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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE FEBRERO DEL AÑO 2010 (19/02/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 36

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 19 de febrero de 2010 414214 solicitud de retiro de condición del inmueble (Expediente Nº 011663-2008); Que, mediante carta s/n de fecha 15 de julio de 2009 (Expediente Nº 018541 de fecha 15 de julio de 2009), presentado por el señor Ramón Bernardo Pardo Sandoval, solicita el reclamo contra la Resolución Directoral Nº 147/ INC-DREPH-DPHCR de fecha 28 de mayo de 2009 que aprobó la propuesta de la Determinación de Sectores de Intervención del inmueble de su propiedad; Que, con Informe Nº 176-2009-SDR-DPHCR/INC de fecha 17 de diciembre de 2009, la Sub Dirección de Registro de la Dirección de Patrimonio Histórico Colonial y Republicano revisa la documentación presentada sobre el reclamo contra la Resolución Directoral Nº 147/INC- DREPH-DPHCR de fecha 28 de mayo de 2009 y retiro de condición de Monumento del inmueble; Que, de la evaluación del expediente administrativo, la Comisión Nacional Técnica de Arquitectura y Urbanismo emitió el Acuerdo Nº 09 de fecha 18 de diciembre de 2009, considerando que: con Informe Nº 016-2008-MERF-SDR- DPHCR/INC del 01 de setiembre de 2008, se llevó a cabo por personal de Lima, la inspección ocular, dado que para esa fecha, la Dirección Regional de Cultura-Ica, no contaba con arquitecto, informe que fue derivado a la Comisión Nacional Técnica de Arquitectura y Urbanismo, la cual mediante Acuerdo Nº 18 de fecha 14 de octubre de 2008 propuso declarar improcedente el retiro de condición del inmueble y encargar a la Sub Dirección de Registro, proponer la Determinación de Sectores y Grados de Intervención del inmueble; Que, la Dirección de Patrimonio Histórico Colonial y Republicano con Informe Nº 005-2009-DPHCR-DREPH/ INC de fecha 15 de enero de 2009 remite a la Dirección de Gestión, el Proyecto de Resolución Directoral Nacional que declara improcedente el retiro de condición de monumento del inmueble ubicado en Jr. Ayacucho Nº 356, distrito, provincia y departamento de Ica; a fi n de proseguir su trámite administrativo; Que, con Memorando Nº 079-2009-DPHCR-DREPH/ INC de fecha 29 de enero de 2009, la Dirección de Patrimonio Histórico Colonial y Republicano solicita a la Dirección Regional de Cultura de Ica, la elaboración de una propuesta de Determinación de Sectores y Grados de Intervención para el inmueble; dicha propuesta es recepcionada en el INC de Lima, el 12 de mayo de 2009 con Memorando Nº 253-2009-INC-DRCI/D; Que, el 15 de mayo de 2009, la Comisión Nacional Técnica de Arquitectura y Urbanismo, acordó aprobar la Determinación de Sectores de Intervención del inmueble, en base al Plano Nº DSI 027 de código: INC-DPHCR- SDR-027-2009; emitiéndose la Resolución Directoral Nº 147/INC-DREPH-DPHCR de fecha 28 de mayo de 2009; Que, con Memorando Nº 449-2009-DPHCR-DREPH/ INC de fecha 29 de mayo de 2009 se remite a la Dirección Regional de Cultura de Ica, el Plano Nº DSI 027-2009 de la Determinación de Sectores de Intervención del inmueble, así como la copia autenticada de la Resolución Directoral Nº 147/INC-DREPH-DPHCR, la que fue notifi cada al administrado con Ofi cio Nº 779-2009-DPHCR-DREPH/ INC de fecha 8 de julio de 2009; Que, del reclamo del administrado, éste presenta entre sus fundamentos técnicos, la inexactitud del “croquis”, refi riéndose al Plano Nº DSI 027-2009 emitido en mayo del 2009, de la Determinación de Sectores de Intervención del inmueble, toda vez que señala los siguientes errores que han sido verifi cados y explicados en el Informe Nº 176-2009-SDR-DPHCR/INC de fecha 17 de diciembre de 2009: - Registro del muro perimetral del lado derecho perpendicular a la fachada, cuando éste ya no existe, según lo corroborado en la inspección de agosto del 2009 (Informe Nº 016-2008-MERF-SDR-DPHCR/INC). - Registro del muro de lo que fue, la fachada interior del ambiente principal que abría al patio (en el plano ambiente 108) el cual no sólo ya no existe, sino que además se sitúa en forma errónea, pues su ubicación estaba atrasada con relación a lo registrado en el plano, según lo sustenta la