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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE FEBRERO DEL AÑO 2010 (11/02/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 51

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 11 de febrero de 2010 413641 PODER JUDICIAL CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA Disponen que los Juzgados Especializados de Familia notifiquen directamente mediante oficio al Equipo Multidisciplinario de la Corte Superior de Justicia del Callao, cuando requieran informe técnico, opinión u otros en materia de familia CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CALLAO RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 018-2010-P-CSJCL/PJ Callao, 13 de enero de 2010. LA PRESIDENCIA DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CALLAO VISTO: El Ofi cio N° 005-2010-2JFC-SVR, de fecha 07 de enero del 2010, remitido por la Señora Doctora Sonia Nerida Vascones Ruiz, Juez del Segundo Juzgado de Familia del Callao; y, CONSIDERANDO: Que, son atribuciones del Presidente de la Corte Superior, dirigir la política del Poder Judicial en su Distrito Judicial, así como cautelar la pronta administración de justicia. Que, el Estado garantiza un sistema de administración de justicia especializado para los niños y adolescentes, a través de los Juzgados de Familia quienes tienen competencia en materia civil, tutelar y de infracciones. Que, uno de los órganos auxiliares con los que cuentan dichos Juzgados es el Equipo Multidisciplinario; el mismo que está conformado por médicos, psicólogos y asistentas sociales quienes son los encargados de elaborar informes técnicos, emitir opiniones y recomendaciones, en materia de familia, los que servirán como referencia o indicativo al juzgador al momento de emitir sus decisiones dentro de un proceso judicial. Que, mediante el Ofi cio de Vistos, se pone en conocimiento de esta Presidencia la lentitud con la que vienen diligenciándose las notifi caciones cursadas al órgano de auxilio judicial antes referido, debido a que se vienen efectuando por cédulas de notifi cación y a través del Servicio de Notifi caciones Judiciales Lima Metropolitana-Callao (SERNOT). Que, a fi n de agilizar las labores del Equipo Multidisciplinario debe optimizarse el procedimiento de las notifi caciones a los integrantes del mencionado órgano judicial, por lo que resulta necesario adoptar las acciones administrativas que correspondan para que dicho acto se realice con celeridad; en este sentido, los Juzgados de Familia de esta Corte Superior deberán enviar sus requerimientos directamente al Equipo Multidisciplinario, omitiendo el Servicio de Notifi caciones Judiciales de Lima Metropolitana - Callao (SERNOT), toda vez que los mismos no son sujetos procesales, sino órganos de auxilio judicial. Que, esta Presidencia tiene como política establecer mejoras en los procesos operativos de administración de justicia con la fi nalidad de lograr que los órganos jurisdiccionales puedan brindar un servicio efi ciente y efi caz, respondiendo así a la demanda de mayor celeridad en la administración de justicia que exige la ciudadanía. En consecuencia, en uso de las atribuciones otorgadas a los Presidentes de Corte en los incisos 3) y 4) del Artículo 90º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. SE RESUELVE: Artículo Primero: DISPONER que los Juzgados Especializados de Familia notifi quen directamente mediante ofi cio al Equipo Multidisciplinario de la Corte Superior de Justicia del Callao, cuando requieran de sus integrantes algún informe técnico, opinión o recomendación en materia de familia, sin el paso previo por el Servicio de Notifi caciones Judiciales de Lima Metropolitana-Callao (SERNOT). Artículo Segundo: DISPONER que el órgano Desconcentrado de Control de la Magistratura (ODECMA) supervise el cumplimiento de la presente resolución. Artículo Tercero: PONGASE la presente Resolución, en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de la Oficina de Control de la Magistratura, de la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura del Poder Judicial, del Jefe de la Oficina de Administración Distrital, de la Oficina Distrital de Imagen Institucional, de la Señora Administradora del Módulo Corporativo Laboral – Familia, y de los Señores Magistrados de la Corte Superior de Justicia para sus fines consiguientes. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. CÉSAR HINOSTROZA PARIACHI Presidente Corte Superior de Justicia del Callao 456322-1 Designan Juez Supernumeraria a cargo del 32° Juzgado Especializado en lo Penal de Lima CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA PRESIDENCIA Ofi cina de Coordinación Administrativa y de Asuntos Jurídicos RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 150-2010-P-CSJLI-PJ Lima, 10 de febrero del 2010 VISTO y CONSIDERANDO: Que, mediante el ingreso Nº 11453-2010, la señora magistrada, doctora María Eugenia Guillén Ledesma, Juez Provisional del Segundo Juzgado Penal Transitorio de Villa El Salvador, solicita se le conceda hacer uso de su goce físico vacacional, del día 15 al 28 de febrero del año en curso. Que, de lo antes expuesto, la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima, considera procedente conceder las vacaciones solicitadas por la referida magistrada, en consecuencia es pertinente designar a otro magistrado que se haga cargo de dicho órgano jurisdiccional, ello en atención a las labores inherentes de la mencionada judicatura y a la trascendencia social de los procesos conocidos por éste, con la finalidad de evitar nulidades posteriores, de tal modo que no se vea perjudicado el normal desarrollo del servicio de administración de justicia que la Corte Superior de Lima brinda en favor de los justiciables. Que, resulta pertinente precisar que la novísima Ley de la Carrera Judicial, en su artículo sesenta y cinco, define y clasifica la nomenclatura de los jueces en Titulares, Provisionales y Supernumerarios; es así, que el inciso tercero del citado artículo denomina como Jueces Supernumerarios a aquellos que “(…no habiendo obtenido la plaza de Juez Titular aceptan