Norma Legal Oficial del día 28 de julio del año 2010 (28/07/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 50

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Columna Fecha de Documento Descripcion

NORMAS LEGALES
MORDAZA de Longitud MORDAZA

El Peruano MORDAZA, miercoles 28 de MORDAZA de 2010

Es la fecha de emision del documento de facturacion de servicio facturado. Texto 10 AAAA-MM, donde AAAA es el ano y MMM es el mes en que se presto el servicio. Nº Documento Es el numero de documento. Texto 25 Empresa Es el codigo de la impresa (cliente o usuario Texto 3 del servicio) especificado en la NTCSE. MORDAZA Sistema SGT Sistema Garantizado de Texto 3 Transmision. Concepto PSGT Peaje del SGT. Texto 6 IT-SGT Ingreso tarifario del SGT. Descripcion Texto 200 Moneda XXXX Moneda nacional vigente o segun el Texto 4 contrato. Monto Es el monto total del docuento sin I.G.V. (dos Numerico decimales de precision). Codigo de la Identificador de la instalacion. Texto 10 Instalacion Nombre de la Texto 200 Instalacion La columna "Longitud" especifica el numero MORDAZA de caracteres a considerar en el MORDAZA de interpretacion de los datos.

diciembre de 1999, modificada por Resolucion Nº 0284-2001/ TDC-INDECOPI publicada en el diario oficial "El Peruano" el 08 y el 09 de MORDAZA de 2001, se dispuso aplicar derechos antidumping definitivos sobre las importaciones de bobinas y planchas de MORDAZA laminadas en caliente (en adelante, LAC), asi como sobre las importaciones de planchas de MORDAZA laminadas en frio (en adelante, LAF), originarias y/o procedentes de la Federacion de Rusia (en adelante, Rusia) y de la Republica de Ucrania (en adelante, Ucrania), conforme al detalle que se muestra a continuacion: Cuadro Nº 01 Derechos antidumping definitivos impuestos mediante Resolucion Nº 0284-2001/TDC-INDECOPI
Descripcion Subpartida Ancho 72082520 Bobinas 72082600 laminadas 72082700 < 1500 mm en caliente 72083700 (bobinas 72083800 LAC) 72083900 72085110 Planchas 72085120 laminadas en caliente 72085200 < 2400 mm. (planchas 72085300 LAC) 72085400 Planchas laminadas en 72092700 < 1200 mm. frio (planchas LAF) Espesor ( e ) Decapado Rusia Ucrania 4.5mm < e < 10mm Si 40.26% 27.71% 3mm < e < 10mm Si 56.09% 31.49% e < 3mm Si 52.15% 24.10% 4.5mm < e < 10mm No 40.26% 27.71% 3mm < e < 10mm No 56.09% 31.49% e < 3mm No 52.15% 24.10% e > 12.5mm No 40.45% 26.67% 10mm < e < 12.5mm No 40.45% 26.67% 4.75mm < e < No 40.45% 26.67% 12.5mm 3mm < e < 4.75mm No 40.45% 26.67% e < 3mm No 0.5mm < e < 1mm No 35.43% 59.45%

4. Representacion de los valores numericos La representacion de los valores numericos empleara la coma "," como separador de decimales. No se debera utilizar comas "," o puntos "." para la representacion de unidades de millar. Para los valores que representen montos de dinero se emplearan dos decimales de precision. 5. Total Para establecer un parametro adicional de validacion de la correcta interpretacion de los datos remitidos por las empresas concesionarias, se solicita la suma de los montos de los documentos luego del ultimo.

Elaboracion: ST-CFD/INDECOPI

524464-4

ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCION DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Se disponen el inicio de oficio de un procedimiento de examen a los derechos antidumping impuestos sobre las importaciones de bobinas y planchas de MORDAZA laminadas en caliente y laminadas en frio originarias de la Federacion de Rusia y de la Republica de Ucrania
Comision de Fiscalizacion de Dumping y Subsidios RESOLUCION Nº 125-2010/CFD-INDECOPI
MORDAZA, 19 de MORDAZA de 2010 LA COMISION DE FISCALIZACION DE DUMPING Y SUBSIDIOS DEL INDECOPI Visto, el Expediente Nº 048-2010/CFD y el Informe Nº 032-2010/CFD-INDECOPI, y;

Mediante Informe Nº 032-2010/CFD-INDECOPI de fecha 12 de MORDAZA de 2010, la Secretaria Tecnica de la Comision ha recomendado iniciar de oficio un procedimiento de examen por cambio de circunstancias a los derechos antidumping impuestos sobre las importaciones de bobinas y planchas de MORDAZA LAC y LAF originarias y/o procedentes de Rusia y Ucrania. Ello, considerando el periodo transcurrido desde la aplicacion de los referidos derechos antidumping y los cambios que se han producido en los ultimos anos en el MORDAZA nacional e internacional de los productos en cuestion. II. ANALISIS II.1. Consideraciones generales Los procedimientos de investigacion tramitados ante la Comision para la aplicacion de derechos antidumping sobre importaciones originarias o provenientes de paises que no son miembros de la Organizacion Mundial del Comercio - OMC se rigen por lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 133-91-EF. Dicha MORDAZA no establece un plazo MORDAZA de vigencia de los derechos antidumping, los cuales permaneceran vigentes durante el tiempo que subsistan las causas del perjuicio que motivaron su imposicion1. En el caso particular de las importaciones de bobinas y planchas de MORDAZA LAC y LAF originarias y/o provenientes de Rusia y Ucrania, el procedimiento de investigacion seguido contra tales importaciones se tramito al MORDAZA de lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 133-91-EF, toda vez que en la fecha en que se solicito el inicio del mismo2, ninguno de dichos paises era miembro de la OMC3.

1

2

CONSIDERANDO: I. ANTECEDENTES Mediante Resolucion Nº 027-1999/CDS-INDECOPI publicada en el diario oficial "El Peruano" el 07 y 08 de
3

DECRETO SUPREMO Nº 133-91-EF, Articulo 28º.- Los derechos antidumping o compensatorios no excederan del monto necesario para solucionar el perjuicio o la amenaza de perjuicio, que se hubiera comprobado, y en ningun caso seran superiores al margen del dumping o a la cuantia del subsidio, que se MORDAZA determinado. El derecho anti-dumping o el derecho compensatorio permanecera vigente durante el tiempo que subsistan las causas del perjuicio, o amenaza de este, que motivaron los mismos. La Comision podra de oficio, o a peticion de parte luego de haber transcurrido un periodo prudencial, examinar la necesidad de mantener los derechos definitivos impuestos (...) (Subrayado agregado) La solicitud de inicio del procedimiento de investigacion fue presentada por la empresa peruana Empresa Siderurgica del Peru S.A.A. - SIDERPERU el 15 de diciembre de 1998, habiendose dado inicio a la respectiva investigacion mediante Resolucion Nº 003-1999/CDS-INDECOPI, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 4 y el 5 de febrero de 1999. Cabe senalar que Ucrania es miembro de la OMC desde el 16 de MORDAZA de 2008.

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