Norma Legal Oficial del día 28 de julio del año 2010 (28/07/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 45

El Peruano MORDAZA, miercoles 28 de MORDAZA de 2010

NORMAS LEGALES

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Articulo 5º.- Aprobar las Transferencias por Saldos Ejecutados Acumulados por Mecanismo de Compensacion correspondiente al mes de MORDAZA de 2010 (en Nuevos Soles), a que se refiere el Articulo 29º de la Ley Nº 28832 y el Articulo 3.2º del Reglamento del Mecanismo de Compensacion entre los Usuarios Regulados del MORDAZA, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 019-2007-EM. Cuadro Nº 3
Empresas Aportantes Edelnor Empresas Aportantes Edelnor Electrosur Electronorte Electro Dunas Edecanete Coelvisac Electro Ucayali Chavimochic Emseusa Adinelsa Emsemsa 239 Empresas Receptoras Electro Tocache 2 893 Electronoroeste 10 589 Seal 16 357

Empresas Receptoras Luz del Sur Electrocentro Electro Sur Este 26 122 0 0 0 0 0 0 0 0 0 169 143 0 0 0 0 0 0 0 0 0 187 198 0 0 0 0 0 0 0 0 0 Electro MORDAZA 42 787 145 293 25 894 0 0 0 0 0 0 0 Hidrandina 0 0 80 929 102 339 89 408 69 158 43 455 5 236 4 851 1 135

Articulo 6º.- Las Transferencias por Saldos Ejecutados Acumulados por Mecanismo de Compensacion deberan efectuarse dentro de los quince (15) dias calendarios siguientes a la publicacion de la presente resolucion. Articulo 7º.- Incorporese como Anexo a la presente resolucion los Informes Nº 0041-2010-GART y Nº 0265-2010GART. Articulo 8º.- La presente Resolucion debera ser publicada en el diario oficial El Peruano y consignada, junto con su Anexo, en la pagina Web de OSINERGMIN: www. osinerg.gob.pe. MORDAZA DAMMERT MORDAZA Presidente del Consejo Directivo OSINERGMIN

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Disponen que Electro Peru S.A. registre la diferencia de saldo generado por aplicacion del D.U. Nº 109-2009 y el monto indicado en la Res. Nº 0092010-OS/CD como ingreso efectivo para cubrir costos generados por aplicacion del D.U. Nº 037-2008
RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA OSINERGMIN N° 198-2010-OS/CD
MORDAZA, 26 de MORDAZA de 2010 CONSIDERANDO: Que, mediante los Decretos de Urgencia N° 0372008 y N° 049-2008 y el Decreto Legislativo N° 1002 (en adelante "los Decretos") se establecio que se incluya como parte del peaje por conexion unitario al Sistema Principal de Transmision, (i) el cargo para compensar la generacion adicional que se encargo contratar a Electroperu S.A. mediante las Resoluciones Ministeriales N° 0412-2008-MEM/DM y N° 0553-2008-MEM/DM, (ii) los costos variables adicionales en que incurran las unidades de generacion respecto del costo marginal que se determine asumiendo que no existe restriccion alguna

de produccion, transporte de gas natural, ni restricciones de transmision electrica, y los costos que por la diferencia entre los Precios en MORDAZA y los costos marginales de corto plazo suponga atender retiros sin contrato de las empresas distribuidoras para sus Usuarios Regulados, y (iii) la Prima determinada a partir de la diferencia entre la valorizacion de las inyecciones netas de energia de los generadores que utilizan recursos energeticos renovables a su correspondiente Tarifa de Adjudicacion de licitacion y la valorizacion de la mencionada energia a Costos Marginales de Corto Plazo; Que, mediante Resoluciones OSINERGMIN N° 0012009-OS/CD, N° 002-2009-OS/CD y N° 001-2010-OS/CD, y modificatorias, se aprobaron las normas que establecen la metodologia a seguir para la determinacion de los cargos unitarios por compensaciones al momento de fijarse los Precios en MORDAZA, asi como su revision trimestral en la misma oportunidad en que se calculen los Precios a Nivel Generacion; Que, mediante Resolucion OSINERGMIN N° 0792010-OS/CD y modificatorias, se fijaron los Precios en MORDAZA aplicables al periodo MORDAZA 2010 ­ MORDAZA 2011 que incluyeron los cargos unitarios por compensacion establecidos por los Decretos. Asimismo, se establecio que los mencionados cargos se actualizaran mediante la aplicacion de un factor "p" que se determinara trimestralmente conforme a lo establecido por las normas aprobadas por Resoluciones OSINERGMIN N° 001-2009OS/CD, N° 002-2009-OS/CD y N° 001-2010-OS/CD; Que, mediante Decreto de Urgencia N° 109-2009 se autorizo la exportacion temporal de electricidad por empresas estatales; asimismo se dispuso que el saldo que obtenga el generador como producto de las transacciones de exportacion se destinara integramente a reducir el Peaje por Conexion al Sistema Principal de Transmision de acuerdo con lo que disponga OSINERGMIN; Que, para dar cumplimiento al numeral 4.1 del Articulo 4° del Decreto de Urgencia N° 109-2009 se dispuso mediante Resolucion OSINERGMIN N° 009-2010-OS/CD que el saldo neto que obtenga el generador producto de las transacciones de exportacion realizadas sera descontado para efectos de la determinacion del Cargo Unitario por Generacion Adicional por aplicacion del Decreto de Urgencia N° 037-2008 a partir de febrero de 2010 y hasta MORDAZA de 2011. Es decir, corresponde su consideracion para efectos del calculo del factor de ajuste "p" que sera aplicable a partir de agosto de 2010; Que, luego de revisada la informacion proporcionada por Electroperu S.A. y el COES-SINAC, se ha procedido a elaborar el Informe Tecnico N° 0261-2010-GART que contiene el detalle de los calculos que sustentan los factores de actualizacion a aplicar para determinar los cargos unitarios por compensacion a partir de agosto de 2010; Que, la procedencia de la publicacion de los factores de actualizacion se encuentra sustentada en el Informe Legal N° 259-2010-GART; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 27838, Ley de Transparencia y Simplificacion de los Procedimientos Regulatorios de Tarifas; en la Ley N° 27332, Ley MORDAZA de los Organismos Reguladores de la Inversion Privada en los Servicios Publicos; en el Reglamento General del OSINERGMIN, aprobado por Decreto Supremo N° 054-2001-PCM; en el Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Electricas y en su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 009-93-EM; en la Ley N° 28832, Ley para Asegurar el Desarrollo Eficiente de la Generacion Electrica y en sus normas complementarias; y, en la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. SE RESUELVE: Articulo 1°.- Disponer que Electroperu S.A. registre la diferencia del saldo generado por aplicacion del Decreto de Urgencia N° 109-2009 y el monto indicado en el Articulo 2° de la Resolucion OSINERGMIN N° 009-2010-OS/CD como un ingreso efectivo al 01 de MORDAZA de 2010 para cubrir los costos generados por aplicacion del Decreto de Urgencia N° 037-2008. Articulo 2°.- Aprobar los factores de actualizacion "p" para determinar los cargos unitarios por CVOA-CMg, por CVOA-RSC, por Prima y por Generacion Adicional aplicables a partir del 04 de agosto de 2010.

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