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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 11 de febrero de 2010 413640 ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS COMISION NACIONAL SUPERVISORA DE EMPRESAS Y VALORES Disponen inscripción de Citibank del Perú S.A. en la Sección de Custodios del Registro Público del Mercado de Valores RESOLUCIÓN DIRECTORAL DE PATRIMONIOS AUTÓNOMOS Nº 004-2010-EF/94.06.2 Lima, 5 de febrero de 2010 VISTOS: El Expediente N° 2009029845, iniciado por Citibank del Perú S.A., así como el Informe N° 057-2010-EF/94.06.2 de 04 de febrero de 2010; CONSIDERANDO: Que, mediante escritos de fechas 23 de setiembre del 2009, complementado el 29 de setiembre y 26 de octubre de 2009 y 19 de enero de 2010, Citibank del Perú S.A. en su calidad de empresa bancaria solicita a CONASEV su inscripción como Custodio en la sección correspondiente del Registro Público del Mercado de Valores; Que, de la evaluación a la documentación presentada, se ha determinado que Citibank del Perú S.A. ha satisfecho todos los requisitos establecidos en el artículo 36 del Reglamento de Fondos Mutuos de Inversión en Valores y sus Sociedades Administradoras, aprobado mediante Resolución CONASEV N° 026-2000-EF/94.10, así como en el Texto Único de Procedimientos Administrativos de CONASEV, aprobado por Decreto Supremo N° 056- 2002-EF, para su inscripción como custodio en la sección correspondiente del Registro Público del Mercado de Valores; y, Estando a lo dispuesto en el literal a) del artículo 2° del Texto Único Concordado de la Ley Orgánica de CONASEV, aprobada por Decreto Ley Nº 26126, y en aplicación del inciso c) del artículo 32 del Reglamento de Organización y Funciones de CONASEV, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 038-2007-EF; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Disponer la inscripción de Citibank del Perú S.A. en la Sección de Custodios del Registro Público del Mercado de Valores. Artículo 2º.- La presente resolución entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo 3°.- Disponer la difusión de la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano y en el Portal de CONASEV. Artículo 4°.- Transcribir la presente resolución a Citibank Perú S.A. Regístrese, comuníquese y publíquese. RODNY RIVERA VIA Director de Patrimonios Autónomos (e) 455396-1 Disponen la inscripción de NCF Sociedad Agente de Bolsa S.A. en el Registro Público del Mercado de Valores RESOLUCIÓN CONASEV N° 021-2010-EF/94.01.1 Lima, 9 de febrero de 2010 VISTOS: El expediente Nº 2009003258, así como el Informe N° 063-2010-EF/94.06.1 de fecha 04 de febrero de 2010, respectivamente, presentados por la Dirección de Mercados Secundarios, con la opinión favorable de la Gerencia General; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Directoral de Mercados Secundarios Nº 050-2008-EF/94.06.1 de fecha 31 de julio de 2008, se otorgó a la empresa NCF S.A., hoy NCF GRUPO S.A., y al señor Emiliano Chimorich Cáceres Del Busto la autorización de organización de la sociedad agente de bolsa denominada NCF Sociedad Agente de Bolsa S.A., o su denominación abreviada NCF SAB S.A., en su calidad de organizadores; Que, mediante escritos de fecha 02 y 27 de febrero de 2009, 13 de marzo de 2009 y 29 de enero de 2010, los organizadores solicitaron a CONASEV se otorgue la autorización de funcionamiento a NCF Sociedad Agente de Bolsa S.A.; Que, luego de la evaluación de la documentación presentada por los referidos organizadores, se ha determinado que NCF Sociedad Agente de Bolsa S.A. ha cumplido con los requisitos establecidos en el Reglamento de Agentes de Intermediación, aprobado mediante Resolución CONASEV N° 045-2006-EF/94.10, y en el Texto Único de Procedimientos Administrativos de CONASEV, aprobado por Decreto Supremo Nº 056-2002- EF, para obtener la autorización de funcionamiento como sociedad agente de bolsa; Que, NCF Sociedad Agente de Bolsa S.A. deberá constituir una garantía a favor de CONASEV antes del inicio de sus operaciones, de conformidad con lo establecido por el artículo 136 del Texto Único Ordenado de la Ley del Mercado de Valores, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 093- 2002-EF, debiendo al mismo tiempo cumplir con lo dispuesto por el artículo 186 del mismo cuerpo legal; y, Estando a lo dispuesto por el inciso d) del artículo 11 del Texto Único Concordado de la Ley Orgánica de CONASEV, aprobado mediante Decreto Ley Nº 26126; así como lo acordado por el Directorio de esta Comisión Nacional reunido en sesión del 8 de febrero de 2010; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el funcionamiento de NCF Sociedad Agente de Bolsa S.A., como sociedad agente de bolsa, la misma que podrá utilizar también la denominación abreviada NCF SAB S.A. Artículo 2º.- Disponer la inscripción de NCF Sociedad Agente de Bolsa S.A. en la sección correspondiente del Registro Público del Mercado de Valores. Artículo 3º.- NCF Sociedad Agente de Bolsa S.A. deberá constituir una garantía a favor de CONASEV antes del inicio de sus operaciones. Artículo 4º.- La presente resolución entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo 5º.- Disponer la difusión de la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano y en el Portal de CONASEV. Artículo 6º.- Transcribir la presente resolución a NCF Sociedad Agente de Bolsa S.A., así como al señor Emiliano Chimorich Cáceres Del Busto y a NCF GRUPO S.A. Regístrese, comuníquese y publíquese. MICHEL RODOLFO CANTA TERREROS Presidente 456318-1