Norma Legal Oficial del día 11 de febrero del año 2010 (11/02/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 64

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 11 de febrero de 2010

Nacional de la Magistratura, considera que hay motivos suficientes para aplicar en este caso la sancion de destitucion, por lo que en uso de las facultades previstas por los articulos 154 inciso 3 de la Constitucion Politica, 31 numeral 1 y 34 de la Ley Nº 26397, y 35 del Reglamento de Procesos Disciplinarios del Consejo y estando a lo acordado por unanimidad por el Pleno del Consejo Nacional de la Magistratura, en sesion del 22 de octubre de 2009, sin la presencia de los senores Consejeros MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA Bardales; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Dar por concluido el MORDAZA disciplinario y aceptar el pedido de destitucion formulado por el senor Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, y en consecuencia, destituir al doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por su actuacion como Juez Provisional Mixto de Huepetuhe de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA de Dios. Articulo Segundo.- Disponer la cancelacion del titulo y cualquier otro nombramiento que se le hubiera otorgado, asi como, disponer la inscripcion de la medida a que se contrae el articulo primero de la presente resolucion en el registro personal del magistrado destituido, debiendose asimismo cursar oficio al senor Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Republica y a la senora Fiscal de la Nacion, y publicarse la presente resolucion, una vez que quede consentida o ejecutoriada. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA GARDELLA MORDAZA VEGAS GALLO MORDAZA MORDAZA DE LA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 454538-2

politica social de acercamiento a la ciudadania orientada a atender las necesidades de documentacion de la poblacion menos favorecida y en situacion de vulnerabilidad; Que, con Resolucion Jefatural N° 915-2009/ JNAC/RENIEC (30DIC2009) se aprobo la "Campana de tramitacion y expedicion gratuita del Documento Nacional de Identidad" en desplazamiento, por concepto de renovacion, duplicado y rectificacion de datos, con excepcion del tramite de cambio de direccion domiciliaria, a las personas residentes en los 880 distritos con mayor nivel de pobreza determinados por la Estrategia Nacional "CRECER", hasta el 31 de diciembre de 2010; indicando que la misma se efectuara con el financiamiento de recursos Directamente Recaudados; Que, de acuerdo al informe del visto, la Gerencia de Restitucion de la Identidad y Apoyo Social, debera informar periodicamente el avance y resultados de la intervencion; Que, del mismo modo, la Gerencia de Operaciones Registrales a traves del Informe del visto, solicita que se precise, que de solicitarse dentro de la MORDAZA indica el tramite de renovacion de datos, en el mismo, no se podra incluir el cambio de domicilio del solicitante; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 26497, Ley Organica del RENIEC, el Reglamento de Inscripciones del RENIEC, aprobado por Decreto Supremo Nº 01598-PCM, y el Reglamento de Organizacion y Funciones aprobado mediante Resolucion Jefatural Nº 896-2009JNAC/RENIEC (30DIC2009); SE RESUELVE: Articulo Primero.- Establecer que la Gerencia de Restitucion de la Identidad y Apoyo Social, debe informar periodicamente a la Jefatura Nacional el avance y resultado de ejecucion de la "Campana de tramitacion y expedicion gratuita del Documento Nacional de Identidad", aprobada por Resolucion Jefatural N° 915-2009/JNAC/RENIEC (30DIC2009). Articulo Segundo.- Precisar, que de solicitarse dentro de la MORDAZA senalada en el parrafo que antecede, el tramite de renovacion de datos, en dicho procedimiento, no se podra incluir el cambio de domicilio del administrado; por lo que en el MORDAZA de la presente, no se podra realizar ningun MORDAZA de modificacion domiciliaria. Articulo Tercero.- Se mantienen vigentes todas las demas disposiciones indicadas en la Resolucion Jefatural N° 915-2009/JNAC/RENIEC (30DIC2009). Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional 456741-1

REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL
Establecen que la Gerencia de Restitucion de la Identidad y Apoyo Social debe informar periodicamente a la Jefatura Nacional el avance y resultado de ejecucion de la "Campana de tramitacion y expedicion gratuita del Documento Nacional de Identidad"
RESOLUCION JEFATURAL Nº 0077-2010/JNAC/RENIEC MORDAZA, 8 de Febrero de 2010 VISTOS: El Oficio Nº 075-2010/GRIAS/RENIEC (15ENE2010), emitido por la Gerencia de Restitucion de la Identidad y Apoyo Social; Oficio N° 291-2010/GOR/RENIEC (29ENE2010), el Informe N° 22-2010/GOR/RENIEC (29ENE2010), ambos de la Gerencia de Operaciones Registrales y el Informe N° 1332010/GAJ/RENIEC (19ENE2010) de la Gerencia de Asesoria Juridica; CONSIDERANDO: Que, conforme lo dispuesto en el articulo 183 de la Constitucion Politica del Estado corresponde al RENIEC emitir los documentos que acrediten la identidad de las personas, habiendo implementado con tal proposito una

Establecen la tramitacion y emision gratuita del DNI en la modalidad de inscripcion por primera vez a traves de desplazamientos para la poblacion de mayores y menores de edad de los ambitos rural y MORDAZA marginal
RESOLUCION JEFATURAL Nº 0078-2010/JNAC/RENIEC MORDAZA, 8 de Febrero de 2010 VISTOS: El Oficio N° 092-2010/GOR/RENIEC (12ENE2010) de la Gerencia de Operaciones Registrales, el Oficio Nº 075-2010/GRIAS/RENIEC (15ENE2010), emitido por la Gerencia de Restitucion de la Identidad y Apoyo Social y el Informe N° 133-2010/GAJ/RENIEC (19ENE2010) de la Gerencia de Asesoria Juridica; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto en el Articulo 183 de la Constitucion Politica del Peru, corresponde al Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil emitir los documentos que acreditan la identidad de las personas, con tal proposito el RENIEC ha implementado una politica

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