Ficha Nº 09 del documento “Evaluación de Inmuebles declarados monumentos en la ciudad de Ica” del mes de Noviembre de 1998 de la Dirección de Centros Históricos, INC, donde obra un croquis del inmueble. Así mismo, en las fotografías del Informe Nº 016-2008-MERF-SDR- DPHCR/INC, se observa que en lugar del muro, existe actualmente una división temporal de material plástico con parantes de madera. La fotografía del año 1969, anexada por el recurrente, muestra la fachada interior citada cuyos vanos de puertas y ventanas, coinciden con el croquis de la Ficha Nº 09. Que, no obra en los archivos del INC, los antecedentes de la declaración de monumento del inmueble del presente trámite (Resolución Ministerial Nº 1251-1985-ED de fecha 27 de noviembre de 1985) por lo que no se cuenta con la distribución original de la edifi cación; Que, la información encontrada que data del año 1998 (“Evaluación de Inmuebles declarados monumentos en la ciudad de Ica” Ficha Nº 09) evidencia en el croquis de distribución, que el inmueble para esa fecha, estaba conformado por dos unidades de vivienda, una con acceso por la puerta Ayacucho 356 y la otra por Ayacucho 364. Comparando con el plano de la Determinación de Sectores de Intervención de mayo del 2009, se observa que se anexaron a la vivienda 356, parte de los ambientes de la vivienda 364, subdividiendo el lote matriz, por lo que la distribución actual sería producto de una alteración a la tipología original. Cabe señalar, que el croquis se presenta incompleto (no hay registro de la totalidad del inmueble) sin embargo lo que se registra resulta relevante para la presente evaluación; Que, el regular estado de conservación que se señala con respecto a los ambientes de la primera crujía del inmueble, en el Informe Nº 0022-2009-INC- DRCI-PHCR-MLCV de fecha 7 de mayo de 2009, que sirvió de sustento a la propuesta de Determinación de Sectores de Intervención, no corresponde con lo manifestado en el Informe Nº 016-2008-MERF-SDR- DPHCR/INC de fecha 1 de setiembre de 2009 que indica que el inmueble se halla en mal estado de conservación; asimismo la Ficha Técnica de Evaluación de Emergencia-Sismo 2007-Región Ica, de fecha 20 de agosto del 2007, de la Dirección de Patrimonio Histórico Colonial y Republicano, realizada por personal técnico de la Sub Dirección de Registro, luego de la evaluación de daños por el sismo, en el que recomiendan la revisión de la categoría de monumento integrante del Patrimonio Cultural de la Nación; Que, es importante señalar que al ser emitido el Informe Nº 016-2008-MERF-SDR-DPHCR/INC, la profesional a cargo no tuvo a la vista la Ficha Nº 09 del año 1998; Que, se considera que a la fecha el inmueble ubicado en Jr. Ayacucho Nº 356, distrito, provincia y departamento de Ica, ha perdido los valores arquitectónico-artísticos que sirvieron de base para su declaración como monumento en el año 1985, por lo que se recomienda el retiro de condición de monumento y se deje sin efecto la Resolución Directoral Nº 147/INC-DREPH-DPHCR de fecha 28 de mayo de 2009, que aprobó la propuesta de Determinación de Sectores de Intervención del inmueble; Que, por los considerandos antes expuestos, la Comisión aludida acordó: declarar procedente la solicitud, proponiendo a la Dirección Nacional se disponga el retiro de condición del inmueble ubicado en el Jr. Ayacucho Nº 356, distrito, provincia y departamento de Ica; Con las visaciones del Director de Gestión, del Director (e) de Registro y Estudio del Patrimonio Histórico y del Director de la Ofi cina de Asuntos Jurídicos; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación; Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, Decreto Supremo Nº 017-2003-ED, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Cultura, Decreto Supremo Nº 011-2006- ED, que aprueba el Reglamento de la Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar PROCEDENTE la solicitud de retiro de condición de monumento integrante del patrimonio cultural de la Nación al inmueble ubicado en el Jr. Ayacucho Nº 356, distrito, provincia y departamento de Ica, el mismo que forma parte de la Resolución Ministerial Nº 1251-85-ED de fecha 27 de noviembre de 1985, presentado por el señor Ramón Bernardo Pardo Sandoval,