Norma Legal Oficial del día 16 de junio del año 2010 (16/06/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 35

El Peruano MORDAZA, miercoles 16 de junio de 2010

NORMAS LEGALES

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la infraccion; e) el beneficio ilegalmente obtenido; y f) la existencia o no de intencionalidad en la conducta del infractor. 18. Bajo las premisas anotadas, debe merituarse la naturaleza de la infraccion que, en este caso, obedece a la falta de diligencia y prevision del postor al no haber advertido oportunamente la diferencia entre el monto de su propuesta economica y el valor del producto ofertado (arroz) en el MORDAZA, e incluso al no haber sustentado objetivamente el caracter extraordinario de dicha circunstancia. 19. Adicionalmente, en lo que atane a la conducta procesal del infractor durante la sustanciacion del presente procedimiento administrativo sancionador, es necesario tener presente que el senor MORDAZA MORDAZA ha formulado sus descargos, aunque no ha reconocido la comision de la infraccion imputada. 20. Igualmente, es necesario que este Tribunal preste atencion al dano causado por el infractor. En ese sentido, debe tenerse en cuenta que la infraccion cometida reviste de una considerable gravedad en la medida que la no suscripcion del contrato respectivo retraso innecesariamente la adquisicion de 5,00 TM de arroz pilado, por el monto de S/. 8 995,00 (Ocho mil novecientos noventa y cinco con 00/100 Nuevos Soles), afectando con ello el cumplimiento de los objetivos de la Entidad, los mismos que son programados con anticipacion, MORDAZA si se tiene en cuenta que el MORDAZA de seleccion de la referencia corresponde a la adquisicion de bienes para el Programa Nacional Complementario de Asistencia Alimentaria. 21. Por otro lado, no puede dejar de valorarse a favor del senor MORDAZA MORDAZA que carece de antecedentes al no haber sido inhabilitado anteriormente para participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado. 22. Consecuentemente, este Colegiado considera que debe imponerse al senor MORDAZA MORDAZA la sancion de inhabilitacion temporal en su derecho de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado por el periodo de doce (12) meses. Por estos fundamentos, de conformidad con el informe del Vocal Ponente Dra. Janette MORDAZA MORDAZA Maynetto y la intervencion de los Vocales Dra. MORDAZA Basulto Liewald y Dr. MORDAZA MORDAZA Oliveira, y atendiendo a la reconformacion de la Primera Sala del Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, segun lo dispuesto en la Resolucion 190-2010-OSCE/ PRE, expedida el 29 de marzo de 2010, y en ejercicio de las facultades conferidas en los articulos 51 y 63 de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada por Decreto Legislativo 1017, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo 184-2008-EF, y los articulos 17 y 18 del Reglamento de Organizacion y Funciones del OSCE, aprobado por Decreto Supremo 006-2009EF, analizados los antecedentes y luego de agotado el debate correspondiente, por unanimidad; LA SALA RESUELVE: 1. Sancionar al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA con doce (12) meses de inhabilitacion temporal en su derecho de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por incurrir en la infraccion tipificada en el literal a) del articulo 30º del Reglamento de la Programa Nacional Complementario de Asistencia Alimentaria; sancion que tendra vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de publicada la presente resolucion. 2. Poner la presente Resolucion en conocimiento de la Subdireccion del Registro Nacional de Proveedores del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE), para las anotaciones de Ley. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. BASULTO LIEWALD. MORDAZA MAYNETTO. MORDAZA OLIVEIRA.

PODER JUDICIAL CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA
Aprueban Nomina Complementaria de Martilleros Publicos para el Ano Judicial 2010
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MORDAZA PRESIDENCIA RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 491-2010-P-CSJL/PJ
MORDAZA, 14 de junio de 2010 VISTOS: La Resolucion Administrativa Nº 462-2010-P-CSJLI/ PJ, de fecha diecinueve de MORDAZA del ano en curso y los ingresos Nº 43352 - 10, 43495 - 10, 43748 - 10, 44629 - 10, 24847 - 10, 24848 - 10 y 45247 - 10; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Administrativa Nº 4622010-P-CSJLI/PJ, este Despacho dispuso la inscripcion complementaria de Martilleros Publicos para el presente Ano Judicial 2010; estableciendose como plazo improrrogable para su realizacion entre el siete y once de junio del ano en curso; Que, habiendo culminado a la fecha el plazo dispuesto, se han recepcionado siete solicitudes de inscripcion de Martilleros Publicos correspondiente a: MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Ascue MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Jessy MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Weinberger Mollrich y MORDAZA MORDAZA Ipenza Negri; habiendose verificado, que han cumplido con presentar sus solicitudes dentro del plazo establecido por la resolucion administrativa de vistos y que reunen los requisitos establecidos en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Poder Judicial; consecuentemente, corresponde acoger sus solicitudes e incorporarlos a la Nomina Complementaria de Martilleros Publicos para el presente Ano Judicial 2010; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por los incisos 3) y 9) del articulo 90º del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial; RESUELVE: Articulo Primero.APROBAR la Nomina Complementaria de Martilleros Publicos para el presente Ano Judicial 2010 la cual se integrara y formara parte de la Nomina aprobada por Resolucion Administrativa Nº 3022010-P-CSJL/PJ.

N° 1 2 3 4 5 6 7

APELLIDOS Y NOMBRES MORDAZA MORDAZA, Jessy Ascue MORDAZA, MORDAZA Ipenza Negri, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Weinberger Mollrich, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA

Registro N° 288 244 214 138 290 11 241

506698-2

Articulo Segundo.- ENCARGAR a la Jefa de la Oficina del Registro de Peritos Judiciales, la notificacion de la presente resolucion a los citados profesionales y su respectivo registro en el Sistema Informatico correspondiente. Articulo Tercero.- PONER la presente en conocimiento del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura, Gerencia General, Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura, Oficina de

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