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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 11 de febrero de 2010 413635 Departamento Lambayeque Provincia Lambayeque Nombre del sitio arqueológico Distrito Datum PSAD56 Zona 17 Datum WGS84 Zona 17 UTM Este UTM Norte UTM Este UTM Norte Cerro Desmotadora Motupe 644252 9318735 644002 9318362 Huaca Carmona Falla Motupe 643841 9319797 643591 9319424 Huaca Cerco Quemado 1 Motupe 643640 9319215 643390 9318842 Huaca Cerco Quemado 2 Motupe 643543 9319399 643293 9319026 Huaca Bances Lambayeque 628060 9257838 627810 9257466 Capote Lambayeque 627662 9 258924 627412 9 258552 Huaca Cacique Lambayeque 629962 9259526 629712 9259154 Huaca Dos Cabezas Lambayeque 629005 9260576 628755 9260204 Departamento Lambayeque Provincia Ferreñafe Nombre del sitio arqueológico Distrito Datum PSAD56 Zona 17 Datum WGS84 Zona 17 UTM Este UTM Norte UTM Este UTM Norte Huaca Miguel Grau Pítipo 635414 9275048 635164 9274676 Huaca Jabonero 1 Pítipo 635647 9273784 635397 9273412 Huaca Jabonero 2 Pítipo 634890 9273626 634640 9273254 Huaca Pay Pay Pítipo 633762 9277723 633512 9277350 Huaca Balazo Pítipo 634051 9277279 633801 9276906 Huaca La Cruz Pítipo 634431 9273322 634181 9272950 Huaca Kanú Pítipo 634318 9273144 634068 9272772 Patapón Pítipo 653407 9280739 653157 9280366 Cerro La Pillca Pítipo 652581 9281753 652331 9281380 Huaca La Tranca Pítipo 653977 9282527 653727 9282154 Cerro La Peña Pítipo 634004 9283977 633754 9283604 Huaca La Balsa Pítipo 650074 9283461 649824 9283088 Huaca La Iglesia Pítipo 654559 9288119 654309 9287746 Trapiche Pítipo 655296 9288225 655046 9287852 Departamento Lambayeque Provincia Ferreñafe Nombre del sitio arqueológico Distrito Datum PSAD56 Zona 17 Datum WGS84 Zona 17 UTM Este UTM Norte UTM Este UTM Norte Desaguadero Pítipo 656053 9288931 655803 9288558 Huaca Llovera 1 Ferreñafe 630100 9273674 629850 9273302 Huaca Llovera 2 Ferreñafe 630050 9273028 629800 9272656 Huaca Cocopiedra Ferreñafe 629754 9271824 629504 9271452 Huaca Bobadilla Ferreñafe 633362 9270516 633112 9270144 Cerro Conejero (La Liebre) Manuel Antonio Mesones Muro 639235 9270994 638985 9270622 Cerro Cristian Manuel Antonio Mesones Muro 638014 9271892 637764 9271520 Departamento Lambayeque Provincia Chiclayo Nombre del sitio arqueológico Distrito Datum PSAD56 Zona 17 Datum WGS84 Zona 17 UTM Este UTM Norte UTM Este UTM Norte Cementerio Pomalca Pomalca 636660 9253894 636410 9253522 Huaca Abejería Pomalca 636951 9254552 636701 9254180 Huaca Chéscope Pomalca 637091 9255300 636841 9254928 Huaca Tupac Amaru Tumán 643189 9254948 642939 9254576 Huaca San Bernardino Pátapo 650345 9254792 650095 9254420 Huaca El Mango Pátapo 650439 9254290 650189 9253918 Cerro Mirador Pátapo 651049 9255090 650799 9254718 Luya Tumán 643640 9261054 643390 9260682 Huaca Los Chinos Tumán 643513 9255084 643263 9254712 Artículo 2º.- Encargar a la Dirección Regional de Cultura de Lambayeque la elaboración de los expedientes técnicos de los monumentos arqueológicos prehispánicos mencionados en el artículo 1º de la presente resolución. Artículo 3º.- Cualquier proyecto de obra nueva, caminos, carreteras, canales, denuncios mineros o agropecuarios, obras habitacionales y otros que pudiese afectar o alterar el paisaje de los monumentos arqueológicos prehispánicos declarados patrimonio cultural de la Nación, deberá contar con la aprobación previa del Instituto Nacional de Cultura. Artículo 4º.- Remítase copia fedateada de la presente resolución a COFOPRI, Municipalidad Distrital y Provincial, autoridades políticas y civiles correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. CECILIA BÁKULA BUDGE Directora Nacional 455760-2 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA Dan de baja a personas naturales del Registro de Asegurados Titulares y Derechohabientes ante el ESSALUD RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA Nº 062-024-0000017 /SUNAT Trujillo, 29 de enero del 2009 VISTO el resultado de la fi scalización de ESSALUD, efectuada al contribuyente TERRONES MEZA NESTOR HANDER con R.U.C. Nº 10180271762 y con domicilio fi scal en Av. José María Eguren Nº 287 Urb. Palermo - Trujillo CONSIDERANDO: Que conforme a lo establecido en el artículo 5º de la Ley General de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria - SUNAT, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 501, modifi cado por el artículo 1º de la Ley Nº 27334, la SUNAT ejerce las funciones de administración de las aportaciones al Seguro Social de Salud - ESSALUD; Que, mediante los incisos a) y b) del artículo 4º del reglamento de la Ley Nº 27334, aprobado por el Decreto Supremo Nº 039-2001-EF, la SUNAT proporcionará al ESSALUD, según corresponda: a) El Registro de Entidades Empleadoras: contribuyentes y/o responsables de las Aportaciones a la Seguridad Social; y b) El Registro de Asegurados Titulares y Derechohabientes ante el ESSALUD; Que, asimismo el primer párrafo del artículo 5º y del artículo 12º del Decreto Supremo Nº 039-2001-EF, establecieron que la administración de las Aportaciones a la Seguridad Social, incluye lo relacionado a la inscripción y/o declaración de las entidades empleadoras y de sus trabajadores, sin distinción del período tributario, para lo cual corresponde a la SUNAT la elaboración y aprobación de las normas y los procedimientos necesarios para llevar a cabo dicha función; Que, de la fi scalización efectuada y de acuerdo con el Informe Técnico Nº 012-2009-SUNAT/2K0200, cuyos fundamentos se reproducen, en aplicación de la Ley Nº 26790 - Ley de Modernización de la Seguridad Social en Salud y del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 728 - Ley de Productividad y Competitividad, se ha determinado que el contribuyente declara una persona sin vínculo laboral, por lo que no cumple con los requisitos para ser considerado Asegurado Titular ante Essalud; Que, en uso de las facultades conferidas por el Decreto Legislativo Nº 501 Ley General de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria y normas modificatorias, el Texto Único Ordenado del Estatuto de la SUNAT aprobado por Resolución de Superintendencia Nº 041-98/SUNAT y normas modificatorias, el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la SUNAT aprobado por Decreto Supremo Nº 115-2002-PCM, la Resolución de Superintendencia Nº 190-2002/SUNAT, y la Ley Nº 27334 que amplía las funciones de la SUNAT y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 039- 2001-EF y normas modificatorias. SE RESUELVE: Artículo Único.- Declarar la baja de ofi cio en el: