; De conformidad con la Ley de Radio y Television, Ley Nº 28278; su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC; las Normas Tecnicas del Servicio de Radiodifusion, aprobadas por Resolucion Ministerial Nº 358-2003-MTC/03, sus modificatorias, el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 0212007-MTC; y, Con la opinion favorable de la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Modificar el articulo 1° de la Resolucion Viceministerial Nº 333-2005-MTC/03, modificada por Resolucion Viceministerial Nº 796-2007-MTC/03, ratificada mediante Resolucion Viceministerial Nº 746-2008-MTC/03 y modificada por Resoluciones Viceministeriales Nº(s) 134-2009-MTC/03 y 380-2009-MTC/03, que aprueba los Planes de Canalizacion y Asignacion de Frecuencias del Servicio de Radiodifusion por Television en VHF del departamento de MORDAZA, a fin de incorporar a las localidades de Caicay y Checca; conforme se indica a continuacion: Localidad: Caicay Plan de Asignacion de Frecuencias Plan de Canalizacion Plan de Asignacion MORDAZA Frec. Video (MHz) Frec. Audio (MHz) 3 61.25 65.75 6 83.25 87.75 8 181.25 185.75 10 193.25 197.75 12 205.25 209.75 Total de MORDAZA : 5 La MORDAZA e.r.p. a ser autorizada en esta localidad sera: 0.1 KW. Localidad: Checca Plan de Asignacion de Frecuencias Plan de Canalizacion Plan de Asignacion MORDAZA Frec. Video (MHz) Frec. Audio (MHz) 2 55.25 59.75 4 67.25 71.75 5 77.25 81.75 7 175.25 179.75 9 187.25 191.75 11 199.25 203.75 13 211.25 215.75 Total de MORDAZA : 7 La MORDAZA e.r.p. a ser autorizada en esta localidad sera: 0.1 KW. Articulo 2º.- La Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones es la dependencia responsable

Modifican MTC/03

la

R.VM.



333-2005-

RESOLUCION VICEMINISTERIAL N° 056-2010-MTC/03 MORDAZA, 25 de enero de 2010 CONSIDERANDO: Que, el articulo 11º de la Ley de Radio y Television, Ley Nº 28278, concordado con el articulo 6º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 0052005-MTC, establece que es competencia del Ministerio de Transportes y Comunicaciones la administracion, atribucion, asignacion, control y en general cuanto concierne a la gestion del espectro radioelectrico atribuido al servicio de radiodifusion; Que, el articulo 7º del precitado Reglamento, dispone que toda asignacion de frecuencias para el servicio de radiodifusion se realiza en base al Plan Nacional de Asignacion de Frecuencias, el cual comprende los

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